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Incidentes Materia Penal Edo Mex


Enviado por   •  29 de Enero de 2014  •  760 Palabras (4 Páginas)  •  411 Visitas

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Describe de manera integrada qué entiendes ahora por Informática Jurídica, considerando los tres grandes temas que se revisaron a lo largo del curso: Comercio Electrónico, Derecho a la Información y Tecnologías de la información aplicadas al campo jurídico

El documento debe contener conceptos vinculados a los tres temas y debe constar de tres partes:

a) Introducción: en la que describas el contenido a desarrollar.

b) Desarrollo: que toque de manera integrada los tres temas que se abordan en la materia.

c) Conclusiones: en las que plantees qué te llevas de la asignatura y cómo se puede aplicar su contenido a la práctica profesional de tu ramo.

CAPÍTULO IV

Incidente de Cumplimiento Sustituto

Artículo 204. El incidente de cumplimiento sustituto tendrá por efecto que la ejecutoria se dé por

cumplida mediante el pago de los daños y perjuicios al quejoso.

Artículo 205. El cumplimiento sustituto podrá ser solicitado por cualquiera de las partes o decretado

de oficio por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los casos en que:

I. La ejecución de la sentencia afecte gravemente a la sociedad en mayor proporción a los

beneficios que pudiera obtener el quejoso; o

II. Por las circunstancias materiales del caso, sea imposible o desproporcionadamente gravoso

restituir las cosas a la situación que guardaban con anterioridad al juicio.

La solicitud podrá presentarse, según corresponda, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación o

por conducto del órgano jurisdiccional a partir del momento en que cause ejecutoria la sentencia.

El cumplimiento sustituto se tramitará incidentalmente en los términos de los artículos 66 y 67 de esta

Ley.

Declarado procedente, el órgano jurisdiccional de amparo determinará la forma y cuantía de la

restitución.

Independientemente de lo establecido en los párrafos anteriores, el quejoso y la autoridad

responsable pueden celebrar convenio a través del cual se tenga por cumplida la ejecutoria. Del convenio

se dará aviso al órgano judicial de amparo; éste, una vez que se le compruebe que los términos del

convenio fueron cumplidos, mandará archivar el expediente.

CAPÍTULO V

Incidente por Exceso o Defecto en el Cumplimiento de la Suspensión

Artículo 206. El incidente a que se refiere este Capítulo procede en contra de las autoridades

responsables, por cualquier persona que resulte agraviada por el incumplimiento de la suspensión, sea

de plano o definitiva, por exceso o defecto en su ejecución o por admitir, con notoria mala fe o

negligencia

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