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Tramite De Cuestiones Previas


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2013  •  859 Palabras (4 Páginas)  •  360 Visitas

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La citación

CONCEPTO:

Es la orden de comparecencia ante una autoridad judicial, o sea el llamamiento que hace la misma a una persona para que comparezca ante ella con un objeto determinado que se le hace saber, en general es consecuencia de la misma iniciativa de las partes, de manera que la orden se emite como resultado de la actividad desplegada en el proceso por alguno de los litigantes.

Ahora bien la Casación Venezolana ha precisado en una decisión que "es el acto formal de un juez o tribunal por el cual ordena a una persona a comparecer ante él, en día y hora fijos, con un objeto determinado del cual se le da conocimiento".

NATURALEZA JURÍDICA

Las reglas de la citación no son de orden publico, sino privado. La formalidad de la citación esta establecida directa y fundamentalmente en beneficio del demandado, para que este se imponga del juicio promovido y se defienda, pues nadie puede ser condenado sin ser oídio, así en lo penal como en lo civil.

Las disposiciones sobre citación no son de orden publico porque estas se pueden renunciarse ni relajarse por convenios particulares, ni su quebrantamiento puede subsanarse con el consentimiento expreso de los litigantes (Art. 212 C.P.C).

CARACTERISTICAS

• La citación del demandado para la contestación de la demanda es formalidad necesaria para la validez del juicio, pero no esencial.

• El carácter de necesidad de la citación significa en nuestro sistema, que la misma sea esencial o un requisito establecido ad solemnitatem es decir para la solemnidad o validez de un acto.

• Las reglas de la citación no son de orden publico sino de orden privado.

• La práctica de la citación debe constar por escrito.

EFECTOS DE LA CITACIÓN

Una vez practicada la citación en las formas establecidas en la ley, esta produce efectos de índole procesal y de índole material o sustancial.

Efectos Procesales:

? Pone las partes a derecho. Hecha la citación para la contestación de la demanda las partes quedan a derecho y no habrá necesidad de nueva citación para ningún otro acto del juicio, a menos que resulte lo contrario de alguna disposición especial de la ley.

? La citación determina la prevención. ES la situación jurídica en que se halla un órgano del poder judicial, cuando ha tomado conocimiento de un asunto antes que otros órganos, también competentes, y que por esa hecha dejan de serlo.

? Origina en el demandado la carga de comparecer a la contestación de la demanda. Si el demandado no comparece, no obstante haber sido regularmente citado, el proceso sigue su curso en su ausencia y se producen los efectos de la ficta confesión, en cuanto no sea contraria a derecho de petición del demandante si en el termino probatorio nada probare el demandado que le favorezca.

? La citación perpetúa la competencia,

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