Temario Derecho Societario
Enviado por Fowlmoderino • 9 de Febrero de 2020 • Examen • 5.699 Palabras (23 Páginas) • 148 Visitas
TEMARIO SOCIETARIO
Sociedad: Agrupación de personas permanente o transitoria voluntaria u obligatoria, La cual que organiza para aportar bienes o servicios destinados a la realización de in fin común y a la que el derecho atribuye o niega personalidad jurídica.
Sociedad Mercantil: Personalidad jurídica que se crea para iniciar una actividad económica con ánimo de lucro
Derivada del contrato de sociedad, por medio del cual se obligan mutuamente a combinar sus recursos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico y con fines de especulación comercial.
Clasificación:
- Plurales y unipersonales: La sociedad plural Se utiliza para describir a las sociedades que están divididas en diversos grupos culturales, étnicos, lingüísticos, religiosos, etc.
La unipersonal es la que está constituida por un solo socio, todas sus acciones o participaciones son propiedad de un único socio.
- Permanentes y transitorias: Lo que determina la permanencia o la transitoriedad de una sociedad es, por regla general, el fin para el cual fue constituida, es decir permanentes no tienen fecha de expedición de la sociedad y las transitorias si.
- Voluntarias y Obligatorias: No todas las sociedades se constituyen por voluntad de las partes. Hay casos en el que el legislador, por razones políticas, económicas o de simple policía, impone a los gobernados la obligación de asociarse.
- De aportación de bienes y servicios: La aportación de bienes a un fondo social no es una característica esencial de todas las sociedades. Las hay cuyos fines consisten en prestar a la comunidad servicios comunitarios, culturales, de defensa de los intereses de sus asociados o de cualquier otra naturaleza análoga, que no requieren necesariamente de las aportaciones de bienes.
- Según sus fines:
- De beneficencia. Cuyo fines prestar servicios humanitarios, culturales, etc., a la comunidad.
- Con fines no lucrativos. Cuyo fin es que no tenga un carácter preponderantemente económico, ni constituya una especulación mercantil.
- Con fines preponderantemente económicos que no constituyan una especulación comercial.
- Con fines preponderantemente económicos que constituyan una especulación comercial.
En el punto específico de las sociedades mercantiles clasificación:
- De Personas. Se caracterizan porque se constituyen atendiendo a la calidad de las personas que las integran, cuyos nombres forman el nombre de la sociedad (razón social) y quienes, en cierta medida, son responsables de las operaciones que aquella celebra.
- De Capitales. Consiste en que su constitución atiende no tanto a la calidad de sus integrantes, sino al monto de las aportaciones que éstos realizan.
- Elásticas o Flexibles (mixtas) Estos pueden destacar las características de las denominadas sociedades de personas o sociedades de capital. Por consiguiente, pueden existir con arreglo a una razón social o a una denominación social.
- Cerradas. Cuyas acciones son propiedad de un grupo pequeño de socios, generalmente constituido por una familia. Y no permiten la entrada de más socios.
- Abiertas. Se les llama así a las sociedades anónimas cuyas acciones se cotizan en bolsa y, en consecuencia, son controladas por un gran número de personas y permiten la entrada de mas socios.
- Regulares. Son aquellas cuya constitución ha sido formalizada en escritura pública y están inscritas en el Registro Público del Comercio.
- Irregulares. Son aquellas que no están inscritas en el Registro Público del Comercio, consten o no en escritura pública.
- Aparentes. Son las constituidas por un solo socio y en las que figuran uno o varios, para cumplir el requisito del número de socios mínimo establecido por la ley.
- Durmientes. Sociedades formalmente constituidas e inscritas en el R.P que no llegan a funcionar, pero cuya creación o mantenimiento se hace con el propósito de proteger ciertas denominaciones o nombres comerciales o ciertas marcas.
- De Participación Estatal. Son aquellas en las que participa el Estado como socio, ya sea directamente o por conducto de un organismo público descentralizado.
Características esenciales:
- Que tengan un fin común: Cumplir con el objeto de la sociedad.
- La affetio societatis: Ganas de querer compartir con alguien la sociedad.
- Necesidad de aportación de los socios.
- La vocación a las perdidas y las ganancias
ASOCIACION EN PARTICIPACION (A. en P.)
CFF.- Conjunto de personas que realicen actividades empresariales con motivo de la celebración de un convenio y siempre que las mismas, por disposición legal o del propio convenio participen de las utilidades o de las pérdidas derivadas de la actividad.
LGSM: Contrato por el cual una persona concede a otra que le aporten bienes o servicios, una participación en las utilidades y en las perdidas de una negociación mercantil o de una o varias operaciones de comercio.
Como se integra una A. en P:
- El asociante
- Los asociados
Diferencia de las A. en P. según:
LGSM | CFF |
Es un contrato | Es un convenio |
Es un negocio mercantil | Se realizan actividades empresariales |
Vocación para las pérdidas y ganancias | Vocación para las pérdidas y ganancias |
No personalidad jurídica | Si personalidad jurídica |
No existe razón social o denominación | Si existe una razón social o denominación |
La A en P es una sociedad mercantil:
SOCIEDAD MERCANTIL EN GENERAL
Como se constituye un SM: A través de un documento constitutivo, que crea el sujeto jurídico una persona moral.
La constitución crea derechos y obligaciones para cada una de las partes, a estos derechos se les llama ESTADO O CALIDAD DE SOCIO, los derechos reciben el nombre de DERECHOS CORPORATIVOS.
Porque es importante la debida constitución de las SM: Porque su indebida constitución ocasionaría una nulidad de forma, trayendo en consecuencia las SOCIEDADES IRREGULARES.
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