SUCESIONES
Enviado por AJRA • 8 de Octubre de 2014 • 495 Palabras (2 Páginas) • 321 Visitas
SUCESIONES
REQUISITOS PARA TRAMITAR EL RIF DE UNA SUCESION POR PRIMERA VEZ REQUISITOS PARA DECLARACION SUCESORAL
• Planilla de inscripción emitida por el Portal del Seniat (www.seniat.gob.ve – Sistema en línea – Inscripción de RIF).
Seleccionar en la opción Tipo de Persona, Sucesión con cedula o Sucesión sin cedula, según sea el caso. Completar la información solicitada por el sistema. Escoger la opción ver Planilla, revisarla y de estar conforme imprimirla.
• Original y copia del Acta de Defunción.
• Copia de la C.I. del causante.
• Copia de la C.I. de los herederos.
• Copia de un recibo de servicio público.
RIF vigente de los herederos a excepción de los menores que aun no posean C.I., para los cuales deberá consignar copia de la partida de nacimiento. -Declaración electrónica 4 juegos en hoja oficio.
- Original y dos(02) copias de los siguientes recaudos:
1) RIF de la sucesión y C.I. del causante.
2) Acta de Defunción.
3) Acta de matrimonio y C.I. del cónyuge (si es el caso).
4) Partida de nacimiento de los herederos (en el caso de que los herederos sean hijos o hermanos).
5) Partida de nacimiento del causante (en el caso que los herederos sean los padres o hermanos).
6) C.I. de los herederos (todas en hojas blancas).
7) Documentos de propiedad de los activos a declarar.
8) Documentos demostrativos del pasivo a declarar ( si se trata de facturas, las mismas deben cumplir con la “Normativa General de Emisión de Facturas establecida en la providencia 00071- Gaceta oficial Nº 39.795 del 08/11/2011)
9) Constancia de la ultima residencia del causante emitida por el Registro Civil o Alcaldía ( en el caso de declarar un inmueble como Vivienda Principal)
10) Recibo de algún servicio publico del domicilio del causante.
11) Declaración Sucesoral originaria (en caso de declaración sustitutiva).
12) Escrito de solicitud de prescripción con 0,02 UT Bs.______ en timbres fiscales estadales (si es el caso).
13) Inpre y C.I. del abogado.
14) Autorización o Poder Notariado para la presentación de la declaración sucesoral, en caso de que sea presentada por persona distinta a los herederos.
NOTAS IMPORTANTES PARA EL RIF DE UNA SUCESION:
1) Solo puede ser tramitado por un heredero o una persona autorizada mediante Poder autenticado.
2) Para mayor información consulte en el portal Seniat www.seniat.gob.ve en Asistencia al Contribuyente – Orientación General sobre tramites – Tramites Electrónicos – RIF – Inscripción Persona Jurídicas, Organismo Gubernamentales Y Sucesiones.
NOTAS IMPORTANTES PARA LA DECLARACION:
1) Los documentos que acompañan la declaración, deben presentarse en el orden en el que están enunciados y organizados en carpetas.
...