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LIBROS CONTABLES


Enviado por   •  9 de Marzo de 2014  •  1.987 Palabras (8 Páginas)  •  223 Visitas

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LIBRO CAJA Y BANCOS

En este libro se debe registrar mensualmente toda la información, proveniente del movimiento del efectivo y del equivalente de efectivo.

En caso el deudor tributario lleve sus libros o registros utilizando hojas sueltas o continuas, se encontrará exceptuado de llevar el Libro Caja y Bancos siempre que su información se encuentre contenida en el Libro Mayor.

LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES

Este libro deberá contener, al cierre de cada ejercicio gravable, como mínimo la información indicada en los numerales 3 y 4. Ello sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 6° de la Resolución de Superintendencia N° 141-2003/SUNAT y norma modificatoria.

Tratándose de fusión, escisión y demás formas de reorganización de sociedades o empresas, así como de cierre o cese definitivo, los deudores tributarios se encontrarán obligados a registrar como mínimo la información indicada en los numerales 3 y 4.

Los deudores tributarios facultados por norma expresa a utilizar un Plan Contable, Manual de Contabilidad u otro similar, distinto al Plan Contable General vigente en el país, deberán consignar en los formatos incluidos en el numeral 4 , la información equivalente a la solicitada en cada uno de ellos.

El Libro de Inventarios y Balances estará integrado por los siguientes formatos:

a) Balance general

b) Detalle del saldo de la cuenta 10 – caja y bancos

c) Detalle del saldo de la cuenta 12 – clientes

d) Detalle del saldo de la cuenta 14 – cuentas por cobrar a accionistas (o socios) y personal

e) Detalle del saldo de la cuenta 16 – cuentas por cobrar diversas

f) Detalle del saldo de la cuenta 19 – provisión para cuentas de cobranza dudosa

g) Detalle del saldo de la cuenta 20 – mercaderías y la cuenta 21 – productos terminados

h) Detalle del saldo de la cuenta 31 – valores

i) Detalle del saldo de la cuenta 34 – intangibles

j) Detalle del saldo de la cuenta 40 – tributos por pagar

k) Detalle del saldo de la cuenta 41 – remuneraciones por pagar

l) Detalle del saldo de la cuenta 42 – proveedores

m) Detalle del saldo de la cuenta 46 – cuentas por pagar diversas

n) Detalle del saldo de la cuenta 47 – beneficios sociales de los trabajadores

o) Detalle del saldo de la cuenta 49 – ganancias diferidas

p) Detalle del saldo de la cuenta 50 – capital

q) Balance de comprobación

r) Estado de flujos de efectivo

s) Estado de cambios en el patrimonio neto del 01.01 al 31.12

t) Estado de ganancias y pérdidas por función del 01.01 al 31.12

LIBRO DE RETENCIONES

1. Fecha de retención, cuando esta coincida con la fecha de pago de la retribución o, en su defecto fecha de pago de la retribución.

2. Información de la persona que prestó el servicio, de acuerdo a lo siguiente:

a. Tipo de documento de identidad.

b. Número del documento de identidad, de ser el caso.

c. Apellidos y Nombres

3. Información de la retribución, de acuerdo a lo siguiente:

a) Monto bruto de la retribución.

b) Monto de las retenciones efectuadas.

c) Monto neto de la retribución.

d) Totales

LIBRO DIARIO

En este libro deberá incluir los siguientes asientos:

1. Apertura del ejercicio gravable.

2. Operaciones del mes.

3. Ajuste de operaciones de meses anteriores, de ser el caso.

4. Ajustes de operaciones del mes.

5. Cierre del ejercicio gravable.

LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO

Se deberá incluir los asientos de:

1. Apertura del ejercicio grabable.

2. Operaciones del mes.

3. Ajuste de operaciones de meses anteriores, de ser el caso.

4. Ajustes de operaciones del mes.

5. Cierre del ejercicio gravable.

Asimismo, se deberá incluir mensualmente la siguiente información:

1. Número correlativo o código único de la operación

2. Fecha o periodo de la operación

3. Glosa o descripción de la operación

4. Cuentas de acuerdo al Plan Contable General vigente

5. Totales

LIBRO MAYOR

En este libro se deberá incluir mensualmente la siguiente información:

1. Fecha de la operación.

2. Número correlativo de la operación en el Libro Diario, para los casos de contabilidad manual.

3. Cuenta contable asociada a la operación, según lo siguiente:

a. Código y/o denominación de la cuenta contable, según el Plan de Cuentas utilizado.

b. Denominación de la cuenta contable.

El deudor tributario podrá colocar esta información como datos de cabecera de considerarlo necesario.

4. Glosa o descripción de la naturaleza de la operación registrada.

5. Saldos y movimientos de la cuenta:

a. Saldo deudor, de ser el caso.

b. Saldo acreedor, de ser el caso.

6. Totales.

REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS

En este registro se deberá registrar anualmente toda la información, proveniente de la entrada y salida de los activos fijos, así como la depreciación respectiva.

Estará integrado por los siguientes formatos:

a) Detalle de los activos fijos

b) Detalle de los activos fijos revaluados

c) Detalle de la diferencia de cambio

d) Detalle de los activos fijos bajo la modalidad de arrendamiento financiero al 31.12

REGISTRO DE COMPRAS

Este registro deberá contener, en columnas separadas, la información mínima que se detalla a continuación:

1. Número correlativo del registro o código único de la operación de compra.

2. Fecha de emisión del comprobante de pago o documento.

3. Fecha de vencimiento o fecha de pago en los casos de servicios de suministros de energía eléctrica, agua potable y servicios telefónicos, telex y telegráficos, lo que ocurra primero. Fecha de pago del impuesto retenido por liquidaciones de compra. Fecha de pago del impuesto que grave la importación de bienes, utilización de servicios prestados por no domiciliados o la adquisición de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda.

4. Tipo de comprobante de pago o documento, de acuerdo a la codificación que apruebe la SUNAT (según tabla 10).

5. Serie del comprobante de pago o documento. En los casos de la Declaración Única de Aduanas o de la Declaración Simplificada de Importación se consignará el código de la dependencia Aduanera (según tabla 11).

6. Año de emisión de la Declaración Única de Aduanas o de la Declaración Simplificada

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