Pago De Remuneraciones
Enviado por rocioalfarol • 22 de Septiembre de 2014 • 1.173 Palabras (5 Páginas) • 264 Visitas
Los actuados y el recurso de apelación interpuesto por RUBÉN NAVARRO GONZÁLES, contra la sentencia (Resolución número seis) de fecha dos de mayo del dos mil trece que falla declarando infundada la demanda de pago de remuneraciones; y,
II. CONSIDERANDO:
1. En el diseño de la apelación, dos artículos son importantes, el Art. 364° y 366° del Código Procesal Civil; el primero señala “El recurso de apelación tiene por objeto que el órgano jurisdiccional superior examine, a solicitud de parte o de tercero legitimado, la resolución que les produzca agravio, con el propósito de que sea anulada o revocada, total o parcialmente” y, el segundo: “El que interpone apelación debe fundamentarla, indicando el error de hecho o de derecho incurrido en la resolución, precisando la naturaleza del agravio y sustentando su pretensión impugnatoria”.
2. Que, atendiendo a la apelación presentada corresponde a esta Judicatura la revisión y análisis exhaustivo de lo actuado para establecer el derecho de las partes, a fin de anular, confirmar o revocar la apelada de conformidad con la facultad que otorga el artículo 364° del Código Procesal Civil.
3. Que, de igual forma, dentro del marco de la garantía constitucional referida a la observancia del debido proceso, es necesario que al absolverse el grado no sólo se reexamine la resolución apelada, sino también se cautele la pureza del procedimiento, teniendo en consideración que las disposiciones contenidas en la norma procesal son de carácter imperativo conforme a lo dispuesto en el artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal acotado.
4. Que, debe expresarse, que conforme a lo referido por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República en la Casación N° 1110-2007-SANTA : “…El debido proceso está referido al respeto de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política, por el cual se posibilita que toda persona pueda recurrir a la justicia para ordenar la tutela jurisdiccional efectiva a través de un procedimiento legal con la posibilidad de hacer uso irrestricto de su derecho de defensa así como de su derecho a probar, que se observen reglas procesales establecidas para cada procedimiento y que las instancias jurisdiccionales emitan pronunciamiento debidamente motivado con arreglo a ley…”; por lo cual el pronunciamiento que se tenga que emitirse en el proceso, se tiene que sujetar en relación a los puntos controvertidos fijados en el proceso, los medios probatorios actuados en el proceso y así como las alegaciones efectuadas por las partes procesales, a efectos de garantizarse el derecho al debido proceso materializado en la debida motivación de las resoluciones judiciales que es una garantía del justiciable frente a la arbitrariedad judicial y garantiza que las resoluciones se encuentren justificadas en datos objetivos que proporciona el ordenamiento jurídico o los que deriven del caso.
5. El artículo 27° de la Ley Procesal del Trabajo, Ley 26636 señala que: Corresponde a las partes probar sus afirmaciones y esencialmente: 1. Al trabajador probar la existencia del vínculo laboral. 2. Al empleador demandado probar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las normas legales, los convenios colectivos, la costumbre, el reglamento interno y el contrato individual de trabajo. (…)
Ledesma Narvaez , define a la carga como una situación jurídica instituida en la ley consistente en el requerimiento de una conducta de realización facultativa, normalmente esta¬blecida en interés del propio sujeto, y cuya omisión trae aparejada una conse¬cuencia gravosa para él. La carga es un imperativo del propio interés. Quien tiene sobre sí la carga
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