INVESTIGACION DE CONDUCTAS EVENTUALMENTE CONSTITUTIVAS DE PRACTICA ANTISINDICAL O DESLEAL.
Enviado por morinvargas • 11 de Junio de 2014 • 754 Palabras (4 Páginas) • 272 Visitas
INVESTIGACION DE CONDUCTAS EVENTUALMENTE CONSTITUTIVAS DE PRACTICA ANTISINDICAL O DESLEAL.
Normas especiales de Procedimiento:
ACTIVACIÓN DE LA FISCALIZACIÓN:
a) A solicitud de organizaciones sindicales o trabajadores afectados:
Los solicitantes se entrevistan previamente con el personal de Relaciones Laborales de la inspección respectiva presentando por escrito la denuncia por medio del formulario N° 37 (anexo de denuncia por prácticas antisindicales) para que la Unidad de Relaciones Laborales examine la presentación y converse con los portadores de la denuncia y así faciliten y comprueben la existencia de los datos necesarios para llevar a cabo la fiscalización, luego de la aprobación se ingresa a la nota en la misma Unidad o en la Unidad de Partes para luego ser emitida a la Unidad de Fiscalización en donde será ingresada al Sistema Informativo.
b) Solicitud del Tribunal Competente:
Por conducta del Director Regional respectivo y en conformidad con el articulo 292 del Código del Trabajo que sanciona las prácticas antisindicales con multas de 10 UTM a 150 UTM, tomando en cuenta la gravedad de la infracción, recepcionada la solicitud en la Dirección Regional del Trabajo esta la enviara a la Inspección respectiva junto con el informe de fiscalización.
c) De oficio, a solicitud de la Unidad de Relaciones Laborales:
Los funcionarios de la Unidad de Relaciones Laborales o los fiscalizadores de terreno toman conocimiento de incumplimientos graves podrían originar una fiscalización especial ya sea por carga de trabajo o por otros ámbitos de fiscalización que tengan una número propio de demandas aún cuando estén incluidas en una misma denuncia escrita.
ASIGNACION DE LA FISCALIZACIÓN: Solicitudes del Tribunal de carácter urgente, por ello deben ser asignadas en forma extraordinaria en el mismo día que se recepciona en las Unidades de Fiscalización para que sean diligenciadas al día siguiente por los funcionarios más especializados en la revisión de la fiscalización.
PREPARACIÓN DE LA FISCALIZACIÓN:
Se efectúa en una reunión para coordinar y orientar la especialidad y complejidad de la investigación, en ella participan Jefe o encargado de la Unidad de Relaciones Laborales, Jefe o encargado de la Unidad de Fiscalización, Asesoría jurídica y los Fiscalizadores asignados.
VISITA INSPECTIVA:
El fiscalizador investiga uno a uno los hechos por medio de un análisis documental, entrevista a las partes y da inspección perceptiva para luego redactar un informe de fiscalización que lleva la referencia de las relaciones laborales en la empresa, analiza los hechos denunciados enumerados y señala si se constato parcial o totalmente.
Al termino de cada hecho que consto
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