Manual De Titulacion
Enviado por jacjezlet • 3 de Abril de 2013 • 1.112 Palabras (5 Páginas) • 247 Visitas
Principios generales (4)
1. De nuevo el tema, y los problemas actuales, de los principios generales
El tema de los principios generales en el derecho agrario ha sido uno de los más clásicos, interesantes, complejos y reñidos. El motivo es doble: podría analizarse luego de una compleja historia, cuando la disciplina se ha desarrollado, pero sobre todo porque también otras ramas del derecho lo han comenzado a analizar.
La discusión en torno a los principios generales surgió entre 1928 y 1932 en las páginas de la – Rivista di Diritto Agrario – cuando se suscito el famoso debate sobre la autonomía del Derecho Agrario. La discusión fue sumamente precipitada.
La frustración y el fracaso de los más entusiastas agraristas. Impulsados por Bolla, sostuvieron la autonomía del derecho agrario pero no pudieron demostrarla jamás. Sus adversarios, encabezados por Ageo Arcangelli, establecieron como condición a los autonomistas el descubrimiento de principios generales, capaces de identificar la materia. Pero esa demostración no pudo efectuarse.
Derivada de la falta de identificación de los principios, la doctrina clásica se dividido en dos escuelas. La autonomista, encabezado por Bolla se orientaba hacia lo técnico y económico, y la de Arcangelli, caracterizado por el formalismo jurídico, considero al agrario como parte del civil.
2. Inventos posteriores de los autonomistas para identificar los principios ¿Un nuevo fracaso o aceptación implícita de la especialidad?
Muchos años después del clásico debate, defensores de la autonomía buscaron identificar los principios generales.
Frassoldati.- dentro del contexto del Primo convengno internazionale di Diritto agrario, en 1954, sostuvo la existencia de cinco principios fundamentales:
- El de la buena cultivación
- El de a dimensión mínima
- El de la individualidad de los resultados totales del año agrario
- El de la colaboración en los contratos agrarios
- El de la colaboración entre fundos
En España, Ballarin Marcial señalo varios principios generales de la disciplina:
- La función social de la propiedad
- El de la protección máxima a la empresa agraria familiar rentable, basada en cuanto sea posible en la propiedad sobre la tierra cultivable
- El de la distribución de la propiedad
- El del acceso a la propiedad en orden a crear explotaciones familiares
- El de la dimensión mínima de las explotaciones agrarias, representando tal mínimo la familiar
- El de un especial rigor exigido a la gran propiedad
- El de la coincidencia entre propiedad y empresa
- En de procurar la conservación de las explotaciones agrarias y especialmente las familiares
- El de fomentar la asociación entre campesinos agrícolas para la solución de los problemas comunes
- El de la planificación de las intervenciones estatales y el de paridad
En costa rica los autores Salas y Barahona, tiempo después, identificaron 5 principios generales:
1. La protección del empresario agrícola no propietario frente al propietario no empresario
2. La tierra debe cumplir una función social
3. El de las limitaciones de las facultades de disponer por parte del propietario
4. El de alteración de la autonomía de la voluntad en los contratos agrarios
5. El de la limitación a la libertad de producción.
En Venezuela también, Duque Corredor ha identificado los principios del derecho agrario venezolano: ellos son el principio de la función social,
• el de las dotaciones locales
• el de la conversión en mejor tenencia
• el del mantenimiento de la unidad parcelaria
• el de la protección a la pequeña y mediana propiedad
• el de la protección a los recursos naturales renovables
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