DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Constitucionalización y objeto del proceso
Enviado por Jessimar Caña • 30 de Marzo de 2021 • Resumen • 1.615 Palabras (7 Páginas) • 117 Visitas
CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL CIVIL
DE LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TÍTULO PRELIMINAR
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES
Constitucionalización y objeto del proceso.
Artículo 1El presente Código Orgánico Procesal Civil, tiene por objeto regular la actividad jurisdiccional en las competencias civil, mercantil, tránsito, marítimo, bancario y otras cuyas leyes especiales remitan en forma expresa a este código, para lograr la necesaria transformación del sistema de justicia, garantizando la igualdad de condiciones, teniendo, además, como fin, el unificar en un solo proceso la sustanciación de las distintas materias, bajo las garantías constitucionales del acceso a la justicia, del debido proceso y de la tutela judicial efectiva.
Interpretación y aplicación
de normas procesales
Artículo 2. Al interpretar el derecho procesal, el juez debe considerar que el procedimiento es la herramienta básica para lograr la justicia y, al mismo tiempo, considerar la vigencia de los derechos e intereses reconocidos por el ordenamiento jurídico sustantivo. Además de los principios básicos y principios generales del derecho procesal, también es necesario aclarar las dudas que surgen al interpretar las normas de esta ley mediante el uso de valores, principios y garantías constitucionales. El juez evitará exigir y cumplir con trámites innecesarios o inútiles.
Principios del proceso
Artículo 3: Los procesos civiles deben atenerse a los siguientes principios, entre otros: Velocidad del programa. La justicia se ejecutará lo más brevemente posible. Según el principio constitucional de corresponsabilidad, todos los integrantes del sistema judicial tienen la obligación de evitar incidentes que tengan por finalidad dilatar. Cualquier retraso injustificado por parte de las partes o jueces será sancionado. Si este Código no especifica un límite de tiempo para la provisión de alguna cláusula, el juez debe hacer el requisito dentro de los tres (03) días de audiencia después de que se hizo la solicitud.
Legitimidad: Los actos procesales se llevarán a cabo en la forma prescrita por esta Ley. A tal efecto, los jueces podrán tomar en cuenta la naturaleza jurídica del derecho sustantivo y el derecho adjetivo, y formular y aplicar disposiciones procesales similares establecidas en el ordenamiento jurídico. , Evitar la contradicción entre las normas y principios básicos aplicables por analogía y la esencia de los procesos digitales modernos. 3. Expectativas razonables Cuando el juez se desvíe de los precedentes reiterados, continuos o expectativas razonables, estará obligado a exponer de manera clara y razonable la base legal que justifica su juicio. En situaciones similares, al cambiar sus criterios de toma de decisiones, procederá de la misma forma.
5. Concentración. En el juicio civil la audiencia debe iniciar y concluir el mismo día. Si ello no fuere posible, continuará en el día posterior más próximo posible.
Oralización y digitalización del proceso. Para lograr una administración judicial eficaz, es necesario utilizar los medios telemáticos, informáticos y de comunicación (TIC) disponibles para realizar las acciones procesales. La Sala de Enjuiciamiento Civil de la Corte Suprema dictará resolución para establecer un mecanismo relacionado con la forma digital de las acciones procesales en forma digital escrita, y una vez el juzgado de caso acuerde, las encomendará por escrito. El litigio entre el tribunal y las partes de la audiencia se llevará a cabo en forma de figuras orales, a menos que la ley o el tribunal disponga lo contrario por razones legítimas.
7. Debido proceso y contradicciones. El debido proceso se aplicará a todas las acciones prescritas por esta ley. Las partes y los terceros involucrados tendrán la oportunidad de realizar alegatos, contradicciones, pruebas y recusaciones sobre el comportamiento procesal.
8. Simplifique. El comportamiento del programa será breve y sencillo, sin etiqueta, formalidad, requisitos innecesarios o repetición inútil.
9. El derecho a obtener jurisdicción. Toda persona o toda persona tiene derecho a ingresar a la jurisdicción mediante procedimientos sencillos y rápidos a fin de obtener la protección judicial efectiva de sus derechos e intereses. Los jueces no deben crear obstáculos o contratiempos en ausencia de una base legal que les impida ingresar a la jurisdicción.
10. Ética del procedimiento. La ética adjetiva es un comportamiento imperativo y racional sobre el sujeto del procedimiento según la naturaleza y finalidad del procedimiento. Se encarga de litigar a los sujetos que participan en el juicio de acuerdo con el racionalismo formal, con el fin de frenar el fraude, la colusión, la falta de lealtad, honestidad y caos de procedimiento, estos serán sancionados por daños comprobados ocasionados por demora en el procesamiento. El juez podrá imponer multas de hasta mil unidades tributarias (1,000 U.T) a las partes y funcionarios que demoren o provoquen las acciones señaladas en el procedimiento. 11. Orden de procedimiento público y gratuitidad. Las normas procesales son de orden público, por lo que es incuestionable que el tribunal o las partes pueden subvertir las normas legales del legislador para aplicar el procedimiento judicial, salvo las excepciones previstas en esta ley.El servicio de justicia que presta la competencia civil será gratuito
12. Artesanía y uso únicos de Toga. Cuando se solicite un trámite único, todas las causas civiles, comerciales, de tránsito, marítimas y bancarias serán atendidas de acuerdo con los procedimientos que prescribe esta ley, pero no afectarán el agotamiento de los medios administrativos en esas leyes especiales. En la audiencia, los jueces civiles utilizarán la toga que determine el Pleno del Tribunal Supremo para uso de los jueces de la República.
13. Doble nivel de conocimientos. A menos que el código establezca explícitamente una instancia, estos procesos tendrán dos instancias.
...