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Trabajo Civil IV


Enviado por   •  8 de Junio de 2013  •  24.357 Palabras (98 Páginas)  •  382 Visitas

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Actividad Primera: Con base en la lectura 1.A de Martínez Alfaro, Joaquín y 1.B de Quintanilla García, Miguel Ángel, realiza un cuadro sinóptico con el título del tema “Obligaciones” en el que incluyas los siguientes elementos:

º

Actividad segunda: Con base en la lectura 1.C de Galindo Garfias, Ignacio; Responde con estilo propio, en un texto de extensión libre las siguientes preguntas:

1. ¿Qué se entiende por fuentes de las Obligaciones?

Por obligaciones pues entiendo que es un cúmulo de fuentes que encontramos en las leyes mismas, y que de esto deriva los hechos y los actos exigibles cuando se determinan o se establecen mediante un contrato. En donde se puede exigir el cumplimiento de esta obligación que nace en el preciso momento en que se firma el contrato.

2. ¿Cuáles son las fuentes de las Obligaciones reconocidas en nuestro Código Civil? explica cada una de ellas.

En el Código Civil del Estado de Tabasco, encontraremos que en su apartado de las obligaciones, en su articulo 1873, las fuentes de las obligaciones son los hechos y actos que por disposición de la ley se crean, transfieren, modifican o extinguen facultados o deberes jurídicos, en donde su contenido es una prestación de dar, hacer o no hacer, a favor de persona determinada.

Las principales fuentes de las obligaciones son: -El contrato, el cuasi-contrato, el delito, el cuasi-delito y la ley.

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Actividad Tercera: Con base en la lectura 1.D de Quintanilla García, Miguel Ángel; presenta un concepto personal y un ejemplo de Hecho y Acto Jurídico.

HECHO JURIDICO: por hecho jurídico podría decir que lo conceptualizo como un acontecimiento que va a tener una consecuencia en la rama del derecho, cuando por su naturaleza o voluntad humana, se modifican ciertos estados jurídicos desde un punto de vista legal, por ejemplo cuando se adopta a una personita, cuando tenemos desastres naturales o provocadas por los humanos, como el atentado de las torres gemelas, o como los genocidios de Acteal, Chiapas.

ACTO JURIDICO: como un acto jurídico, pues lo conceptualizo como el resultado de la voluntades de las personas que se establecen, esto es verdaderamente esencial, entonces todos los actos jurídicos son hechos jurídicos, pero no todos los hechos jurídicos son actos jurídicos, ya que por ejemplo el hechos de casarse, compra venta, renta de muebles o inmuebles, prestamos son actos jurídicos pero de voluntades, mientras que el divorcio, pedir una pensión alimenticia no necesariamente tiene que ser voluntario.

Actividad cuarta: Con base en la lectura 1.E de Bejarano Sánchez, Manuel; realiza las siguientes actividades:

a) Contesta con estilo propio, en un texto de extensión libre, las siguientes preguntas:

1. ¿Cómo se llama el primer elemento del acto jurídico?

El elemento del acto jurídico lo llamamos voluntad, que es lo que origina una enorme potencia del alma ya que nos mueve hacer lo que se desea.

2. ¿Cómo puede ser el consentimiento?

Por consentimiento podríamos decir que es un concepto jurídico, en donde se hace referencia a la exteriorización de las voluntades entre dos o mas personas, quienes aceptan derechos y obligaciones.

En el marco del Derecho Civil es especial, ya que aquí se realizan los contratos donde nace el derecho de las obligaciones, y el consentimiento es fundamental donde le da una autonomía a esa voluntad.

3. ¿Cuáles son las tres acepciones que los juristas utilizan para la palabra objeto?

1.- el objeto directo del contrato, que es el de crear o transferir derechos y obligaciones;

2.- el objeto indirecto del contrato, que es el objeto de las obligaciones engendradas por él, y que puede consistir en dar, hacer o no hacer;

3.- la cosa misma que se da.

4. ¿Explica qué es la posibilidad en el objeto de las obligaciones de dar, posibilidad física de la cosa, posibilidad jurídica de la cosa, posibilidad jurídica en las obligaciones de dar, posibilidad del objeto de las obligaciones de hacer y no hacer?.

Tenemos que para que exista la posibilidad jurídica de las cosas se tienen que cubrir dos requisitos: debiendo ser determinada o determinable en cuanto a su especie y debe conocerse dentro del comercio, por lo que se tiene que saber cual es el objeto y precisar su especie, su medida, su número o cantidad.

5. Construye un concepto de solemnidad y proporciona dos ejemplos de actos solemnes.

Por solemnidad entendemos que se trata de una formalidad y firmeza, con la que manifestamos las cosas que realizamos, en cuanto a lo legal podemos decir que es un conjunto de requisitos legales para que tenga una validez en los otorgamientos de los testamentos, compra-ventas, u otros instrumentos que la ley los denomina públicos y solemnes.

En el ejemplo tenemos: cuando nuestro Presidente de la Republica, entrega a la cámara de Diputados su informe de Gobierno, se realiza de manera solemne, cuando se realiza un casamiento entre personas heterosexuales, homosexuales etc. Y el juez se presente para dar realce y solemnidad al acto matrimonial. Y desde luego cubriendo cada uno de los requisitos legales.

6. Explica ¿qué es el dolo principal y dolo incidental?, ¿quiénes son los autores del dolo, dolo malo, dolo bueno y dolo recíproco?

El dolo principal o determinante, produce la nulidad relativa del contrato. Para que el dolo pueda ser un medio de nulidad, es preciso que haya dado causa al contrato.

En este dolo podríamos decir que es el engaño o la astucia que se determina en la voluntad del sujeto a quien va dirigido.

El dolo incidental o accesorio, en esta situación pues se producen modalidades del contrato, ya que la victima de todas maneras hubiese contratado, pues se generan daños y perjuicios.

El dolo debe provenir de un contratante. El dolo de un tercero no vicia el contrato. La reticencia puede ser una forma de dolo, pero no vicia el consentimiento sino

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