RIESGOS DE TRABAJO
Enviado por CGabita • 28 de Enero de 2014 • 5.583 Palabras (23 Páginas) • 203 Visitas
INDICE
Índice----------------------------------------------------------------------------------------------------- 2
Introducción---------------------------------------------------------------------------------------------- 4-5
1.- Ley de Prevención de Riesgos Laborales--------------------------------------------------- 6
2.- Normas Estatales----------------------------------------------------------------------------------
2.1-Reglamentos de Ley de Prevención de Riesgos Laborales------------------------ 6-7
7-8
3.- Convenios Colectivos y Acuerdos------------------------------------------------------------- 9-11
4.- Riesgos de Trabajo--------------------------------------------------------------------------------
4.1- Importación de Costos----------------------------------------------------------------------- 11-13
13-15
5.- La Salud y la Seguridad en el Trabajo------------------------------------------------------- 15-17
6.- Factores de Riesgo de Trabajo---------------------------------------------------------------- 18
7.- Jornada de Trabajo-------------------------------------------------------------------------------- 18-19
Conclusiones-------------------------------------------------------------------------------------------- 20
Bibliografía, Legisgrafía, Cibergrafía-------------------------------------------------------------- 21-22
INTRODUCCION
En este trabajo explicaremos y analizaremos los riesgos laborales es decir de trabajo, su clasificación, las clases de incapacidades que consagra la ley, así como los beneficios que la misma otorga. De acuerdo con el art. 475 riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que serán expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.
Se clasifican los riesgos profesionales en dos: accidentes de trabajo y enfermedades derivadas de la acción que tenga su origen o motivo en el trabajo.
Hoy en día es muy importante que en nuestro ambiente laboral exista seguridad e higiene ya que en ocasiones por este motivo se empiezan a generar las enfermedades de los trabajadores en su centro laboral, trayendo al paso del tiempo consecuencias más severas, pero sobre todo debe existir el respeto del patrón al trabajador y viceversa pues e muchos lugares existe abuso de autoridad y el patrón no toma en cuenta los derechos de sus empleados y no lleva a cabo la ley como debe de ser.
Hay infinidad de factores que influyen en la generación de dichos accidentes, pero sin duda uno de ellos es la escasa formación e información que reciben los trabajadores en la materia.
Pero la formación es un punto clave en la prevención de riesgos laborales, no sólo para empresarios, sino también para trabajadores. Para los empresarios, porque son los responsables de ejecutar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en la empresa y, si no tienen la formación necesaria, difícilmente van a poder hacer que se cumpla. Y es también importante para los trabajadores, porque ellos son los que van a sufrir más directamente la presencia de riesgos que pongan en peligro su seguridad; y si están formados, pueden no sólo protegerse, sino también exigir a quiénes son los responsables que adopten las medidas preventivas más adecuadas.
Cualquier accidente de trabajo, en la mayoría de las ocasiones, es la manifestación práctica de una escasa o nula formación en la materia. En ese sentido, es preciso destacar que la Ley de Prevención, en sus artículos 18 y 19, establece que se deberá proporcionar a los trabajadores formación en el momento de la contratación, cuando se produzcan cambios en las funciones asignadas y cuando se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos. Dicha formación deberá estar centrada en los riesgos del puesto de trabajo, adaptarse a la evolución del mismo y a la aparición de otros nuevos.
Desde mi punto de vista de la administración de recursos humanos, la salud y la seguridad de los empleados constituye una de las principales bases para la preservación de la fuerza laboral adecuada.
Para que las organizaciones alcancen sus objetivos deben de un plan de higiene adecuado, con objetivos de prevención definidos, condiciones de trabajo óptimas, un plan de seguridad del trabajo dependiendo de sus necesidades.
Quisiera concluir diciendo que, a pesar de lo anteriormente expuesto, las instituciones, patrones, etc., en general han avanzado mucho en materia de prevención desde que se publicó la Ley de Prevención. Avance que consiste en pasar de una carencia absoluta a un panorama de cierta confusión que seguro se irá clarificando y remodelando en un futuro inmediato; porque invariablemente, los medios de comunicación nos recuerdan de forma permanente que las muertes por accidentes de trabajo siguen creciendo día a día.
. 1.-LEY DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
La idea de este trabajo consiste en identificar las formas más frecuentes de producción de los riesgos de trabajo para evaluar los costos directos e indirectos, así como los efectos adicionales de los mismos representados por el impacto personal, familiar, en la empresa, en las organizaciones de asistencia médica y en la sociedad en general. Así como otros posibles factores que pudieran contribuir a la generación de los Riesgos de Trabajo, todo ello con objeto de poder elaborar en forma precisa y dirigida la recomendación de medidas preventivas precisas y específicas para disminuir su frecuencia.
2.-NORMAS ESTATALES ( Ley de Prevencion de Riesgos Laborales)
Reseña histórica:
La promulgación de esta norma (Ley 31/1995, de 8 de noviembre) se demoró tras un largo proceso de tramitación, publicándose en el BOE del 10 de noviembre de 1995 y entrando en vigor 3 meses después, siendo así que el legislador español venía obligado a trasponer al derecho nacional la Directiva-marco 89/391/CEE antes del 31/12/1992, incumplimiento que dio lugar a que la Comisión iniciase un procedimiento sancionador contra el Estado español.
Después de varios años de trabajos preparatorios, se alcanzó en 1992 un texto acordado por el Mº de Trabajo y los sindicatos al que el sector empresarial se opuso, básicamente en razón de la excesiva sindicalización que introducía. En dicho texto se creaba una línea representativa paralela a la tradicional, en materia de Prevención de Riesgos Laborales, con créditos horarios adicionales a favor de esos nuevos representantes.
Abandonada esa línea, el Mº de Trabajo elaboró un nuevo texto en 1994 que, tras nuevas negociaciones con los sindicatos,
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