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PROYECTO HOTEL BRUSH


Enviado por   •  8 de Junio de 2013  •  2.230 Palabras (9 Páginas)  •  607 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Uno de los mayores inconvenientes en la tenencia de una mascota es el cuidado integral que se debe incorporar como parte de la responsabilidad del propietario. En la actualidad el cubrimiento de las necesidades básicas de las mascotas han venido adquiriendo un valor agregado haciendo que se mejoren las condiciones de las mascotas dentro de las viviendas multifamiliares y unifamiliares.

Dentro del crecimiento del mercado de productos y servicios enfocados para el cuidado animal son varios los sectores que intervienen algunos son: Sector de Alimento Balanceado, Sector de confección, Importación de productos y Accesorios, implementación de nuevas tendencias de la medicina, etc.

El servicio de Hotel y veterinaria representa uno de los sectores con mayor importancia e interés por parte propietarios de mascotas; ya que complementa el cuidado integral y práctico mientras sus amos salen del país para vacacionar, negocios o por asuntos laborales.

OBJETIVO GENERAL

Posicionarnos en el mercado como un hotel líder especializado en ofrecer servicios de alto nivel en el cuido de sus mascotas, como alimentación, servicios veterinarios, peluquería y recreación.

OBJETIVOS ESPECIFÍCOS

a) Ofrecer atención personalizada a las mascotas de nuestros clientes, mediante la aplicación de técnicas de cuidado y belleza con estándares internacionales.

b) Ofrecerles productos de calidad para que las mascotas de nuestros clientes tengan una vida larga y sana.

c) Lograr la fidelidad de nuestros clientes, mediante la implementación de carnés de membrecía y mensajes de saludos al correo electrónico y Facebook.

d) Ofrecer descuentos y promociones comerciales y de atracción al público meta, realizando publicidad en medios de comunicación masivos.

MISIÓN

Brindar a sus amos la seguridad de que sus mascotas estarán en buenas manos mientras está fuera del país. Ofreciendo los mejores precios y servicios.

VISIÓN

Llegar hacer el mejor hotel veterinario a corto plazo; ofreciendo los mejores servicios y requerimientos que nuestro mercado demande reflejado en la satisfacción total de nuestros clientes. Ser un hotel líder con altos valores y estar siempre en continua mejora para proyectarnos a futuro.

ESTUDIO TECNICO

MARCO LEGAL

Pasos legales a realizar para constituir el proyecto en una empresa.

1. Una Sociedad: sea anónima o limitada, esta estructura permite gran cantidad de opciones de crecimiento e incluso nos protege ante el fracaso. Decidir que estructura es la mejor, depende de que tipo de empresa se haga, su tamaño, la forma de administración, etc.

Dentro de este contexto legal HOTEL Y VETERINARIA BRUSH S.A se constituirá, con el tipo de Sociedad Anónima en la cual cada socio responderá hasta el monto de sus aportes (Artículo 102 del Código de Comercio En la sociedad anónima, el capital social estará dividido en acciones y los socios sólo se obligan al pago de sus aportaciones).

Su constitución se regirá de acuerdo a lo establecido en el Capítulo VII “De la sociedades anónimas”, del código de comercio.

Se constituirá en escritura pública, por fundación simultánea, o por suscripción pública. (Artículo 105 del Código de Comercio. La sociedad anónima se constituirá en escritura pública, por fundación simultánea, o por suscripción pública). En el caso que nos compete se recomienda por medio de escritura pública bajo los lineamientos descritos en el artículo 18 y 106 del código de comercio.

“Artículo 18. La escritura constitutiva de toda sociedad mercantil deberá contener:

1) Lugar y fecha en que se celebra el contrato.

2) Nombre y apellidos, nacionalidad, profesión, estado civil y domicilio de las personas físicas que la constituyan.

3) Nombre o razón social de las personas jurídicas que intervengan en la fundación.

4) Clase de sociedad que se constituye.

5) Objeto que persigue;

6) Razón social o denominación.

7) Duración y posibles prórrogas.

8) Monto del capital social y forma y plazo en que deba pagarse.

9) Expresión del aporte de cada socio en dinero, en bienes o en otros valores. Cuando se aporten valores que no sean dinero, deberá dárseles y consignarse la estimación correspondiente. Si por culpa o dolo se fijare un avalúo superior al verdadero, los socios responderán solidariamente en favor de terceros por el exceso de valor asignado y por los daños y perjuicios que resultaren. Igual responsabilidad cabrá a los socios por cuya culpa o dolo no se hicieren reales las aportaciones consignadas como hechas en efectivo.

10) Domicilio de la sociedad: deberá ser una dirección actual y cierta dentro del territorio costarricense, en la que podrán entregarse válidamente notificaciones. (Reformado por Ley Nº7413 del 3 de junio de 1994)

11) Forma de administración y facultades de los administradores.

12) Nombramiento de los administradores, con indicación de los que hayan de tener la representación de la sociedad con su aceptación, si fuere del caso.

13) Nombramiento de un agente residente que cumpla con los siguientes requisitos:

a. ser abogado, tener oficina abierta en el territorio nacional, poseer facultades suficientes para atender notificaciones judiciales y administrativas en nombre de la sociedad, cuando ninguno de sus representantes tenga su domicilio en el país.

b. El Registro no inscribirá ningún documento relativo a la sociedad, si en los casos en que sea necesario, el nombramiento no se encuentre vigente. (Adicionado por Ley Reguladora del Mercado de Valores Nº 7201 de 10 de octubre de 1990 y reformado por Ley No.7413 del 3 de junio de 1994)

14) Modo de elaborar los balances y de distribuir las utilidades o pérdidas entre los socios; (Ley Nº 7201 de 10 de octubre de 1990). 15) Estipulaciones sobre la reserva legal, cuando proceda; (Ley Nº 7201 de 10 de octubre de 1990)

16) Casos en que la sociedad haya de disolverse anticipadamente; (Ley Nº 7201 de 10 de octubre de 1990)

17) Bases para practicar la liquidación de la sociedad; (Ley Nº 7201 de 10 de octubre de 1990)

18) Modo de proceder a la elección de los liquidadores, cuando no hayan sido

Designados anticipadamente y facultades que se les confieren; y (Ley Nº 7201 de 10 de octubre de 1990)

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