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LA ÉTICA Y LA FUNCIÓN PUBLICA


Enviado por   •  31 de Enero de 2014  •  4.124 Palabras (17 Páginas)  •  306 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior

Misión Sucre – Universidad Bolivariana de Venezuela.

Programa de Formación de Grado en Estudios Jurídicos.

Sede Nueva Esparta.

“ESTADO, ÈTICA Y SERVICIOS PÙBLICOS”

Trabajo: LA ÈTICA Y LA FUNCIÒN PÙBLICA”

Profesor: Abg. WILFREDO GUILARTE

Realizado por:

Efredis A. López C.

PORLAMAR. MARZO DEL 2011

INTRODUCCIÒN

1.- LA FUNCIÒN PÙBLICA

2.- NATURALEZA JURÌDICA

3.- NOCIONES DOCTRINALES, LEGALES Y JURISPRUDENCIALES

4.- CARRERA ADMINISTRATIVA

5.- LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÒN

6.- FUNCIONARIO DE HECHO

7.- EL CONTENCIOSO- FUNCIONARIAL

8.- AUTO DE ADMICIÒN DE LA QUERELLA

9.- AUDIENCIA PRELIMINAR

10.- RESPONSABILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS PÙBLICOS

11.- FUNDAMENTO ÈTICO EN EL EJERCICIO DE LA FUNCIÒN PÙBLICA

LA ETICA Y LA FUNCION PÚBLICA

La ética y la función pública van de la mano ya que no se puede concebir un funcionario público falto de moral y buenas costumbres en el cumplimiento de sus labores y en su accionar social.

En este trabajo empezaremos desarrollando la función pública y su relación con la Administración pública ya que su conexión es especial, dinámica y formal, por cuanto convergen en ella una serie de mecanismos jurídicos que le confieren un lugar importante y especificado dentro y en la totalidad del ordenamiento jurídico.

Es así que a medida que avanzamos en los temas ubicaremos las bases constitucionales y legales de la función pública en Venezuela; su ámbito de aplicación, los derechos y deberes de los funcionarios públicos consagrados en la Ley del Estatuto de la Función Pública, el régimen de responsabilidades, el procedimiento de destitución el régimen jurisdiccional para terminar con la Ética y la Función Pública

LA FUNCION PÚBLICA

La función pública como institución es el conjunto de valores, principios y normas, formales e informales, que pautan el acceso, la promoción, la retribución, la responsabilidad, el comportamiento general, las relaciones con la dirección política y con los ciudadanos, en general, todos los aspectos de la vida funcionarial considerados socialmente relevantes. La función Pública es, desde luego, una institución jurídica.

La función pública como organización es un concepto completamente diferente, se refiere a la suma de recursos humanos concretos puestos al servicio de una o del conjunto de las organizaciones público-administrativas. Esta suma de personas concretas opera dentro del marco institucional de la función pública; pero se encuentra ordenado para obtener los resultados específicos de su organización.

Naturaleza jurídica

Los funcionarios y empleados públicos se encuentran en una situación estatutaria, esto es, de origen legal y reglamentario, y de derecho público.

Los derechos y las obligaciones del funcionario pueden ser modificados unilateralmente por el estado mediante reforma de la constitución o de las leyes y reglamentos, sin que el funcionario pueda alegar derechos adquiridos, ni reclamar indemnización alguna.

El funcionario en cambio, puede demandar ante el órgano jurisdiccional competente la nulidad de las resoluciones administrativas violatorias de las leyes y reglamentos que fijan las atribuciones, derechos y deberes de los funcionarios.

El acto de las designaciones de un funcionario (nombramiento o elección) no puede equipararse, pues a un contrato.

El funcionario o empleado público ingresa, en virtud de una elección o nombramiento, en una situación general preexistente, creada por la constitución, la ley o el reglamento la designación es un acto-condición, es decir, un acto mediante el cual se coloca un individuo en una situación general previamente creada.

Por lo demás, salvo los casos excepcionales en que la ley impone a los particulares cargas públicas, como en el caso del servicio militar obligatorio, las situación legal del funcionario es voluntaria y no impuesta.

NOCIONES DOCTRINALES, LEGALES Y JURISPRUDENCIALES

Cada país tiene su propia concepción de Función Pública, la cual es el reflejo de su civilización, de sus tradiciones, de su geografía, de sus estructuras políticas, económicas y sociales. Estas funciones públicas difieren entre si.

La función pública entendida como las diversas formas de manifestación de la actividad del Estado dirigida a una finalidad, y que se concentra en sus diferentes dimensiones. La asociación del Estado con el sector privado ha hecho necesario la creación de organismos autónomos, dependientes de entidades de Derecho público o privado, cuya consideración como actividad pública se presenta cuanto menos discutible. Esta situación ha llevado a la doctrina a cuestionar la condición de funcionarios públicos de los empleados de estos organismos autónomos, pues pese a perseguir un fin público, algunos de ellos no están sometidos al Derecho público.

El carácter de la función pública viene atribuido a la concurrencia, en la actividad concreta, de un triple elemento: subjetivo pues la función pública es la actividad llevada a cabo por un ente público; objetivo dado que la función pública es la actividad realizada mediante actos sometidos al derecho público y teleológico porque la función pública es aquella en la que se persigue fines públicos.

Con carácter general la función pública es toda la actividad destinada a realizar los intereses del colectivo. Lo cual es por antonomasia la ratio de la prestación del servicio público llevada a cabo por la Administración Pública. Esa función pública en específico está tanto delineada como regulada por el ordenamiento jurídico. Así, en particular ex lege y reglamentariamente se estatuye las competencias y atribuciones que los agentes públicos tienen, y así mismo, los fines que se persiguen con su ejercicio y sus límites, las cuales por principio, como se expresó, atienden a la realización del interés público, y en tal sentido, como es obvio, excluyen absolutamente propósitos quebrantadores de la Ley, o en general de los principios, derechos y garantías que soportan a un Estado de Derecho.

el funcionario público es quien cumple la función pública, la persona física que ejecuta las

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