TEMA: EL DERECHO A LA IGUALDAD Y A LA NO DISCRIMINACIÓN.
Enviado por Briggitte Cardenas • 27 de Septiembre de 2015 • Apuntes • 1.720 Palabras (7 Páginas) • 733 Visitas
Universidad de Guayaquil[pic 2][pic 3][pic 4]
Facultad de jurisprudencia ciencias sociales y políticas.
TEMA: DERECHO A LA IGUALDAD Y A LA NO DISCRIMINACIÓN.
MATRIMONIO IGUALITARIO.
ESTUDIANTE: MELANY CHANG GARCÍA.
PROFESOR: EDUARDO ARGURO NERVAES.
MATERIA: SOCIOLOGÍA JURÍDICA.
CURSO: 1ER SEMESTRE PARALELO “D”.
- TABLA DE CONTENIDO.
1. Derecho a la igualdad y a la no discriminación. Matrimonio igualitario.
1.1. El principio de igualdad ante la ley
1.2. El matrimonio igualitario
1.3. La constitución en cuanto al principio de igualdad.
1.4 la constitución en cuanto a la unión de echo.
1.5. Opiniones sobre el matrimonio igualitario.
- RESUMEN.
El derecho a la igualdad es aquel derecho que tienen todos los seres humanos a ser reconocidos como iguales ante la ley y de disfrutar de todos los demás derechos otorgados de manera incondicional, sin discriminación por motivos de nacionalidad, etnia, creencias, preferencia sexual, discapacidad y por cualquier otro motivo.
La constitución de 2008 del Ecuador consagra la equidad, igualdad y no discriminación como preceptos a los cuales debemos regirnos, con el fin de conseguir una sociedad que brinde iguales oportunidades, participación equitativa y la eliminación de usos y prácticas discriminatorias entre las y los habitantes del Ecuador.
Hoy en día las leyes de nuestro país respaldan a las personas que se encuentran juntos por medio del matrimonio igualitario y la constitución nos dice que ellos tienen los mismos derechos de una pareja constituida por personas de distintos sexo, con la diferencia de que esta pareja no podrá adoptar como lo hacen las parejas unidas por medio del matrimonio civil.
- PALABRAS CLAVES:
- Discriminación.
- Igualdad.
- Derechos humanos
- Discapacidad
- Matrimonio igualitario
- Etnia
- DESARROLLO DE LA TABLA DE CONTENIDO
1. Derecho a la igualdad y a la no discriminación. Matrimonio igualitario.
1.1El principio de igualdad ante la ley.
El derecho a la igualdad es aquel derecho que tienen todos los seres humanos a ser reconocidos como iguales ante la ley y de disfrutar de todos los demás derechos otorgados de manera incondicional, sin discriminación por motivos de nacionalidad, etnia, creencias, preferencia sexual, entre otros.
Las normas jurídicas no deben establecer desigualdades injustas e impertinentes en materia de los derechos fundamentales, estos deben ser atribuidos de manera igualitaria a todos los sujetos de la sociedad, sin consideración de algún aspecto de índole social, económico, político, etc.[1]
La significación de la igualdad ante la ley, sería tomar en cuenta aquellas desigualdades que justificadamente puedan ser tenidas como relevantes en el mundo del derecho, es decir, implica tratar a cada uno según lo que le corresponda; siempre y cuando eso que le corresponda, tenga un alcance en el área de lo jurídico.
1.2. El matrimonio igualitario.
El matrimonio igualitario también conocido como matrimonio homosexual, matrimonio gay, es el reconocimiento legal de un matrimonio formado por contrayentes del mismo sexo biológico o legalmente reconocido. Las primeras leyes de la época actual en reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo fueron aprobadas durante la primera década del siglo XXI.
Hasta la actualidad, en 2015, 20 países (Argentina, Bélgica, Brasil, Canadá, Dinamarca, Eslovenia, España, Estados Unidos, Francia, Irlanda, Islandia, Luxemburgo, México, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Portugal, Sudáfrica, Suecia y Uruguay) y tres países constituyentes del Reino Unido (Escocia, Gales e Inglaterra) permiten casarse a las parejas del mismo sexo. Finlandia ha aprobado una ley que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo, prevista para entrar en vigor en marzo de 2017.
La constitución de la república del Ecuador garantiza y es un derecho fundamental de todos los ciudadanos el poder tomar libres decisiones de manera voluntaria y con responsabilidad sobre su sexualidad, vida y orientación sexual. Las personas tienen derechos y libertades como la no discriminación por identidad de género ni orientación sexual, la interculturalidad y la libertad estética, ; el libre desarrollo de la personalidad, la elección del nombre; las diversas formas de ser familia entre otros.
1.3. La constitución en cuanto al principio de igualdad.
El artículo Art.11 numeral 2 de la Constitución al referirse al derecho igualdad dice lo siguiente:
[2]“Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades…Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación… El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad.”
La constitución recoge el principio de igualdad como base fundamental de la norma jurídica, todos los ecuatorianos y ecuatorianas tenemos igualdad de derechos, nadie puede ser discriminado o aislado de la sociedad por su condición.
La Constitución prohíbe la discriminación por pasado judicial y utiliza una inflexión genérica, no especifica, es decir, cualquiera sea la naturaleza del pasado sin restricción alguna; por ende una persona con el pasado judicial que fuere, no podrá restringírsele sus derechos, entre ellos, el acceso al trabajo en el sector público, por el contrario la Constitución le ampara y protege.
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