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Sip vii primer parcial


Enviado por   •  14 de Junio de 2018  •  Trabajo  •  1.818 Palabras (8 Páginas)  •  710 Visitas

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Actividad 1: (10 ptos.)


La declaración de inconstitucionalidad de una ley solo puede ser declarada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y demás tribunales inferiores cuando en una causa judicial es peticionada de manera concreta por parte interesada.

  • Conforme las características del control de constitucionalidad federal indique si la proposición expuesta es verdadera o falsa, y exponga una breve fundamentación.

FALSA. El control judicial de constitucionalidad se realiza en un causa, una juicio, un proceso. En el cual se dilucida una cuestión judiciable.

Puede ser peticionada por las partes interesadas, existir un gravamen al titular actual de un derecho y por último el juez se exprese a través de la sentencia.

A su vez, puede ser declarado de oficio por los magistrados en las causas judiciales, siempre que se den las circunstancias debidas que hagan procedente tal declaración al constatarse debidamente que las normas invalidadas causan un perjuicio cierto, grave y concreto a las partes que intervienen en el juicio.

Actividad 2: (10 ptos.)

Sólo el afectado en un derecho subjetivo tiene legitimación activa para hacer una petición de inconstitucionalidad en un proceso judicial.

  • Conforme las características del control de constitucionalidad federal indique si la proposición expuesta es verdadera o falsa, y de una breve fundamentación.

FALSO.  Los sujetos legitimados para realizar el control de constitucionalidad son:

a) El titular de un derecho o un interés legitimo (estando constituido y como parte en un proceso)  que padece agravio por un acto o norma inconstitucional que lesiona el ejercicio de ese derecho o interés.

B) El defensor del pueblo y las Asociaciones que propendan la defensa de los derechos, Toda la comunidad tiene interés en la tutela de derechos y garantías reconocidos por la Constitucion que tienen incidencia colectiva.

C) El ministerio Publico, está legitimado para plantear la inconstitucionalidad en los casos concretos que deba intervenir judicialmente en defensa del orden publico constitucional.

En la acción de Amparo, la legitimación activa va a recaer según la clase de amparo que sea, así tenemos:

1) Ampara Clásico: Toda persona.

 2) Amparo en protección de los derechos de incidencia colectiva: el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan  esos fines.

3) Amparo electoral: el elector que considere afectados sus derechos electorales.

4) Amparo Sindical: trabajador o Asociación sindical que vean turbados sus derechos a la libertad sindical.

5) Amparo por mora en la administración: todo aquel que sea parte de un expediente administrativo.

Actividad 3: (20ptos.)

En su rol de Juez de Primera Instancia debe resolver un juicio de naturaleza laboral en donde existe un planteo de inconstitucionalidad.

De los antecedentes del caso se desprende:

El Sr. José TRABAJADOR presenta una demanda de incapacidad laboral por la suma de pesos cincuenta mil, con motivo de la lesión sufrida en el trabajo. La lesión le ocasionó una serie de traumatismos que conforme lo establecido por el Art. 99 de la ley 44.444 (norma inventada) le corresponde una indemnización por el monto reclamado.

El Sr. EMPRESARIO, con domicilio en la ciudad de Córdoba, al contestar la demanda plantea la inconstitucionalidad de dicha norma y, en su consecuencia, sostiene que no corresponde su aplicación al caso concreto.

Funda la inconstitucionalidad en la existencia de vicios en el procedimiento de formación y sanción de la ley. Afirma que el art. 99 de la citada ley no fue aprobado en particular por la Cámara Revisora del Congreso Nacional. Agrega, que el vicio no se encuentra subsanado por la circunstancia que el capítulo Tercero, en donde se encuentra ubicado el referido artículo, si fuera aprobado en general.

Se encuentra acreditado en la causa que el art. 99 no fue aprobado en particular y si en general el Capítulo Tercero de la referida Ley. Asimismo, el Congreso Nacional al remitir la Ley 44.444 al Poder Ejecutivo, lo hizo con la inclusión del art. 99, y la Ley fue promulgada y publicada en el Boletín Oficial de esa forma.

En su calidad de Juez Ud. debe resolver el caso. Entre los puntos a resolver en la sentencia se fija como cuestión:

¿Resulta de aplicación o no el art. 99 de la Ley 44.444?

Redacte los considerandos de la sentencia que resuelven la cuestión planteada.

Es  aplicable el artículo 99 de la ley 44.444, en virtud a que:

1)        La Corte Suprema de Justica de la Nación se abrogó la potestad de controlar la constitucionalidad de los actos de los otros poderes del estado, pero se limito sobre cuestiones políticas.

2)        La declaración de inconstitucionalidad es una excepción, ya que es de gravedad institucional tal resolución.

3)        En este supuesto no se ve una afectación clara de los intereses del empresario como tampoco lo fundamenta acabadamente.

Actividad 4: (10ptos.)



El Sr. Juan CAMINANTE, con domicilio en la Ciudad de Córdoba, ha tenido un accidente de tránsito, y, en su consecuencia, su automóvil ha sufrido serios daños.

De los antecedentes del caso surge que el embistente y culpable del accidente de tránsito es el Sr. Juan ATROPELLADOR, con domicilio en la Ciudad de Córdoba, en su calidad de conductor del automóvil Gol de propiedad de la Afip (entidad autárquica nacional).

Concurre a su Estudio Jurídico para iniciar acciones judiciales.

Ante ello Ud. le recomienda iniciar demanda en contra del embistente y el propietario del automóvil.

¿Ante que Tribunal debe interponer la demanda?

En virtud del artículo 2 inciso 6 de la Ley 48 y el artículo 116 de la CN, es competente los tribunales federales, ya que Afip es parte de la Nación. No se debe agotar la vía administrativa en cuestiones de daños.

Actividad 5: (10ptos.)

El Sr. Juan Caminante fue atropellado, en la ciudad de Córdoba, por un patrullero perteneciente a la Policía de la Provincia de Córdoba. Con motivo del accidente ha sufrido serias lesiones físicas. Por tal motivo, pretende demandar al Estado Provincial.

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