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Responsabilidad En El ámbito Penal.


Enviado por   •  6 de Mayo de 2015  •  802 Palabras (4 Páginas)  •  178 Visitas

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Responsabilidad en el ámbito penal.

La responsabilidad jurídica es la imputabilidad jurídica de un hecho jurídico causada por la culpabilidad (dolosa o no) de la persona o por el simple acaecimiento del hecho desligado de culpabilidad (responsabilidad objetiva); que supone el nacimiento de obligaciones para el imputado, y el nacimiento de derechos para el sujeto que se encuentre en posición de reclamarlas. En el ámbito penal, la responsabilidad parte de este mismo supuesto, aunque la evolución histórica de la disciplina ha excluido la existencia de responsabilidad penal objetiva (se requiere culpabilidad) y se ha distanciado de las consecuencias antes descritas, limitándose a una sanción cuyos fines no son indemnizatorios, sino preventivos.

TITULO NOVENO

DE LA INVIOLABILIDAD DE LA CONSTITUCION

ARTICULO 136. ESTA CONSTITUCION NO PERDERA SU FUERZA Y VIGOR, AUN CUANDO POR ALGUNA REBELION SE INTERRUMPA SU OBSERVANCIA. EN CASO DE QUE POR CUALQUIER TRASTORNO PUBLICO SE ESTABLEZCA UN GOBIERNO CONTRARIO A LOS PRINCIPIOS QUE ELLA SANCIONA, TAN LUEGO COMO EL PUEBLO RECOBRE SU LIBERTAD, SE RESTABLECERA SU OBSERVANCIA, Y CON ARREGLO A ELLA Y A LAS LEYES QUE EN SU VIRTUD SE HUBIEREN EXPEDIDO, SERAN JUZGADOS, ASI LOS QUE HUBIEREN FIGURADO EN EL GOBIERNO EMANADO DE LA REBELION, COMO LOS QUE HUBIEREN COOPERADO A ESTA.

Cuando se habla de responsabilidad penal, en el ámbito médico, se hace referencia al estudio de unas figuras delictivas que están relacionadas con las profesiones sanitarias. En tal sentido, se puede hacer referencia a las siguientes:

• Homicidio.

• Cooperación e inducción al suicidio.

• Aborto.

• Lesiones.

• Manipulación genética

• Detenciones ilegales.

• Omisión de socorro y denegación de auxilio.

• Descubrimiento y revelación de secretos.

• Suposición de parto.

• Falsedades.

• Intrusismo.

• Liberación de energía nuclear o de elementos radiactivos.

• La imprudencia médica.

Características del delito

Es el comportamiento humano voluntario positivo o negativo encaminado a un propósito. Sólo los seres humanos pueden cometer conductas positivas o negativas, ya sea una actividad o inactividad.

La conducta: Para que exista un delito es necesario que se produzca una conducta. Por lo tanto, la conducta es el elemento básico del delito. Es la materia prima de donde se deducen los demás. La conducta puede ser de acción (movimiento que se realiza) u omisión (dejar de hacer lo que se está obligado a hacer)

Delitos por acción

Es aquella actividad que realiza el sujeto, produciendo consecuencias en el mundo jurídico.

Elementos:

a. Movimiento: es la actividad voluntaria que realiza un sujeto.

b. Resultado: Es la consecuencia de la acción, que la ley considera decisiva

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