Impedimento para contraer matrimonio
Enviado por sebbv • 17 de Abril de 2023 • Examen • 5.086 Palabras (21 Páginas) • 122 Visitas
[pic 1]
Año del fortalecimiento de la soberanía nacional
Asignatura
Derecho de familia y sucesiones
Tema
Impedimento para contraer matrimonio
Docente
Sequeiros Pastor Silvia Irene
Alumna
Tarmeño Barboza Priscila Anabeth
Análisis
Primeramente, el impedimento matrimonial se puede definir como aquello que prohíbe e invalida un matrimonio a través de la ley, que determina que las personas no pueden contraer matrimonio por distintas razones o motivos. Existen diferentes tipos de impedimentos matrimoniales, así como también algunas prohibiciones especiales. A continuación, procederé a desarrollar cada una de estas.
Hay personas que están impedidas por completo de contraer matrimonio, tal es el caso de los menores de edad, que de ninguna manera pueden contraer matrimonio salvo dispensa judicial por motivos justificados, siempre y cuando las dos personas que quieren contraer matrimonio tengan mas de los 16 años cumplidos. El matrimonio de los menores de edad requiere el consentimiento o el permiso de por lo menos uno de los padres, por otro lado, si los padres no autorizan el matrimonio y tienen una negativa fundamentada entonces no cabe recurso alguno para que los menores puedan contraer matrimonio.
Tampoco pueden contraer matrimonio las personas que sufren de alguna enfermedad crónica, contagiosa o que sea transmisible por herencia, las personas que sufren de alguna enfermedad mental y/o las personas que ya están casadas ya que nuestra legislación esta en contra de la bigamia y la poligamia.
También están impedidos de contraer matrimonio las personas que quieran hacerlo entre sí, primeramente, los parientes consanguíneos en línea recta (padres con hijos), segundo los parientes consanguíneos en línea colateral (matrimonio entre hermanos), tercero los afines en línea recta (suegros con hijos políticos), cuarto el adoptante con el adoptado
También existen prohibiciones especiales a algunas personas para que puedan contraer matrimonio, primeramente, están los viudos, divorciados y los que tienen matrimonios invalidados. En segundo lugar, está la viuda o la mujer divorciada siempre y cuando no haya transcurrido 300 días desde la muerte del esposo o desde el acto del divorcio a menos que la causa fuera el abandono. Se dará dispensa si la mujer prueba con certificado médico que no se encuentra en estado de gestación, esta norma es pre ADN y lo que busca es no imputar la paternidad de un hijo al nuevo cónyuge o nueva pareja.
Autores
Para Bénabent, la ley prohíbe el matrimonio en algunas situaciones por razones de índole moral. Estas situaciones constituyen impedimentos matrimoniales o prohibiciones. Anteriormente numerosos, estos impedimentos han ido disminuyendo progresivamente hasta nuestros días. (2003 , pág. 33)
Las barreras al matrimonio pueden verse como prohibiciones debidas a leyes que permiten que algunas personas se casen. En definitiva, lo que se ha identificado es la prohibición de matrimonio en cuestión contra personas en otra relación. Se trata, por tanto, de obstáculos introducidos por leyes destinadas a limitar la capacidad de las personas para contraer matrimonio de forma natural. (Chaves de Farias y Rosenvald, 2015, pág. 32)
Bossert y Zannoni Argumentan que un impedimento para el matrimonio es una prohibición por ley que afecta a las personas que contraen un matrimonio, evento o situación en particular. Sin embargo, dicen que puede ser conveniente señalar que la incapacidad no es un hecho o la situación jurídica propiamente dicha, sino una prohibición que ha creado la ley. (2004 , pág. 104)
Cornejo Chávez ha argumentado desde un principio que la incapacidad en sentido estricto es la falta de las condiciones necesarias para confirmar un matrimonio concertado legalmente, es decir, la imposibilidad de firmar un contrato válida y lícitamente (1999, pág. 125)
Varsi Rospigliosi las celebraciones de matrimonio analizan los obstáculos al matrimonio. Si alguien tiene que soportar algún obstáculo, la situación se somete a un análisis teórico de la invalidez del matrimonio. (2011, pág. 181)
Aquellos cuya violación habilita al ejercicio de la acción de nulidad del matrimonio; impedimentos prohibitivos son aquellos cuya violación no da lugar a dicha sanción, sino que se resuelven en sanciones de otro tipo, o bien cumplen sólo una función preventiva, de modo que si bien el oficial público que los conoce debe negarse a autorizar la celebración del matrimonio, una vez contraído ninguna consecuencia jurídica produce su inobservancia. (Borda, 1993, pág. 210)
Albaladejo (1982), señala que cuando uno de los futuros cónyuges no reúne los requisitos de ley, o se encuentra en alguna de las prohibiciones de ley, estaremos hablando de impedimento para celebrar el matrimonio. Agregar además que cada una de las prohibiciones consignadas en la normativa encaja como impedimento.
Lehmann (1953), señala que los impedimentos son las oposiciones que presenta la ley, al matrimonio. Señala además que podrían considerarse como impedimentos, los vicios a la manifestación de consentimiento
Pavón (1943) enseña que los obstáculos que no permiten a la realización del matrimonio
y que sustenta en la necesidad de que la formación de la familia tenga solidez y permanencia
en cuanto a su desarrollo; esos obstáculos nacen de los vínculos consanguíneos, de afinidad
y matrimonio anterior
Azpiri (2000) indica que, partiendo de la idea que toda persona tiene derecho a casarse, la ley señala expresamente cuáles son las situaciones que impiden su realización. A ello puede considerarse un impedimento matrimonial es una prohibición legal que impide su celebración, por tanto, si eso le sucede a uno de los contrayentes, estaremos hablando de un impedimento. Se puede concluir que la naturaleza jurídica radica en una incapacidad legal, por lo cual se encuentra imposibilitado de realizar actos jurídicos, en virtud de la prohibición lega
...