Procedimientos Administartivos En Materia Laboral
Enviado por gabymil • 26 de Febrero de 2014 • 758 Palabras (4 Páginas) • 293 Visitas
Procedimientos Administrativos en Materia Laboral
En Venezuela, para los procedimientos en materia laboral existen dos vías, una es la administrativa y la otra es la jurisdiccional.
Para el procedimiento administrativo, los interesados, los que son sienten afectados por las violaciones de los derechos laborales o de los convenios contractuales, por parte de los patronos en este caso los trabajadores, pueden acudir a las Inspectorías del Trabajo dependientes del Ministerio para el Pder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social, bajo los efectos de un despido injustificado, un reenganche o pago de salarios caidos.
Existen en las Inspectorías, diferentes salas para prestar atención a los usuarios o interesados.
La sala de Reclamos o acuerdos, es adonde acuden el trabajador afectado y el patrono de manera de que puedan llegar a un convenio o a una conciliación; de no terminarse el conflicto allí, sí tienen que ir a una sala jurisdiccional es decir a los Tribunales Laborales.
En la sala de Fueros existen dos procedimientos: uno es de reenganche, solicitado por el trabajador y el otro procedimiento es el de calificación de faltas que es el requerido por el patrono.
Cuando se habla de reenganche y pago de salarios caídos, hay que cumplir con algunos requisitos que establece la norma; si se trata de una persona que tiene fuero (protección laboral) bien sea maternal, por delegado de prevención, de sindicato o por discusiones de contrato colectivo, en esos casos el empleado debe solicitar a esa instancia una medida cautelar la cual establece el ingreso del trabajador nuevamente.
En algunas ocasiones las empresas cumplen esta medida pero en la mayoria de las veces violentan los pronunciamientos de los inspectores o inspectoras del trabajo en materia de medida cautelar. Cuando incumplen la medida cautelar parctican el desacato, la cual convierten a los patronos y las empresas de transgresores de las leyes venezolanas en materia de derecho laboral. Al ocurrir eso debería enviarse inmediatamente una orden de multa, de acuerdo a la infracción y se continúa con el procedimiento para reponer el reenganche y el pago de salarios caídos. Esto sólo ocurre cuando el trabajador se defiende, si no tiene un abogado, la Procuraduría del Trabajo le coloca uno a su disposición.
Existen muchas empresas que no quieren cumplir con la decisión de reenganche, hay algunas que las aceptan y la mayoria lo rechazan, cuando eso sucede también se le abre un procedimiento de multa en caso de incumplimiento.
Por lo general se le realiza un seguimiento hasta que el trabajador esté en su puesto de trabajo.
“La Ley no establece una medida de peso, solamente la multa para hacer que el patrono cumpla con las exigencias administrativas, nuestro reglamento jurídico no es tan fuerte como en materia judicial para establecer
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