Herencia Vs Legado
Enviado por jesuisilmec • 9 de Febrero de 2012 • 1.104 Palabras (5 Páginas) • 899 Visitas
La HERENCIA, es pues un régimen jurídico sustantivo o adjetivo a través de la cual se regula la transmisión de los bienes, derechos y obligaciones pecuniarios de una persona física a la que se denomina causante, a otra u otras personas físicas o morales a las que se denomina causahabiente, así como la declaración o el cumplimiento de deberes manifestados para después de la muerte del causante. Suele confundirse con el acervo hereditario, que es el conjunto de derechos, bienes y obligaciones que pertenecieron al autor de la sucesión y que se transmiten a sus herederos o sucesores, solo cuando el sucesor muere.
El LEGADO, es una disposición testamentaria por medio de la cual el testador establece para después de su muerte, quién o quiénes serán las personas determinadas que reciban una cosa específica pecuniaria o bien una porción de bienes específicos pecuniarios a título particular o algún hecho o servicio determinado, ya sea a título gratuito, con modalidad o carga.
El heredero que sea al mismo tiempo legatario, puede renunciar la herencia y aceptar el legado, o renunciar éste y aceptar aquélla. El legatario adquiere a título particular y no tiene más cargas que las que expresamente le imponga el testador, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria con los herederos. El legado puede consistir en la prestación de la cosa o en la de algún hecho o servicio.
En principio, el legatario adquiere su propiedad desde que muere el testador, cuando el legado es de cosa específica y determinada, pero no puede aceptar una parte del legado y repudiar otra. El legatario puede hacer suyos los frutos pendientes y futuros si el testador no dispuso otra cosa. La cosa legada deberá ser entregada con todos sus accesorios y en el estado en que se halle al morir el testador.
Una vez que se ha declarado como heredero o legatario, pueden adjudicarse los bienes; en el juicio sucesorio, en su cuarta etapa, solo se formaliza dicha adjudicación. Lo anterior permite al heredero o legatario disponer de lo que le fue legado o heredado, cediendo sus derechos, repudiando, etcétera.
Si toda la herencia se distribuye en legados, se prorratearán las deudas y gravámenes de ella entre todos los partícipes, en proporción de sus cuotas, a no ser que el testador hubiere dispuesto otra cosa. Si los bienes de la herencia no alcanzan para cubrir todos los legados, el pago se hará en el siguiente orden:
I. Legados remuneratorios;
II. Legados que el testador o la Ley haya declarado preferentes;
III. Legados de cosa cierta y determinada;
IV. Legados de alimentos o de educación:
V. Los demás a prorrata.
Cuando el legado es de cosa específica y determinada, propia del testador, el legatario adquiere su propiedad desde que aquél muere y hace suyos los frutos pendientes y futuros, a no ser que el testador haya dispuesto otra cosa.
En resumen y para efectos prácticos, la Herencia es sobre cosa incierta, es decir, no se puede cuantificar al momento de hacer el testamento, en cambio el legado es sobre cosa cierta y determinada. Por ejemplo, un auto puede ser legado, pues es una cosa cierta y determinada, la pensión estudiantil, es decir, una remuneración semanal, quincenal o mensual para continuar tus estudios, hasta que termines o hasta que se termine la cantidad señalada para tal efecto, lo que ocurra primero. Heredas en cambio el 33% de los bienes totales,
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