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Tributario. Finanzas Publicas En Venezuela


Enviado por   •  26 de Diciembre de 2012  •  1.280 Palabras (6 Páginas)  •  484 Visitas

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¿Cuáles son los Elementos Jurídico-Administrativos de la Política tributarias del Estado Venezolano? Apoye su opinión en documentos de prensa, internet u otra herramienta en la cual se aborde estos elementos.

La Política Tributaria corresponde a una parte de la actividad financiera del Estado, y se encuentra regulada por el Derecho Tributario, el cual es el conjunto de normas jurídicas que regulan los tributos en sus distintos aspectos. Es importante precisar que toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley, así lo dispone el articulo 113 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.

Los tributos se entienden como toda prestación patrimonial obligatoria, habitualmente pecuniaria, establecida por la ley a cargo de las personas naturales o jurídicas, dirigida a dar satisfacción a los fines del Estado, que no es mas, que la satisfacción de las necesidades púbicas y el bienestar de la colectividad.

El Estado puede dar frente a los gastos públicos, solo si se cuenta con los ingresos públicos suficientes para las erogaciones correspondientes y parte de esos ingresos públicos provienen del patrimonio de los particulares mediante el pago de tributos. El tributo es exigido por el Estado a través de su poder de imperio; la prestación que configura el tributo se exige mediante la coacción.

Para que el Estado pueda exigir contribuciones a las personas que se hallan en su jurisdicción, se le dota del llamado poder tributario; este poder es expresión de soberanía, ya que en un Estado no puede sostenerse sin los debidos recursos que permitan la satisfacción de las necesidades de la población.

Por otra parte es importante señalar que los tributos deben estar contenidos en Ley, no pueden cobrarse impuestos, tasas no contribuciones que no estén establecidas en la Ley, así lo dispone el articulo 317 de nuestra Carta Magna.

Los tributos permiten cubrir los gastos que demandan la satisfacción de las necesidades publicas, por esa razón, el objetivo del tributo es fiscal; podemos clasificar los tributos en impuestos, tasas y contribuciones especiales: Los impuestos son los tributos cuya obligación tiene como hecho generador una situación independiente de toda actividad relativa al contribuyente, el impuesto se paga para sufragar los gastos de toda índole de la administración publica, se utilicen los servicios o no.

La tasa se caracteriza como el tributo cuya obligación tiene como hecho generador una prestación efectiva o potencial de un servicio publico individualizado en el contribuyente y la contribución especial es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador los beneficios derivados de actividades del Estado.

Ahora bien, se puede determinar como elementos Jurídicos administrativos de la Política Tributaria en Venezuela:

Ante todo las fuentes del derecho que permite la determinación de los tributos y de donde emanan sus especificaciones. El articulo 2 del Código Orgánico Tributario dispone que constituyen fuentes del derecho tributario:

1) Las disposiciones Constitucionales

2) Los Tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados en la Republica.

3) Las Leyes y los actos con fuerza de ley.

4) Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos Nacionales, Estadales y Municipales.

5) Las Reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidos por los órganos administrativos facultados al efecto.

Otro elemento importante en la política tributarias son los sujetos que intervienen en la obligación tributaria; por una parte el Estado como sujeto activo y acreedor del tributo y por la otra, el Contribuyente como sujeto pasivo y deudor del tributo. Esta Obligación se configura como una obligación del contribuyente hacia el Estado de manera unilateral. La obligación tributaria es de carácter personal, esto quiere decir que la obligación no recae sobre bienes, sino sobre personas; la imposición de la carga tributaria al sujeto pasivo contribuyente va a depender de la capacidad económica de este; así lo dispone el articulo 316 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela: “El sistema Tributario procurará la justa distribución de las cargas publicas atendiendo a la capacidad

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