PROCESO ALIMENTOS
Enviado por victorlr20 • 25 de Octubre de 2013 • 4.333 Palabras (18 Páginas) • 466 Visitas
Especialista :
Expediente :
Cuaderno : Principal
Escrito : 01
Sumilla : Cobro de pensión alimenticia
SEÑOR JUEZ DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO
María Quispe Gutiérrez, identificada con DNI N° 46409444, con domicilio real en la calle Ayacucho N° 301 y señalando domicilio procesal en la calle Moquegua N° 525, ante usted atentamente digo:
I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL DEMANDADO
Se debe comprender como demandado a Zenobio Jiménez García, con domicilio en la calle Lima N° 303, lugar donde se notificara la demanda, anexos y admisorios.
II.- PETITORIO
Por derecho propio y en representación de mi menor hija Marilú Jiménez Quispe y contando con legitimidad para obrar, interpongo demanda de alimentos en contra de Don Zenobio Jiménez García con la finalidad de que el demandado me contribuya con una pensión alimenticia de S/ 500.00 a razón de S/ 200.00 a mi persona y S/ 300.00 para mi menor hija de 12 años de edad.
III.- FUNDAMENTOS DE HECHO
1.- Mi persona ha contraído matrimonio civil con Don Zenobio Jiménez García el 24 de mayo del 2002 en la municipalidad provincial de Mariscal Nieto, y dentro del matrimonio hemos procreado a la menor Marilú Jiménez Quispe, quien actualmente tiene 12 años de edad
2.- Mi persona conjuntamente con el demandado y mi menor hija estábamos viviendo en el inmueble ubicado en la calle Ayacucho N° 30, pero es el caso de que mi esposo aproximadamente 9 meses abandonó el hogar conyugal.
3.- Desde que el demandado hizo abandono de nuestro hogar conyugal no contribuye en nada con el sustento de mi persona y de mi menor hija, no obstante mis continuos requerimientos por lo que veo obligada de interponer la presente acción judicial para que su despacho mediante sentencia ordene que el demandado nos contribuya con la pensión alimenticia solicitada.
4.- El demandado trabaja como taxista en vehículo de su propiedad lo que le permite obtener buenas ganancias y además se dedica a actividades agrícolas en un fundo que le dejó sus señores padres, lo que también le produce buenas ganancias y por lo tanto se encuentra en buenas condiciones de contribuir con la pensión alimenticia solicitada.
5.- Mi menor hija Marilú Jiménez Quispe de 12 años de edad, se encuentra estudiando en el colegio modelo San Antonio, cursando el 1er año de educación secundaria, lo que hace que se tenga que hacer gastos en compra de uniformes, útiles escolares, pasajes propinas y otros, lo cual su despacho debe tener presente al momento de emitir sentencia.
6.- Mi persona no cuenta con trabajo, no tiene ingresos de ninguna clase dedicándome solamente a la atención y cuidado de mi menor hija.
7.- El demandado no tiene otras obligaciones alimenticias que cumplir, siendo la única la que le asiste a favor de su persona y de mi menor hija.
IV.- FUNDAMENTOS JURIDICOS
Amparo la presente demanda en los siguientes dispositivos legales:
Artículo 6 de la Constitución Política la cual señala que es deber y derecho de los padres alimentar, educar y dar seguridad a sus hijos.
Articulo 472 Código Civil que señala que se deben por alimentos lo que es indispensable, para el sustento, habitación y asistencia médica y otros.
Articulo 474 Código Civil que señala que se deben alimentos recíprocamente a los ascendientes y descendientes.
Articulo 424 Código Procesal Civil que señala los requisitos de la demanda.
Articulo 425 Código Procesal Civil que señala los anexos que debe contener la demanda.
Art. 160 Código de los Niños y Adolescentes que señala que corresponde al Juez especializado el conocimiento del proceso de alimentos.
Articulo 161 Código de los Niños y Adolescentes que señala que el Juez especializado, para resolver, toma en cuenta las disposiciones del Proceso Único.
V.- MONTO DEL PETITORIO
El monto del petitorio de la presente demanda asciende a la suma de S/ 500.00 nuevos soles.
VI.- VIA PROCEDIMENTAL
La vía procedimental establecida es la de proceso único regulado en nuestro código civil.
VII.- MEDIOS PROBATORIOS
1.- Declaración de parte de carácter personal que deberá prestar el demandado conforme al interrogatorio que acompaño en sobre cerrado.
2.- Partida de nacimiento N° 1525 de fecha 24 de mayo del 2002 expedida por la municipalidad provincial de Mariscal Nieto, la cual acredita mi vínculo conyugal con el demandado.
3.- Partida de nacimiento original de la menor Marilú Jiménez Quispe, expedida por la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto.
4.- Copia Certificada de la denuncia de abandono de hogar, expedida por la Policía Nacional del Perú.
5.- Constancia de estudios original de la menor Marilú Jiménez Quispe, expedida por la I.E. San Antonio.
6.- Hoja informativa expedida por Registros Públicos que acredita que el demandado es dueño del vehículo marca Toyota de placa de rodaje BH-2721.
7.- Informe que deberá emitir la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, indicando si el vehículo de placa de rodaje BH-2721 a nombre de Don Zenobio Jiménez García tiene autorización para prestar servicios públicos debiendo cursar el siguiente oficio.
8.- Ofrezco como prueba testimonial que va a prestar Doña María Suarez Farje, domiciliado en la calle vallecito N° 508, de profesión agricultora, el mismo que deberá aclarar las actividades que realiza el demandante, para lo cual adjunto pliego interrogatorio en sobre cerrado.
VIII.- ANEXOS
Ofrezco los siguientes:
1.A Copia de mi documento de identidad.
1.B Partida de nacimiento de mi menor hija.
1.C Partida de matrimonio con el demandado.
1.D Copia certificada denuncia abandono de hogar.
1.E Constancia de estudios de mi menor hija.
1.F Hoja expedida por registros públicos.
1.G Prueba testimonial de declaración de testigo.
POR TANTO:
Al juzgado pido admitir la presente demanda, tramitarla de acuerdo a su naturaleza y declararla fundada en su oportunidad.
OTROSIDIGO: Otorgo poder por acta a favor de mi abogado JUAN PEREZ GOMEZ, para que me represente en el presente proceso judicial con las facultades generales contempladas en el Art. 74 del Código Procesal Civil y los especiales contenidos en el Art. 75 del mismo, para que conteste demandas, se desista de la pretensión del proceso.
Moquegua, 04 de febrero del 2013
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JUAN PEREZ GOMES MARIA
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