PRINCIPIOS QUE RIGEN EL JUICIO DE AMARO
Enviado por panzerguderian • 26 de Enero de 2013 • 869 Palabras (4 Páginas) • 494 Visitas
Principios que rigen el Juicio de Amparo.
a) Supremacía Constitucional.
Este principio esta señalado en el articulo 133 constitucional que señala que la Constitución es la ley suprema de la unión , a continuación señalo lo que dicho articulo dicta:
Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la república, con aprobación del Senado, serán la ley suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados".
Este principio es explicado por el Jurista alemán Hans Kelsen y ejemplificada en su famosa pirámide:
b) Instancia de parte agraviada.
Este principio señala que el juicio de amparo jamás procederá de manera oficiosa , sin que haya algún interesado legitimo en provocar su actividad tuteladora. Este principio esta señalado en la fracción primera del articulo 107 constitucional , en relación con el articulo 4to de la Ley de amparo.
c) Agravio personal y directo.
Este principio se refiere a que para que pueda proceder el amparo debe existir un agravio personal y directo esto quiere decir que la persona haya sufrido una ofensa a sus derechos o intereses. La presencia del daño o del perjuicio constituye pues el elemento material del agravio por así decirlo .por otra parte es menester que este agravio sea cometido por una autoridad al violar una garantía individual o al invadir las esferas de competencia federal o local.
d) Definitividad
este principio esta consagrado en el articulo 107 fracción III y IV, supone el agotamiento o ejercicio previo y necesario de todos los recursos que la ley que rige el acto reclamado establece para atacarlo , bien sea modificándolo , confirmándolo o revocándolo , de tal suerte que existiendo dicho medio ordinario de impugnación sin que lo interponga el quejoso el amparo es improcedente.
d) Procedencia constitucional del amparo.
En el caso del amparo directo esta señalada en el articulo 107 fracción III que el amparo procederá contra sentencias definitivas o laudos y resoluciones que pongan fin a un juicio respecto de los cuales no proceda ningún recurso ordinario por el que puedan ser modificados o reformados ya sea que la violación se cometa en ellos o que cometida durante el procedimiento afecte a las defensas del quejoso trascendiendo al resultado del fallo , siempre que en materia civil haya sido impugnada la violación en el curso del procedimiento mediante el recurso ordinario establecido por la ley e invocada como agravio en la segunda instancia , si se cometió en la primera , estos requisitos
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