La No Presencia
Enviado por tggvhyuv • 3 de Julio de 2013 • Ensayo • 789 Palabras (4 Páginas) • 248 Visitas
La No Presencia
No presente es la persona que no se encuentra en el país en un momento dado, sin que exista motivo legal para dudar de su existencia.
Requisitos
Cuando se compruebe que el demandado no esta en la República, se le citara en la persona de su apoderado, si lo tuviera. Si no lo tuviera o si el que tenga se negare a representarlo, se convocara al demandado por carteles, para que dentro de un termino que fijara el juez, el cual no podrá ser menor de treinta días ni mayor de cuarenta y cinco, según las circunstancias, comparezca personalmente o por medio de apoderado.
Efectos
La no presencia produce dos efectos civiles principales:
1- La exclusión del no presente del ejercicio de la patria potestad sobre sus hijos, norma que no esta incorporada expresamente a la LOPNA, pero que esta ley no deroga.
2- El nombramiento de un defensor al no presente.
3- El defensor puede y debe representar al no presente en el juicio o diligencia de que se trate, en defensa de sus intereses, pero sus poderes están limitados en el sentido de que no podrá convenir en la demanda ni transigir si no obtuviere el dictamen favorable y conforme de dos asesores de notoria competencia y probidad que para estos casos nombrara el tribunal de primera instancia de la jurisdicción en donde curse el asunto.
La Ausencia
La ausencia en cuanto a la legislación venezolana no es más que la condición de la persona física cuya existencia es incierta debido a determinados hechos señalados por la ley. Es característica de la ausencia la duda acerca de si la persona esta viva o ha muerto ya, pero no basta cualquier duda sino que es necesario que la duda resulte de los hechos determinados por la ley.
La Ausencia Presunta
1 Supuesto. La ley presume ausente a la persona cuando concurren las dos circunstancias siguientes:
*Que la persona haya desaparecido de su último domicilio o residencia.
*Que no se tenga noticias de la persona, ni emanadas de ella ni de otro.
2 Carácter. La presunción de ausencia es una presunción iuris tantum, o sea, que admite prueba en contrario.
Efectos de la Ausencia Presunta
Mientras dura la presunción de ausencia la ley prácticamente se limita a proteger los intereses del presunto ausente.
Las medidas legales de protección del ausente varían según que este haya dejado apoderado o no lo haya dejado.
Si el presente ausente no ha dejado apoderado, el juez del último domicilio o de la última residencia del ausente puede a instancia de los interesados o de los herederos presuntos.
Declaración de Ausencia
La declaración de ausencia presupone que hayan transcurrido dos años de ausencia presunta,
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