Impuestos Municipales
Enviado por lupita40 • 10 de Junio de 2013 • 1.255 Palabras (6 Páginas) • 431 Visitas
Impuestos municipales
IMPUESTOS
MUNICIPALES
Impuesto predial
Impuesto sobre adquisición de inmuebles y transmisión de dominio
Impuesto para el fomento deportivo y educacional
Impuesto para el fomento turístico, desarrollo integral de la familia y promoción de la cultura
Impuesto sobre asistencia a juegos permitidos y espectáculos públicos
Impuesto para el mantenimiento y conservación de las vías públicas
Impuesto por alumbrado público
Impuesto de plusvalía
Impuesto predial
El impuesto predial es un tributo con el cual se grava una propiedad o posesión inmobiliaria ya sea vivienda, oficina, edificio o local comercial.
Este impuesto junto con el llamado impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles generan la mayor recaudación anual que obtienen los municipios a nivel nacional.
El pago de este impuesto se deberá efectuar en la Tesorería del municipio de acuerdo a la ubicación del inmueble o en las oficinas recaudadoras que determine la autoridad fiscal como sería el caso de cualquier sucursal bancaria, tiendas de autoservicio y departamentales autorizadas o por Internet.
Para mayor información acuda a las oficinas del ayuntamiento en donde se encuentra el inmueble o consúltelo en el sitio web del ayuntamiento que corresponda.
DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y DE LA LEY DE INGRESOS MUNICIPALES
CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 19. Los Ayuntamientos deberán formular anualmente un presupuesto de los ingresos que estimen percibir durante el ejercicio fiscal siguiente.
ARTÍCULO 20. El presupuesto de ingresos a que se refiere el artículo anterior, deberá considerar los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal anterior al ejercicio para el que se formula el presupuesto, las nuevas fuentes de ingreso y los incrementos que se proponga establecer.
ARTÍCULO 21. Las iniciativas de las leyes de ingresos de los Municipios se formularán de conformidad con este código y demás disposiciones aplicables, y serán presentadas al Congreso del Estado a más tardar el 30 de noviembre de cada año.
Estas iniciativas se remitirán acompañadas del presupuesto de ingresos para su discusión, aprobación en su caso y publicación en el Periódico Oficial del Estado.
ARTÍCULO 22. Las leyes de ingresos regirán en el curso del año para el cual se expidan, pero si por cualquier circunstancia no se publicaran continuarán en vigor las del año anterior, salvo los casos de excepción que establezca el Congreso del Estado.
ARTÍCULO 23. La Ley de Ingresos de cada Municipio establecerá las cuotas, tasas o tarifas, de aquellas fuentes de ingresos establecidas en este código que percibirá en cada ejercicio fiscal. Asimismo, establecerá aquellas disposiciones de vigencia anual que se consideren necesarias para el ejercicio de las atribuciones fiscales del Municipio y los montos aplicables por concepto de multas por infracciones cometidas a disposiciones fiscales municipales.
ARTÍCULO 24. El control de la aplicación de la Ley de Ingresos Municipal, corresponderá: al Presidente Municipal, al Ayuntamiento y a la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del Estado conforme a las atribuciones que al efecto señalen las leyes correspondientes.
ARTÍCULO 25. No se podrán recaudar contribuciones que no estén establecidas en la Ley de Ingresos Municipal.
PRIMERO
DEL IMPUESTO PREDIAL
DEL OBJETO DEL IMPUESTO
ARTÍCULO 26. Es objeto de este impuesto:
I. La propiedad o posesión de predios urbanos o rústicos, plantas de beneficio, establecimientos metalúrgicos y mineros en los términos de la legislación federal en la materia, ubicados dentro del territorio de los Municipios del Estado.
II. La propiedad o posesión de las construcciones permanentes ubicadas en los predios, plantas y establecimientos señalados en la fracción anterior.
III. La concesión, uso o goce de predios rústicos de la Federación, del Estado o del Municipio destinados a la explotación agrícola o ganadera.
IV. Los bienes inmuebles del dominio privado de la Federación y del Estado.
V. Los demás bienes considerados como inmuebles por las disposiciones legales del derecho común vigente en el Estado.
DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICION DE INMUEBLES
DEL OBJETO DEL IMPUESTO
ARTÍCULO 41. Es objeto de este impuesto, la adquisición de inmuebles que consistan en el suelo, en las construcciones o en el suelo y las
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