TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Enviado por Alejandra Guarneros Espinosa • 20 de Abril de 2017 • Trabajo • 746 Palabras (3 Páginas) • 556 Visitas
Actor: Alejandra Guarneros Espinosa,
represéntate legal de la empresa “El Patrón”
Expediente: 245/17
CC. MAGISTRADOS DE LA PRIMERA SALA
REGIONAL DE ORIENTE DEL H.
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA
ADMINISTRATIVA
Alejandra Guarneros Espinosa representante legal de la empresa “El Patrón”, personalidad que tengo reconocida ante esta Sala en el expediente 245/17, señalo como domicilio en Avenida San Francisco número doscientos diecisiete, colonia El Patrono, Ciudad de México, Puebla el cual señalo como domicilio para oír y recibir notificaciones, con el debido respeto comparezco a exponer:
Que por medio del presente ocurso y con fundamento en los artículos 59, 60 y 61 y demás relativos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, vengo a interponer RECURSO DE RECLAMACIÓN en contra del acuerdo de fecha veinte de abril del año dos mil diecisiete por medio del cual el C. Magistrado Instructor quien desecho la demanda interpuesta por mí representada la empresa “El Patrón”, por considerarla extemporánea.
Hechos
El día dos de marzo de dos mil diecisiete mi representada recibió en su domicilio fiscal, la notificación de un oficio identificado con el numero 23235232DE0 de fecha veinte de febrero de dos mil diecisiete, mediante el cual le notifica a mi representada la imposición de un crédito fiscal en cantidad de Un millón quinientos cincuenta mil pesos ($ 1,550,000.00) por supuestas diferencias encontradas en materia de ISR e IVA, actualizaciones, recargo y multas de los ejercicios revisados dos mil quince y dos mil dieciséis.
Agravios
En el acuerdo que dicto el Ciudadano Magistrado, se señala que la demanda fue recibida por este Tribunal el día quince de abril de dos mil diecisiete , y por lo mismo resulta extemporánea ya que si el acto que causa molestias a mi representada se notificó el día dos de marzo de dos mil diecisiete, surtiría sus efectos el día tres del mismo mes por lo cual empezó a correr el termino de treinta días establecidos en el artículo 121 del Código Fiscal de la Federación, feneciendo dicho termino el día catorce de abril de dos mil diecisiete.
Ahora bien, haciendo referencia a lo dicho por el Magistrado Instructor sobre que la demanda fue presentada el día quince de abril de dos mil diecisiete, se manifiesta que es incorrecto, porque según como se comprueba del informe que rinde el C. Administrador de la Oficina de Correos de la ciudad de México, y de la forma de registro que lleva dicha Oficina de Correos, así como del talón de registro que fue entregado a mi representada cuando interpuso la demanda por medio de esa oficina, ésta fue recibida el día doce de abril de dos mil diecisiete, último de los treinta días que establece el artículo 121 del Código Fiscal de la Federación.
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