DERECHO ADMINISTRATIVO
Enviado por genesisrox • 28 de Abril de 2014 • 3.132 Palabras (13 Páginas) • 349 Visitas
TEMA Nº 1:
OBJETIVO Nº 1
DERECHO ADMINISTRATIVO
A. CONCEPTO (diversidad de criterios).
Concepción legalista:
Conjunto de normas jurídicas que tienen por objeto la organización y la materia propia de
la administración.
Concepción de los servicios públicos (Escuela de Burdeos):
Conjunto de reglas relativas a los servicios públicos.
Criterio de disciplina frente a la administración:
Merkl: “Sección, cualificada por su contenido, del total orden jurídico, que regula la
administración”. “Suma de normas jurídicas que regulan aquella actividad ejecutiva
condicionable por las instrucciones”.
Definición de Eloy Lares Martínez:
“Rama del Derecho Público interno, que comprende las normas del ordenamiento jurídico
positivo y los principios de la jurisprudencia y la doctrina aplicables a la estructura y
funcionamiento de la administración”.
B. UBICACIÓN.
Dentro de la clasificación del Derecho en “Público” y “Privado”, no cabe la menor duda de
que el Derecho Administrativo se ubica dentro del campo del Derecho Público. Sin
embargo, debido a que los elementos de diferenciación entre el Derecho Público y el
Privado, según algunos estudiosos del Derecho, son extremadamente imprecisos; se
hace necesario profundizar en esta divergencia de criterios. Es decir, existe una tesis de
oposición entre la diferenciación de esta clasificación del Derecho, que ha llevado a
numerosos autores a diferir sobre la misma.
Así las cosas, Kelsen por ejemplo sostiene que “…es sencillamente imposible
determinar con cierta fijeza lo que quiere decirse en concreto cuando se
distingue entre el derecho público y el privado…”. Incluso, este autor reconoce que
si bien es cierto, es el contenido de cada una de estas dos ramas lo que la distingue la
una de la otra, no menos cierto es que, según su criterio “…si se pregunta por el
fundamento de esta división, se entra de lleno en un caos de opiniones
contradictorias”.
Otros como Merkl, sostienen que “…la diferenciación entre derecho público y
privado carece de una nota diferenciativa jurídicamente relevante”.
Ante esta realidad, se han dado entre otras, las siguientes explicaciones:
Teoría del interés:
Según esta corriente, es la naturaleza del bien o el interés jurídico tutelado lo que
determina su ubicación en el derecho público o en el privado. Si las normas protectoras
son del interés general, estas se ubican dentro del campo del Derecho Público; pero si
estas, tutelan el interés individual, se ubican en el Derecho Privado.
Teoría de la naturaleza de la relación jurídica:
Los seguidores de esta teoría parten del hecho de que las reglas del Derecho pueden
crear entre las personas dos clases de relación: de coordinación (las personas a las que
se les aplica la ley se encuentran en un plano de igualdad) y de subordinación (en este
caso hay superioridad de un sujeto sobre otro). En este sentido, corresponderá al
Derecho Privado la relación que existe entre sujetos coordinados, colocados en un
mismo plano; mientras que será competencia del Derecho Público, cuando la relación
jurídica implica la subordinación del individuo al poder público del Estado o de algunas de
sus entidades.
Teoría basada en la calidad de las personas cuyas relaciones regulan las normas
jurídicas:
Para los seguidores de esta corriente, serán de Derecho Público las reglas de Derecho
destinadas a regular las relaciones jurídicas en las cuales aparece el Estado o alguna de
sus entidades estadales; mientras que serán de Derecho Privado, todas aquellas
disposiciones que regulan las relaciones entre personas privadas.
A pesar de todas estas teorías, hoy en día la doctrina ubica al Derecho Administrativo
dentro del Derecho Público, y más específicamente dentro de la subdivisión de este en
Derecho Público Interno (a la par del Derecho Constitucional, Penal, Procesal, etc.).
C. RELACIÓN CON OTRAS DISCIPLINAS JURÍDICAS.
Con el Derecho Constitucional:
El Derecho Constitucional regula la organización y funcionamiento de los poderes del
Estado y el sistema de garantías y derechos de los particulares, mediante limitaciones al
poder público. También le corresponde la organización política del Estado, mediante la
distinción de las ramas del poder público
Por su parte, las normas del Derecho Administrativo se encuentran subordinadas a la
Constitución y es por ello que toda la actividad administrativa debe guardar una absoluta
subordinación a los preceptos constitucionales.
El Derecho Administrativo desarrolla los principios constitucionales y fija los
procedimientos que han de seguir los órganos superiores del Estado creados por la
Constitución Nacional.
En definitiva, la orientación de la vida del Derecho Administrativo tiene su punto de
partida del Derecho Constitucional.
Con el Derecho Penal:
El Derecho Penal contiene las normas relativas a los hechos punibles y a las sanciones
aplicables a quienes resulten culpables. Su relación con el Derecho Administrativo viene
dada en los siguientes puntos de convergencia:
1. Las autoridades administrativas ostentan una potestad disciplinaria, en virtud de
la cual los superiores jerárquicos tienen la facultad de imponerle a sus
subordinados determinadas sanciones con la finalidad de mantener el orden
dentro de la administración y obligar a los empleados públicos a mantener un
conducta adecuada con los deberes que la función pública les impone (Derecho
Penal Disciplinario).
2. En el Derecho Administrativo se establecen sanciones para castigar la
inobservancia de las normas administrativas. (Derecho Penal Administrativo).
3. El Derecho Penal sanciona los delitos cometidos en ejercicio de la función pública
(Ej: Ver Ley contra la Corrupción).
4. La aplicación de las penas es una función administrativa. Después que se ha
dictado sentencia condenatoria y ésta ha quedado definitivamente firme,
corresponde al Ejecutivo Nacional la ejecución de la pena. Todo lo relativo al
régimen penitenciario es parte de la administración, y por ende entra dentro del
marco del derecho Administrativo.
Con el Derecho Procesal:
El Derecho
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