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DERECHO ADMINISTRATIVO


Enviado por   •  28 de Abril de 2014  •  3.132 Palabras (13 Páginas)  •  349 Visitas

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TEMA Nº 1:

OBJETIVO Nº 1

DERECHO ADMINISTRATIVO

A. CONCEPTO (diversidad de criterios).

Concepción legalista:

Conjunto de normas jurídicas que tienen por objeto la organización y la materia propia de

la administración.

Concepción de los servicios públicos (Escuela de Burdeos):

Conjunto de reglas relativas a los servicios públicos.

Criterio de disciplina frente a la administración:

Merkl: “Sección, cualificada por su contenido, del total orden jurídico, que regula la

administración”. “Suma de normas jurídicas que regulan aquella actividad ejecutiva

condicionable por las instrucciones”.

Definición de Eloy Lares Martínez:

“Rama del Derecho Público interno, que comprende las normas del ordenamiento jurídico

positivo y los principios de la jurisprudencia y la doctrina aplicables a la estructura y

funcionamiento de la administración”.

B. UBICACIÓN.

Dentro de la clasificación del Derecho en “Público” y “Privado”, no cabe la menor duda de

que el Derecho Administrativo se ubica dentro del campo del Derecho Público. Sin

embargo, debido a que los elementos de diferenciación entre el Derecho Público y el

Privado, según algunos estudiosos del Derecho, son extremadamente imprecisos; se

hace necesario profundizar en esta divergencia de criterios. Es decir, existe una tesis de

oposición entre la diferenciación de esta clasificación del Derecho, que ha llevado a

numerosos autores a diferir sobre la misma.

Así las cosas, Kelsen por ejemplo sostiene que “…es sencillamente imposible

determinar con cierta fijeza lo que quiere decirse en concreto cuando se

distingue entre el derecho público y el privado…”. Incluso, este autor reconoce que

si bien es cierto, es el contenido de cada una de estas dos ramas lo que la distingue la

una de la otra, no menos cierto es que, según su criterio “…si se pregunta por el

fundamento de esta división, se entra de lleno en un caos de opiniones

contradictorias”.

Otros como Merkl, sostienen que “…la diferenciación entre derecho público y

privado carece de una nota diferenciativa jurídicamente relevante”.

Ante esta realidad, se han dado entre otras, las siguientes explicaciones:

Teoría del interés:

Según esta corriente, es la naturaleza del bien o el interés jurídico tutelado lo que

determina su ubicación en el derecho público o en el privado. Si las normas protectoras

son del interés general, estas se ubican dentro del campo del Derecho Público; pero si

estas, tutelan el interés individual, se ubican en el Derecho Privado.

Teoría de la naturaleza de la relación jurídica:

Los seguidores de esta teoría parten del hecho de que las reglas del Derecho pueden

crear entre las personas dos clases de relación: de coordinación (las personas a las que

se les aplica la ley se encuentran en un plano de igualdad) y de subordinación (en este

caso hay superioridad de un sujeto sobre otro). En este sentido, corresponderá al

Derecho Privado la relación que existe entre sujetos coordinados, colocados en un

mismo plano; mientras que será competencia del Derecho Público, cuando la relación

jurídica implica la subordinación del individuo al poder público del Estado o de algunas de

sus entidades.

Teoría basada en la calidad de las personas cuyas relaciones regulan las normas

jurídicas:

Para los seguidores de esta corriente, serán de Derecho Público las reglas de Derecho

destinadas a regular las relaciones jurídicas en las cuales aparece el Estado o alguna de

sus entidades estadales; mientras que serán de Derecho Privado, todas aquellas

disposiciones que regulan las relaciones entre personas privadas.

A pesar de todas estas teorías, hoy en día la doctrina ubica al Derecho Administrativo

dentro del Derecho Público, y más específicamente dentro de la subdivisión de este en

Derecho Público Interno (a la par del Derecho Constitucional, Penal, Procesal, etc.).

C. RELACIÓN CON OTRAS DISCIPLINAS JURÍDICAS.

Con el Derecho Constitucional:

El Derecho Constitucional regula la organización y funcionamiento de los poderes del

Estado y el sistema de garantías y derechos de los particulares, mediante limitaciones al

poder público. También le corresponde la organización política del Estado, mediante la

distinción de las ramas del poder público

Por su parte, las normas del Derecho Administrativo se encuentran subordinadas a la

Constitución y es por ello que toda la actividad administrativa debe guardar una absoluta

subordinación a los preceptos constitucionales.

El Derecho Administrativo desarrolla los principios constitucionales y fija los

procedimientos que han de seguir los órganos superiores del Estado creados por la

Constitución Nacional.

En definitiva, la orientación de la vida del Derecho Administrativo tiene su punto de

partida del Derecho Constitucional.

Con el Derecho Penal:

El Derecho Penal contiene las normas relativas a los hechos punibles y a las sanciones

aplicables a quienes resulten culpables. Su relación con el Derecho Administrativo viene

dada en los siguientes puntos de convergencia:

1. Las autoridades administrativas ostentan una potestad disciplinaria, en virtud de

la cual los superiores jerárquicos tienen la facultad de imponerle a sus

subordinados determinadas sanciones con la finalidad de mantener el orden

dentro de la administración y obligar a los empleados públicos a mantener un

conducta adecuada con los deberes que la función pública les impone (Derecho

Penal Disciplinario).

2. En el Derecho Administrativo se establecen sanciones para castigar la

inobservancia de las normas administrativas. (Derecho Penal Administrativo).

3. El Derecho Penal sanciona los delitos cometidos en ejercicio de la función pública

(Ej: Ver Ley contra la Corrupción).

4. La aplicación de las penas es una función administrativa. Después que se ha

dictado sentencia condenatoria y ésta ha quedado definitivamente firme,

corresponde al Ejecutivo Nacional la ejecución de la pena. Todo lo relativo al

régimen penitenciario es parte de la administración, y por ende entra dentro del

marco del derecho Administrativo.

Con el Derecho Procesal:

El Derecho

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