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Imputacion


Enviado por   •  29 de Mayo de 2014  •  1.461 Palabras (6 Páginas)  •  252 Visitas

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María Pérez Grillo, Fiscal de Sustancias Controladas, con domicilio ubicado en Radial 17 y Quinto anillo mano derecha final of. Nº 6, de la ciudad de Santa Cruz; dentro del proceso penal iniciado por el Ministerio Público en contra de Pedro Pablo Perea por la comisión del ilícito de tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al inc. m) del art. 33 ambos de la Ley 1008; ante su autoridad con el debido respeto expongo y pido:

En observancia a lo previsto por el art. 70, 73, 298 y 302 de la Ley 1970 y 124 del CPE y art. 5, 6, 14, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, encontrándome en término hábil dentro del presente caso informo a su autoridad sobre la Ejecución del Mandamiento de Allanamiento e imputo formalmente en contra de:

I. IMPUTADO

Pedro Pablo Perea, de 21 años de edad, con Cédula de Identidad Nº 5312784, soltero, natural de la Prov. Olmedillo del departamento de Cochabamba nacido en fecha 18 de junio de 1982, de ocupación estudiante con domicilio en el barrio Villa Juárez del Plan 3000, con abogado de Defensa Pública Jerónimo Ariete Escaso, con domicilio procesal ubicado en las oficinas de defensa pública de la Corte Superior del Distrito de esta ciudad (piso 18).

II. RELACIÓN DE LOS HECHOS

En fecha 05 de junio del año 2004, a horas 08:30 a.m. aproximadamente una patrulla operativa del Grupo De Investigación de Sustancias Químicas Santa Cruz (GISUQ) dependiente de la FELCN en compañía de la suscrita Fiscal de Sustancias Controladas se constituyeron en inmediaciones del Plan 3000 en el Barrio Villa Juárez, calle Láctea s/n, con la finalidad de dar cumplimiento a la Orden de Allanamiento emitido por su autoridad en fecha 02 de junio del presente año y a requerimiento del Dr. Fernando Martínez Desgastado.

Una vez en el lugar de referencia, a primera instancia se tomó contacto con Pedro Pablo Perea, quien a primera instancia negó el ingreso al inmueble manifestando que solamente se encuentra en el mismo en calidad de inquilino desconociendo donde se encuentra la propietaria, razón por la cual contando con la colaboración de un testigo hábil de actuación se procedió con el respectivo allanamiento de cuyo resultado se tiene:

En la requisa del dormitorio Nº 1, se encontraron debajo de la cama 4 cajas de cartón con bolsas de nylon color negro conteniendo una sustancia blanquecina granulada y dos bolsas de yute color verde que contenían 61 bolsas pequeñas de color amarillo c/u de un kilo de peso, las cuales sometidas a la prueba de campo, dieron positivo para carbonato de sodio. También se encontró en el dormitorio, una cédula de identidad Nº 850435 de la Sra. Amparo Perea Torrejón, asimismo se encontraron facturas de luz y teléfono a nombre de la antes indicada y una copia fotostática de un Certificado de Nacimiento a nombre de Pedro Pablo Perea, figurando como madre Amparo Perea Torrejón.

En la requisa del dormitorio Nº 2, no se encontraron sustancias controladas o documentación de relevancia que proporcione mayores datos a la presente investigación.

En el patio del inmueble, a la altura de una pequeña mesa, se encontró una cartera de color negro que en su interior contenía dos pasajes con destino Santa Cruz-Trinidad correspondiente a la Flota Despertar , asimismo se encontró una factura de la tienda MG de Melo de la República de Brasil, fechada el 25 de mayo del presente año. Existiendo además en inmediaciones del patio una motocicleta marca Honda 125.

Motivo por el cual y dada la flagrancia del ilícito, previa lectura de los derechos y garantías que le asisten se procedió a la aprehensión de Pedro Pablo Perea, como al secuestro de las sustancias controladas encontradas ene. Dormitorio Nº 1, como de la documentación existente, de igual manera se procedió al secuestro de:

Una motocicleta que consta de las siguientes características:

• Marca: honda 125

• Tipo : motocicleta

• Color : azul con lila

• Placa de control: no tiene

• Nº de chasis : 9c2jd080ttr005716

• Nº de motor : jd08et005716

Teléfono celular

• Marca : nokia

• Modelo: 3595

• Imei : 010185-00-218383

• Code : 0510424ek25ti

Posteriormente se procedió al traslado de la persona aprehendida más la sustancia y objetos secuestrados en cuestión, a dependencias de la FELCN donde en presencia de la Dra. María Pérez Grillo, Fiscal de Sustancias Controladas se procedió nuevamente a la realización de la prueba de campo dando positivo para carbono de sodio con un peso de 127 Kilogramos .

Continuando con la presente

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