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Ley De La Contraloria


Enviado por   •  14 de Abril de 2015  •  4.029 Palabras (17 Páginas)  •  397 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El presente trabajo se enfoca en el control interno basado en la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado buscando proteger y salvaguardar los bienes del estado para dar una seguridad razonable, en relación con el logro de los objetivos previamente establecidos en los aspectos básicos.

La constitución política de la republica instituye cambios fundamentales en la competencia de la contraloría general del estado como organismo técnico superior de control es indispensable armonizar con las normas constitucionales, las disposiciones relativas al control y auditoría en el sector público. Se debe aplicar al Sistema de Control, Fiscalización y Auditoría los principios constitucionales, y especialmente los de legalidad, responsabilidad financiera, transparencia, economía, eficiencia y eficacia, junto con los criterios de equidad, y, ética y las políticas de descentralización y desconcentración operativas.

OBJETIVOS

GENERAL

Aplicar las leyes sobre el sistema de control y fiscalización de la auditoria de Estado para poder entender los objetivos del control interno.

ESPECIFICOS

 Comprender como proporciona seguridad razonable a los recursos públicos la ley de contraloría general del estado.

 Identificar cuando en el ejercicio del control interno se aplicara en forma previa, continua y posterior.

 Aprender sobre los elementos que constituyen el control interno los cuales nos permitirán controlar las deficiencias en las actividades.

 Desarrollar si el sistema de control interno tendrá finalidades de establecer la contabilidad la información gerencial que integre las operaciones financieras.

 Analizar las actividades propuestas a la autorización, convivencia y conformidad con los planes de la institución financiera.

 Satisfacer los requerimientos operacionales y gerenciales para la toma decisiones, de conformidad con las políticas y normas que expida el Ministerio de Economía y Finanzas.

DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Control Interno

Art. 9.- Concepto y elementos del

Control Interno.- El control interno constituye un proceso aplicado por la máxima autoridad, la dirección y el personal de cada institución que proporciona seguridad razonable de que se protegen los recursos públicos y se alcancen los objetivos institucionales.

Art. 10.- Actividades Institucionales.- Para un efectivo, eficiente y económico control interno, las actividades institucionales se organizarán en administrativas o de apoyo, financieras, operativas y ambientales.

Art. 11.- Aplicación del control interno.- Se tendrán en cuenta las normas sobre funciones incompatibles, depósito intacto e inmediato de lo recaudado, otorgamiento de recibos, pagos con cheque o mediante la red bancaria, distinción entre ordenadores de gasto y ordenadores de pago; y, el reglamento orgánico funcional que será publicado en el Registro Oficial.

Art. 12.- Tiempos de control.- El ejercicio del control interno se aplicará en forma previa, continua y posterior:

a) Control previo.- Los servidores de la institución, analizarán las actividades institucionales propuestas, antes de su autorización o ejecución.

b) Control continuo.- Los servidores de la institución, en forma continua inspeccionarán y constatarán la oportunidad, calidad y cantidad de obras, bienes y servicios.

c) Control posterior.- La unidad de auditoría interna será responsable del control posterior interno ante las respectivas autoridades.

Art. 13.- Contabilidad Gubernamental.- Tiene como finalidades establecer y mantener en cada institución del Estado un sistema específico y único de contabilidad y de |información gerencial que integre las operaciones financieras, presupuestarias, patrimoniales y de costos.

SECCIÓN 2

AUDITORÍA INTERNA

Art. 14.- Auditoría Interna.- Las instituciones del Estado, contarán con una Unidad de Auditoría Interna, cuando se justifique, que dependerá técnicamente de la Contraloría General del Estado, que para su creación o supresión emitirá informe previo.

Art 15.- los auditores deberán ser independientes en su criterio respecto a la operación auditada, no intervendrán en la autorización o aprobación de los procesos financieros, administrativos, operativos y ambientales.

Art. 16.- Coordinación de labores.- la contraloría facilitara sus servicios a las unidades de auditoría interna de gestión y dispondrá la preparación de su Plan Anual de Trabajo, el cual deberá ser presentado a la a la misma hasta el 30 de septiembre de cada año.

Art. 17.- Los informes de las unidades de auditoría interna serán dirigidos a la máxima autoridad de la institución a la que pertenezcan, la que será responsable de adoptar las medidas pertinentes y enviará a la Contraloría General del Estado, ejemplares de sus informes, en el término de ocho días desde la fecha de suscripción, conjuntamente con la documentación probatoria de los hechos informados. (Congreso Nacional del Ecuador, 12)

DETERMINACIÓN DE RESPONSABILIDADES

Esta determinada ley ayuda a defender los bienes del estado y la credibilidad del trabajo realizado por un individuo o grupo específico, relacionado al trabajo de auditoria realizado a una entidad que ayuda a determinar el grado de culpabilidad y responsabilidad que tiene quien realizo dicho trabajo garantizando los Normas de Auditoría Generalmente Aceptados.

La ley responderá en el caso de que los auditores evidenciaren o presenten sospechas de una responsabilidad penal relacionado a delitos contra la administración pública y otros casos que afecten a los intereses del Estado serán recibirán una acción penal acorde a la ley presentada.

Si se encuentra evidencia suficiente el auditor interno, él tiene la obligación de informar a la Contraloría para que tome acciones sobre esas irregularidades, como puede ser la inhabilitación de cargos y funciones públicas siempre y cuando se encuentre responsabilidad penal es decir delitos penales.

Si por los resultados de la auditoría gubernamental los auditores evidenciaren indicios de responsabilidad penal respecto de delitos contra la administración pública y otros que afecten a los intereses del Estado y de sus instituciones, tales resultados se presentarán al Ministerio Público para que ejercite la acción penal correspondiente; y se considerará el trámite previsto en el artículo 65 de esta ley.

Si al dar un resultado de la auditoria gubernamental los auditores evidenciaren indicios de la responsabilidad con respecto a los delitos contra el estado y sus instituciones los resultados de esto se presentaran al ministerio

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