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Riesgos de Trabajo


Enviado por   •  10 de Octubre de 2013  •  Ensayo  •  1.396 Palabras (6 Páginas)  •  315 Visitas

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Cuando ocurra la muerte del asegurado o del pensionado por un riesgo de trabajo, invalidez, retiro, cesantía en edad avanzada o vejez, el Instituto otorgará a la esposa(o) o concubina(rio), una pensión por viudez. Para la Ley 1997, sólo se requiere que haya dependido económicamente de la asegurada.

Los requisitos para adquirir una pensión de viudez, por parte de la (el) esposa (o) o concubina (rio) del asegurado o pensionado finado son los siguientes:

• No haber contraído matrimonio o haber entrado en concubinato con persona diferente al asegurado o pensionado fallecido.

• Que la(el) esposa(o) compruebe el matrimonio civil con el(la) extinto(a) asegurado(a) o pensionado(a).

• Que la compañera(o) acredite el concubinato con el extinto(a) asegurado(a) o pensionado(a).

• Que el esposo o concubinario acredite la dependencia económica con la extinta asegurada o pensionada.

Seguros de Invalidez, Vejez, CEA y Muerte Ley 1973- Invalidez y Vida y RCV Ley 1997

• Que la muerte del asegurado o pensionado por invalidez, cesantía en edad avanzada o vejez no se deba a un riesgo de trabajo.

• Que el asegurado al fallecer hubiese tenido reconocido el pago al Instituto de un mínimo de 150 cotizaciones semanales y estar dentro de la conservación de derechos, o bien que se encontraré disfrutando de una pensión de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada.

Seguro de Riesgos de Trabajo:

• Que se califique la muerte del asegurado por riesgo de trabajo por Salud en el Trabajo, a través del formato ST-3.

• Que los servicios de prestaciones económicas cuenten con el formato "ST-3" (dictamen de incapacidad permanente o defunción por riesgo de trabajo).

Seguro de Riesgos de Trabajo e IVCM Ley 1973:

• Que los Servicios Médicos de Salud en el Trabajo del Instituto dictaminen que el esposo o concubinario se encuentra totalmente incapacitado formato "ST-6" (dictamen de beneficiario incapacitado)

• Que los Servicios de Prestaciones Económicas cuenten con el formato "ST-6" (dictamen de beneficiario incapacitado).

Los documentos del asegurado o pensionado que debe presentar el beneficiario para tener derecho a la pensión:

• Documento que contenga el número de seguridad social expedido por el IMSS, INFONAVIT o AFORE, no necesario cuando presente la credencial ADIMSS original y copia para cotejo.

• Documento de AFORE: estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la AFORE que maneja la cuenta individual con una antigüedad no mayor a los 6 meses previos a la fecha de la solicitud o contrato firmado con la AFORE, solo si el asegurado cotizó a partir del 1 de julio de 1997, original y copia para cotejo.

• Clave Única de Registro de Población (CURP) o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población, no necesario cuando se trate de extranjeros que no radiquen en México, original y copia para cotejo. Este documento no es necesario cuando presente la Credencial ADIMSS.

• Copia certificada del acta de defunción, emitida por el Registro Civil, Este documento se queda en el expediente. Si se trata de documento en idioma diferente al español, deberá presentar adicionalmente la traducción autorizada o emitida por un perito reconocido por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier Entidad Federativa del territorio nacional, o bien a falta de éste por alguna institución o entidad oficial, como son las Universidades o Instituciones autorizadas para ello.

La (él) beneficiaria(o) viuda(o):

• Identificación oficial con fotografía y firma (credencial para votar o cartilla del Servicio Militar Nacional o pasaporte o cédula profesional o Credencial ADIMSS), tratándose de extranjeros pasaporte o Forma Migratoria, original y copia para cotejo. Credencial ADIMSS como identificación oficial, original y copia para cotejo;

• Clave Única de Registro de Población (CURP) o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población, no necesario cuando se trate de extranjeros que no radiquen en México, original y copia para cotejo. Este documento no es necesario cuando presente la Credencial ADIMSS.

• Comprobante de domicilio de reciente expedición, no mayor de tres meses a la fecha de la presentación de la solicitud: derechos de agua, luz, teléfono (excepto celular), recibo de gas, certificación de la presidencia municipal (anual) o boleta predial (bimestral o anual del ejercicio vigente), no es necesario que el

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