Presupuestos Procesales
Enviado por yusey • 6 de Junio de 2013 • 2.407 Palabras (10 Páginas) • 432 Visitas
Los Presupuestos Procesales]
Los presupuestos procesales pueden definirse como aquellos antecedentes necesarios para que el juicio tenga existencia jurídica y validez formal.
En la doctrina hay dos clasificaciones de Presupuestos Procesales, los de forma y de fondo:
1. Competencia (Forma).
2. Personalidad (Forma).
3. Capacidad (Fomra).
4. Legitimación (Fondo).
5. Vía (Fondo).
6. Acción (Fondo).
7. Jurisdicción. (Forma).
8. Personería. (Forma).
9. Demanda en Forma (Forma).
10. Interés. (Fondo).
11. Ausencia de Caducidad (Forma).
12. Ausencia de Prescripción Negativa (Fondo).Presupuestos procesales.
Para que exista una controversia que dé lugar a un juicio, es necesario que se afecten derechos de terceros y se acuda ante la autoridad competente sobre la materia para resolver la controversia en razón de la materia y cuantía.
Al afectarse derechos de terceros se deberá concurrir ante la autoridad competente para ejercitar la acción correspondiente o el juez de lo civil dotado de jurisdicción.
Los presupuestos procesales aludirán a los elementos de presencia previa y necesaria para que pueda integrar validamente el proceso. Si la concurrencia de elementos esenciales anterior o previos no se iniciara validamente un proceso.
Los presupuestos procesales pueden definirse como aquellos antecedentes necesarios para que el juicio tenga existencia jurídica y validez formal.
La doctrina ha contenido en llamarles presupuestos o sea supuestos previos al juicio, sin los cuales no puede presentarse él y son:
• La proposición de una demanda judicial.
• Órgano dotado de jurisdicción.
• Partes que se presentan como sujetos de derecho.
Los presupuestos procesales son los requisitos de forma y fondo sin los cuales no es posible iniciar ni tramitar valida y eficazmente un proceso.
Los presupuestos generales son:
• Los contemplados en el artículo 255 del Código de Procedimientos Civiles.
• Escrito inicial de demanda formulado y presentado legalmente.
• Competencia del juez para conocer del juicio.
• Capacidad procesal del actor y del demandado, así como la debida
• personalidad de quienes representan en el juicio cuando no
• comparecen personalmente.
Los presupuestos procesales propios de determinado juicio son:
• En el juicio de divorcio, la existencia y la prueba de matrimonio que se trata de disolver.
• En los juicios ejecutivos e hipotecarios, la existencia respectiva del titulo de crédito o el testimonio notarial de la hipoteca, como documentos base de la acción.
• En el juicio de lanzamiento, la prueba del contrato de arrendamiento respectivo.
• En los juicios sucesorios, la prueba del fallecimiento del autos de la herencia y en la testamentaria la presentación del testamento.
• En los juicios de quiebra y concursos, la demostración del estado de quiebra e insolvencia.
Podemos señalar que los requisitos de forma de la demanda están contenidos en el artículo 255 del Código de Procedimientos Civiles mientras que los requisitos de fondo son los documentos base de la acción, mismos que hemos numerado anteriormente.
Generalidades [editar]
Aparte de la discusión doctrinal y la dificultad por distinguir entre los diferentes requisitos formales del proceso, es decir, presupuestos procesales, presupuestos materiales de la sentencia de fondo y presupuestos de la bilateralidad de la audiencia, los presupuestos procesales o también considerados por algún sector de la doctrina como óbices de procedibilidad, son aquellas condiciones necesarias para la constitución de la relación jurídica procesal, de la cual depende su existencia. Esta noción, vista de forma sistemática y de manera científica, fue acuñada por primera vez por el alemán Oscar Von Bülow en 1898, fecha en al cual se publicó su libro "Teoría de los Presupuestos y Excepciones Procesales".
Piero Calamandrei por su parte considera los presupuestos procesales como condiciones que deben existir a fin de que pueda darse un pronunciamiento, ya sea favorable o desfavorable sobre la pretensión, a fín de que se concrete el poder-deber del Juez de proveer sobre el mérito. James Goldschmidtha dicho que los presupuestos procesales no son mas que meros supuestos de la Sentencia de fondo y que su ausencia no impide que de origen al proceso; por el contrario, son los presupuestos procesales, materia que entra a resolverse en el proceso, los cuales son tenidos en cuenta al momento de proferirse fallo.
Clasificación de los Presupuestos Procesales Los presupuestos procesales son requisitos necesarios exigidos por ley que deben darse en el sujeto, en el objeto y el procedimiento para que pueda ser válido un proceso.
Los presupuestos procesales son.
§ Jurisdicción. se refiere a la potestad o prerrogativa que tiene el juez para decir el derecho de un caso concreto con categoria de cosa juzgada.
§ Competencia.
§ Capacidad para hacer parte.
§ Capacidad para comparecer al proceso.
§ Demanda en forma.
§ Ausencia de caducidad.
El juez deberá adoptar las medidas que considere necesarias para evitar nulidades y sentencias inhibitorias.
Presupuestos Procesales de la Acción [editar]
Presupuestos procesales de la acción. "…la capacidad de las partes y la investidura del juez son condiciones mínimas de procedibilidad. Los incapaces no son hábiles para accionar … Los no jueces no tienen jurisdicción ; los que acuden ante ellos no lograrán nunca hacer nada que llegue a adquirir categoría de acto jurisdiccional.". Los presupuestos procesales de la acción son "…aquellos cuya ausencia obsta al andamiento de una acción y al nacimiento de un proceso.
CLASIFICACIÓN Vescovi, E. :
Presupuestos procesales Subjetivos. Se refieren a los sujetos procesales (actor, demandado y juez) y su capacidad (ser mayor de 21 años, no ser interdicto) como también la competencia del juez.
Presupuestos procesales Objetivos. Están relacionados al proceso mismo. Son los requisitos de forma, p. ej., de la demanda.
Couture, E.
Presupuestos procesales de la acción. "…la capacidad de las partes y la investidura del juez son condiciones mínimas de procedibilidad. Los incapaces no son hábiles para accionar … Los no jueces no tienen jurisdicción ; los que acuden ante ellos no lograrán nunca hacer nada que llegue a adquirir categoría de acto jurisdiccional.". Los presupuestos procesales de la acción son "…aquellos cuya ausencia obsta al
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