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Imputación Objetiva


Enviado por   •  6 de Mayo de 2013  •  3.604 Palabras (15 Páginas)  •  868 Visitas

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1-¿Para qué sirve la imputación objetiva? ¿cuáles son los elementos centrales?

La imputación objetiva sirve para limitar la responsabilidad penal. En su actual configuración constituye un mecanismo para determinar el comportamiento prohibido y por ende es una teoría general de la conducta típica, explica los fundamentos del delito de acción y de omisión, la teoría de la tentativa, de la participación, así como el tipo doloso y culposo. Su finalidad es analizar el sentido social de un comportamiento; precisar si se encuentra o no socialmente prohibido y si tal prohibición es relevante para el tipo penal.

1) Quedan fuera de la prohibición aquellas conductas que se encuentran dentro de un orden históricamente constituido.

2) Un sujeto sólo es responsable por sucesos que se encuentren dentro de la órbita de su competencia. Hay que determinar, por tanto, si el agente se encontraba en posición de garante con respecto a la evitación del resultado. Este mecanismo, propio de los delitos de omisión, es también un presupuesto de los delitos de acción. Así, no es suficiente en un delito de acción con la acusación del daño, sino también que el autor quebrante deberes de salvamento o seguridad que surgen del control de una fuente de peligro o que infrinja el deber de protección de bienes jurídicos surgido de relaciones institucionales.

3) Fijada la posición de garante, hay que determinar si el sujeto defraudó las expectativas que nacen de su rol: es decir, si creó un riesgo jurídicamente desaprobado.

4) El delito no puede ser entendido como la simple lesión o puesta en peligro de bienes jurídicos. Solo constituyen ilícito aquellos comportamientos que defraudan las expectativas que emanan de un rol determinado. La sociedad no puede prohibir toda conducta que implique un riesgo para los mismos; solo puede señalar normas de seguridad para que los riesgos sean administrados dentro de los límites que reduzcan la probabilidad del daño.

5) La determinación de la conducta prohibida, es decir, cuando existe un riesgo jurídicamente desaprobado, no puede hacerse de una manera rígida, estática. La dinámica social debe entrar en consideración. Por ello es de gran utilidad la fijación de roles.

2 - ¿Cuáles son los elementos básicos de la imputación objetiva?

En los casos en que el tipo penal requiere como presupuesto una modificación del mundo exterior, se exige un vínculo causal entre la acción y el resultado. Nexo que se determina con base en una categoría ontológica y pre-jurídica: la existencia de una ley causal natural que explique cómo ha operado en la realidad la sucesión entre dos hechos, si el resultado es la consecuencia natural de una acción humana. En muchos supuestos es útil la teoría de la equivalencia y el empleo de su fórmula.

Una conducta solo puede ser imputada, cuando ha creado un riesgo jurídicamente desaprobado que se concreta en la producción de un resultado.

3 - ¿Cuáles son los antecedentes del uso moderno que hoy se le da al concepto de la imputación objetiva?

ORIGENES

El uso moderno que hoy se le da al concepto de la imputación objetiva, tiene su fundamento en las ideas de la imputación planteadas por Hegel en el siglo pasado. Hegel trató el problema de la imputación en la segunda parte de la filosofía del derecho ("la moralidad"). FRIEDRICH TOEPEL afirma que siguiendo el esquema de los tres pasos hegelianos, esto significa que la imputación se hará en el momento del "por si mismo". Hegel describe allí la persona como aquel sujeto que es determinado por medio de su propia voluntad. Correspondientemente se debe considerar la imputación como un juicio a través del cual se decide por cuáles comportamientos o acciones un sujeto puede ser hecho responsable. Cuando en un juicio imputable el reconocimiento de la persona debe ser garantizado, se tiene que estar completamente seguro de que el autor debe considerar el resultado producido por su acción (o comportamiento) como legalmente desaprobado.

KARL LARENZ acuñó el concepto de "imputación objetiva" para hacer notar que la cuestión de la imputación puede discutirse en primer lugar, independientemente del problema del valor moral de una acción. En cuanto a esto, se debería tratar sólo de un juicio sobre una "relación objetiva". LARENZ hace referencia a que el concepto de HEGEL también comprende un tipo de imputación subjetiva, la cual incluye una valoración legal o moral.

Afirma que en la concepción hegeliana no se reconocen como acciones imputables, las acciones culposas. Con razón anota Friedrich Toepel que no deja de tener una cierta ironía que el pensamiento emanado de la filosofía jurídica hegeliana, referente a la imputación objetiva, hoy en día sea considerado corno de suma importancia para la solución de los problemas suscitados por la imprudencia.

Larenz, además de criticar las teorías que pretenden explicar los fenómenos jurídicos con base en conceptos provenientes de la naturaleza, considera que la misión de la imputación objetiva, ha de ser "... el juicio sobre la cuestión de si un suceso puede ser atribuido a un sujeto como propio. Así entonces, para Larenz la imputación objetiva no es más que un intento de delimitar los hechos propios de los acontecimientos accidentales.

Cuando se señala que alguien dice LARENZ es causante de un determinado hecho, se está afirmando que ese acontecimiento es su propia obra, su propia voluntad, y no un suceso accidental. Pero, ¿qué circunstancias permiten imputarle a un sujeto un suceso como obra propia? Si se acude a la relación causal se fracasaría, porque conforme a la teoría de la condición no puede tomarse una sola de ella, pues todas las condiciones tienen idéntico valor.

De ahí, entonces, que LARENZ acuda al criterio de la voluntad y de la previsibilidad que poseen todos los hombres y que lo llevan a la realización de determinados fines. Para él, la voluntad del individuo es la que nos podrá señalar qué circunstancias puede no serle imputadas al sujeto, al igual que la capacidad de prever y, con ésta, de evitar todas las consecuencias punibles de su comportamiento. La imputación objetiva se convierte en un juicio teleológico, en el cual habrá de determinarse si el suceso realizado por el autor estuvo o no dirigido por su voluntad y si le fue o no objetivamente previsible.

Con base en los aportes ofrecidos por Larenz y Honig a comienzos del siglo XX, se ha construido la moderna teoría de la imputación objetiva. No obstante, en la actualidad los fundamentos y alcances de la misma evolucionan en direcciones muy distintas de las que en su momento le imprimieron Larenz y Honic. El eje central se ha desplazado de la posibilidad de dominación

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