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Obligacion derecho romano


Enviado por   •  29 de Mayo de 2016  •  Trabajo  •  395 Palabras (2 Páginas)  •  288 Visitas

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Buen día, Profesora y compañeros:

En esta ocasión, me dirijo a ustedes con mi aportación acerca de la pregunta detonante que la Profesora ha planteado para los temas de derechos y obligaciones, y el proceso civil en Roma. Así pues, pasemos a abordar la cuestión que nos atañe:

¿Existe alguna diferencia entre el concepto de obligación que se tenía en Roma y el concepto de obligación actual que tiene nuestro país en sus códigos civiles?

Morineau, M e Iglesias, R, (2012) nos comentan que “la obligación es un vínculo establecido por el derecho que nos obliga a cumplir una determinada conducta.” Por otro lado, las Instituciones de Justiniano definen a la obligación como “un vínculo jurídico por el que somos constreñidos con la necesidad de pagar alguna cosa según las leyes de nuestra ciudad.”

Desmenuzando un poco ambas definiciones podemos darnos cuenta que son similares, sobre todo porque podemos identificar tres elementos básicos en ambas, los cuales son: los sujetos, el objeto y la relación jurídica. Si bien la definición muy general que nos plantea Morineau, M e Iglesias, R, se aplica como una definición general de obligación, aún así no podemos dejar de notar estos elementos, por lo que determinamos que los conceptos en la antigua Roma con el de los actuales códigos civiles es muy similar.

Haciendo énfasis en nuestra materia de estudio, el Derecho, no podemos más que ceñirnos a la obligación como una forma jurídica, por lo que el elemento de la relación jurídica, como distintivo de las obligaciones jurídicas a las obligaciones en general, es el que nos proporciona el elemento para poder enfocarlas desde nuestra materia de estudio.

Para sustentar más esta tesis, analizaremos un poco los elementos de la obligación.

  • Sujetos: En la antigua Roma ya se diferenciaba a los dos sujetos que las concepciones actuales obligación nos muestra, esto es, un sujeto activo denominado acreedor (creditor en latín); y un sujeto pasivo denominado deudor (debitor).
  • Objeto: así pues, el otro elemento definitorio de la obligación, el objeto, lo entendemos como la conducta o comportamiento que el deudor de observar en favor del acreedor.

Como vemos, la concepción que tenemos de la obligación actualmente es muy similar a la que se tenía en la antigua Roma, simplemente, aunque el concepto ha evolucionado, guarda aún la esencia de los juristas latinos.

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Bibliografía:

Morineau, M e Iglesias, R, (2012). Derecho Romano (4ª. Ed). México, DF, Ed. Porrua.

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