Imputacion
Enviado por yolandalievano • 26 de Mayo de 2013 • 1.073 Palabras (5 Páginas) • 238 Visitas
IMPUTACIÓN OBJETIVA
Hace parte de la teoría del delito y está orientada a delimitar la responsabilidad penal en su configuración utiliza unos principios básicos como la equivalencia y las condiciones, la prohibición de regreso, los roles sociales y el riesgo permitido entre otras se debe considerar si la creación de un riesgo jurídicamente desaprobado que se concierte en un resultado es imputable o no en una persona dicho en otras palabras la imputación objetiva se orienta a establecer si una conducta punible o imputable, dado el resultado de la acción y las condiciones en que se produjo.
Se analizan los aspectos fácticos objetivos de la acción que generan o causan el resultado que se concreta la tipicidad.
La imputación hace un valor sobre si se ha creado un riesgo para el bien jurídico, si se materializa descrito por el legislador como punible la imputación objetiva.
Principio de Confianza: La creencia que tiene cada uno que los demás van a respetar sus derechos
Riesgo permitido: El Estado organiza un sistema organizativo para evitar que con avances y desarrollo se produzcan riesgos.
Un riesgo es jurídicamente desaprobado cuando afecta derechos.
Riesgo Relevante: son aquellos que producen riesgos mayores.
Hay aumento de riesgos permitidos
Prohibición de regreso: Es para hacer corte a esa causa de causas y efectos; solo se basa en el efecto.
Acciones a propio riesgo: Consentimiento tiene que tener capacidad de conocer la dimensión de riesgo que deviene de ese riesgo. Auto-responsable, conocimiento de peligro, control de peligro, capacidad para evitar la persona.
Disminución de riesgo: Lesiona un bien jurídico parda evitar un daño peor de ese bien. (garante: solidaridad social)
Conciencia de lo antijurídico:
Voluntad: es la voluntad de realizar ese acto que el ya sabe que es antijurídico y quiere ese resultado.
Querer hacer un resultado que el sabe que es delito, conoce que trae consecuencias o por lo menos proveerlo y sabe que es.
Dolo directo: Cuando x quiere matar a y, y lo mata
Dolo indirecto: Cuando el resultado no querido, pero está relacionado con el; ejemplo: X quiere matar a Y, y no le da a Y si no a M.
Dolo de impeto o propósito: El dolo de impeto es sorpresivo, es impulsivo (sirve para la punibilidad), y el de propósito es “fríamente calculado”
Dolo inicial: Tiene la intención de causar ese resultado.
Concomitante: cuando se da dentro del mismo tipo criminal.
Dolo posterior: cuando la razón se da después de la acción pero anterior al resultado.
CULPA: Es prever el resultado, si es previsible no lo realice.
Hay dos clases de culpa
Cuando no preveo lo previsible o cuando previendo pienso que lo puedo evitar.
-preveo lo previsible: culpa si previsión o sin representación
- previendo: preveo y confío evitarlo con representación.
Factores generadores de culpa:
Negligencia: descuido
Imprudencia: actuar sin culpa
Impericia: Falta de habilidad
Violación de normas o reglamentos: Se espera que no se produzcan daños
Preterinteción:
1) Voluntad dirigida a producir un evento
2) Que se cause un resultado diferente al querido por el
3) Que exista relación de causalidad entre el actuar de el y el resultado no querido.
4) Homogeneidad entre resultado querido o causado.
Para que un delito se pueda establecer por culpa o preterintención legislador lo puede especificar y en caso de que no se haga o se especifique se transforma en delito de dolo-
El homicidio es el único delito preterintencional.
Caso fortuito: Situación impredecible para la persona e inevitable.
Fuerza mayor: es inevitable, que no se puede manejar la situación.
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