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Marco Legal


Enviado por   •  4 de Agosto de 2014  •  1.918 Palabras (8 Páginas)  •  250 Visitas

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1.3.1 Marco legal

El marco legal de gestión de residuos sólidos de Colombia incluye una normativa sustancial e integral y un marco operativo específico tanto a nivel nacional como subnacional.

1.3.1.1 General

La Constitución Política de Colombia ordena que las instituciones del Gobierno protejan el medio ambiente y que la Ley permita a los ciudadanos participar en las decisiones que afectan su derecho a un medio ambiente adecuado. La Ley 142 de 1994 sobre Servicios Públicos Domiciliarios estableció el marco para la prestación de todos los servicios públicos residenciales, incluidos agua, alcantarillado, disposición de residuos, electricidad, distribución de gas y telefonía básica. La ley establece la responsabilidad del gobierno en términos de garantizar cobertura, distribución y tarifas adecuadas en áreas marginales y designa a las municipalidades locales como las entidades responsables de prestar estos servicios en el ámbito de sus regiones. Con respecto a los residuos sólidos, la ley define el servicio municipal de recolección de residuos mayormente con referencia a los residuos sólidos. El término “servicio de recolección de residuos residenciales” se aplica además tanto al proceso de recolección como a todas las actividades complementarias, incluido el transporte, tratamiento, uso y disposición final de dichos residuos.

La Ley 142/94 señala que los consejos locales deben emitir las normas necesarias para garantizar un servicio eficiente para todos los sectores de la población y permite que dichos servicios sean prestados por compañías prestadoras de servicios públicos, privadas, públicas o mixtas. Las municipalidades podrían convertirse en prestadoras de servicios únicamente cuando ninguna otra compañía o municipalidad exprese interés en ofrecer dichos servicios (en procesos de licitación pública) o si pueden demostrar (según estudios técnicos) que la prestación de dichos servicios tendría una mejor relación costo/efectividad bajo dicha gestión. Las ganancias de los prestadores de servicios públicos residenciales (públicos, privados o mixtos) quedan exentas de impuestos por un período de siete años en tanto se capitalicen o reserven para ampliaciones o mejoras. En el plano de los gobiernos locales, la ley también promueve la organización de asociaciones municipales para lograr estos objetivos.

A nivel operativo, la Ley 142 mantiene a la Superintendencia de Servicios Públicos (creada en 1991 con la reforma constitucional de Colombia) como la principal entidad técnica a cargo del control y la fiscalización de todas las actividades de los prestadores de servicios públicos domiciliarios. Asimismo, la Ley estableció Comisiones de Regulación como “unidades administrativas especiales, con funciones administrativas, técnicas y presupuestarias independientes, dependientes de los ministerios específicos” para gestionar y asegurar la eficiencia de los servicios. La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) dependiente del Ministerio de Industria y Comercio y supervisa los servicios de gestión de residuos.

1.3.1.2 Normas sobre saneamiento y gestión de residuos sólidos

Las normas ambientales y sociales sobre saneamiento, rellenos sanitarios y cierre de botaderos a cielo abierto son amplias. Desde fines de la década de 1990, se adoptaron normas y decretos específicos para regular, implementar y orientar a las autoridades nacionales y regionales en la selección de emplazamientos, preparación de proyectos, construcción y operación, así como también en el monitoreo y establecimiento de controles ambientales y técnicos. También se establecieron normas y mecanismos legales para la supervisión y aplicación de multas.

A continuación se presenta un breve resumen de la legislación ambiental vigente. Las leyes, normas y decretos se describen con mayor detalle según corresponda en las diferentes secciones del presente documento.

1.3.1.2.1 Normas sobre planificación de la gestión de residuos sólidos

• Decreto 1713 de 2002: el decreto reglamenta la Ley 142 de 1994, la Ley 632 del 2000 y la Ley 689 de 2001 con respecto a los servicios de disposición final y gestión de residuos. También reglamenta la Ley 99 de 1993 (que creó el Ministerio de Medio Ambiente, MAVDT) definiendo la función del Ministerio como regulador del sector de gestión de residuos y estableciendo un marco explícito para administrar los servicios de residuos desde una perspectiva integral (Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos, PGIRS). El decreto define al PGIRS como “el conjunto de operaciones involucradas en asegurar el mejor resultado para los residuos sólidos desde una perspectiva ambiental, de acuerdo con sus características, origen, costos, tratamiento, posibilidades de recuperación, utilización, comercialización y disposición final”. El decreto asigna a las municipalidades y los distritos la responsabilidad de asegurar la prestación de servicios eficientes y ambientalmente seguros de gestión de residuos. Exige que las municipalidades y los distritos desarrollen y actualicen en forma permanente un plan integral para gestionar los residuos sólidos, en concordancia con el marco nacional de gestión de residuos establecido por el MAVDT. También brinda pautas específicas para desarrollar dichos planes y establece plazos para presentarlos a las autoridades ambientales locales con fines de información, monitoreo y control. El Decreto 1713 también establece criterios para seleccionar predios adecuados para la disposición final de los residuos.

• La Resolución 1045 de 2003 del MAVDT adopta una metodología específica para desarrollar dichos PGIRS. Estos planes se definen como un “conjunto de objetivos, metas, programas, proyectos y actividades definidas por la entidad territorial pertinente para prestar servicios de recolección de residuos... sobre la base de un diagnóstico preliminar, su proyección del futuro y un Plan Financiero Factible que asegura la mejora continua del servicio de recolección de residuos según la evaluación que arroje la medición de resultados específicos”. Los PGIRS determinan las opciones factibles de gestión de residuos a nivel local y definen el tipo de método de disposición (es decir, parques de reciclaje, estación de transferencia, relleno sanitario).

• Decreto 838 de 2005: modifica el Decreto 1713/02 para hacerlo más amplio y específico. A la vez que promueve y facilita el “planeamiento, construcción y operación de los sistemas de disposición final de residuos, con tecnología de relleno sanitario, como actividad complementaria de la gestión pública de los residuos, también reglamenta los procedimientos

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