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La Hipoteca


Enviado por   •  23 de Enero de 2014  •  2.195 Palabras (9 Páginas)  •  198 Visitas

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HIPOTECA

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo es una investigación de la hipoteca que es una garantía que se constituye para asegurar el cumplimiento de una obligación. La Ley de hipotecas regula la responsabilidad del deudor que mantiene un crédito con las entidades del sistema financiero, a fin de que en caso de incumplimiento, no se comprometa su patrimonio personal, además del inmueble adquirido que se destine a vivienda o vehículo de uso familiar o personal.

A continuación presentamos la investigación del trabajo para poder tener mayor conocimiento ya que es un tema muy importante para conocer el cumplimiento de la obligación.

OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL

 Determinar que es la hipoteca mediante la investigación en diferentes fuentes de investigación para tener mayor conocimiento.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

 Analizar la importancia de la hipoteca mediante una investigación para tener mayor conocimiento del tema.

 Conocer las obligaciones que tiene el deudor mediante una lectura comprensiva para conocer el cumplimiento de la obligación.

LA HIPOTECA

Es un derecho real de garantía y de realización de valor, que se constituye para asegurar el cumplimiento de una obligación (normalmente de pago de un crédito o préstamo) sobre un bien, (generalmente inmueble) el cual, aunque gravado, permanece en poder de su propietario, pudiendo el acreedor hipotecario, en caso de que la deuda garantizada no sea satisfecha en el plazo pactado, promover la venta forzosa del bien gravado con la hipoteca, cualquiera que sea su titular en ese momento (reipersecutoriedad) para, con su importe, hacerse pago del crédito debido, hasta donde alcance el importe obtenido con la venta forzosa promovida para la realización de los bienes hipotecados.

La Ley de hipotecas regula la responsabilidad del deudor que mantiene un crédito con las entidades del sistema financiero, a fin de que en caso de incumplimiento, no se comprometa su patrimonio personal, además del inmueble adquirido que se destine a vivienda o vehículo de uso familiar o personal.

Con la Ley se evitará los abusos del sector bancario a través de los créditos hipotecarios. Si un ciudadano se endeuda para construir o comprar una ‘única’ vivienda de uso familiar con un crédito hipotecario que no supere los 500 salarios básicos unificados (USD 150. 000) y no logra pagar la deuda en los plazos establecidos; será desposeído del bien hipotecado y con eso se extingue la deuda.

Una vez rematado o subastado el bien entregado en garantía por el ciudadano que no logró pagar la deuda, los acreedores no podrán perseguir los bienes personales del deudor ni de sus sucesores en derecho ni de la sociedad conyugal ni iniciar concurso de acreedores contra estos ni aun alegando deudas pendientes por costas procesales como honorarios de abogados y otros gastos. Tampoco podrán suscribirse pagarés y otros documentos de obligación autónomos de respaldo a la deuda.

Asimismo, para la compra de vehículos de uso personal o familiar, se establece que el monto inicial del crédito no deberá exceder 100 salarios básicos unificados para los trabajadores privados y que el vehículo se constituya prenda en garantía del crédito concedido o que se pacte reserva de dominio sobre el mismo.

La hipoteca como contrato: características legales

La hipoteca es ante todo un derecho real de realización de valor, y como tal derecho real, se halla investido de la repersecutoriedad, pero nace de un contrato, de modo que en el instante inicial, antes de su inscripción en el Registro de la propiedad, con la cual nace y adquiere la condición de derecho real eficaz frente a terceros, la hipoteca es un contrato. Las características en una y otra situación se resumen en las siguientes.

Como contrato:

Es un contrato nominado o típico, ya que se encuentra reglamentado en la ley.

Es un contrato unilateral, debido a que sólo se obliga el deudor hipotecario a transferir al acreedor hipotecario el derecho real de hipoteca, con valor de garantía. El acreedor no contrae obligación alguna.

Es un contrato accesorio, porque supone la existencia de una obligación principal cuyo cumplimiento asegura (préstamo o crédito).

Es un contrato oneroso, por regla general, en cuando produce equivalencia en las prestaciones.

Como derecho real:

Es un derecho real de garantía, o sea, es un derecho que se ejerce sobre la cosa y no respecto a determinada persona, y no se ejerce de forma indirecta puesto que el acreedor hipotecario puede iniciar directamente la venta forzosa de la cosa hipotecada en caso de que el deudor hipotecario no cumpla la obligación garantizada con la hipoteca.

Es un derecho inmueble, es decir, se ejerce sobre bienes raíces.

Es un derecho accesorio, puesto que sigue la suerte del derecho principal al que garantiza, si la obligación principal es nula, la hipoteca constituida no es válida.

El deudor hipotecario no pierde la posesión de la cosa.

Constituye una limitación al derecho de dominio o propiedad, es decir, el deudor puede servirse del inmueble con la restricción de los derechos del acreedor hipotecario.

Funcionamiento esencial de una hipoteca

Con frecuencia se confunde la obligación garantizada (préstamo o crédito habitualmente), con la propia garantía (hipoteca), y se mezcla el concepto y la dinámica del préstamo garantizado, con los de la hipoteca que asegura su devolución. Sería algo así como si mezclamos el automóvil con su seguro de reparación: ambos van unidos pero son cosas distintas. Por tanto es preciso tener presente que aunque vayan paralelos, el crédito y su hipoteca son negocios jurídicos distintos. En tal sentido, sentado lo anterior, y como institución de garantía, la hipoteca es un derecho real que se constituye mediante contrato público, (en España escritura pública ante Notario), y que, por no conllevar desplazamiento posesorio del bien objeto de la misma, las leyes exigen, además del otorgamiento de la citada escritura pública, en el caso de los bienes inmuebles, que asimismo la hipoteca sea inscrita en el Registro de la propiedad -requisito esencial para que la hipoteca nazca y alcance eficacia entre las partes y frente a terceros- tras cuya perfección, su función exclusiva será únicamente la de servir de garantía a una deuda de dinero, u otra obligación evaluable, dado que la hipoteca es un negocio accesorio a otro que asegura, considerado el negocio principal. La realización del bien hipotecado se debe llevar a cabo mediante el remate del mismo en subasta notarial o judicial, precedida de requerimiento al deudor y demanda y resolución ejecutoria sumaria contra del deudor hipotecario una vez haya sido fehacientemente

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