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Ensayo Función Social De La Propiedad


Enviado por   •  6 de Mayo de 2015  •  1.276 Palabras (6 Páginas)  •  289 Visitas

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FUNCIÓN SOCIAL DE LA PROPIEDAD

Está dirigida a dos sectores de la propiedad en Colombia: la rural (ley 200 de 1936) y la urbana (ley 9 de 1989) en donde precisa que las obligaciones sociales de la propiedad son: Explotar económicamente la tierra y sus recursos, so pena de extinción de dominio (propiedad rural) urbanizar y construir en terrenos urbanizables de conformidad con normas de planificación urbanística (propiedad urbana).

Antecedentes:

En 1930 había un panorama mundial de grandes cambios, el comunismo ruso y el capitalismo estadounidense traen a Colombia ideas de liberalismo individualista y clasismo jurídico, los movimientos ya nombrados no tardarían en ejercer efectos en el mundo entero.

En Colombia la propiedad privada y en particular la propiedad rural aún tenían claros vestigios adoptados del feudalismo, donde el latifundio era propiedad de unos pocos y los recursos inherentes a él solo beneficiaban al propietario. Los fenómenos sociales inevitablemente aparecen, algunos hombres pueden influir para acelerar su avenimiento o para atrasarlos.

En este periodo aparecen ideas de grandes hombres que aportan al mundo fértiles semillas que fecundan en las mentes de dirigentes en nuestro país. Una de estas semillas fue originada por el jurista francés León Duguit que hecho grandes raíces en un grupo de hombres de ideales liberales quienes cambian el paradigma ya citado de propiedad privada para transformarlo en una institución jurídica que se forma para responder a una necesidad social; que cumpla con el objetivo de garantizar ciertas necesidades individuales y colectivas. Cabe destacar a Tulio Enrique Tascón quien bajo la recepción de la teoría de Duguit realizaba una fuerte crítica a la Constitución de 1886, por mantener su carácter individualista.(Batista, 2010:74) , el ministro Darío Echandía impulsaba en el seno del Congreso el proyecto que daría paso a la reforma de 1936 y con ésta al cambio de paradigma del Estado. (Batista, 2010:74).

A su vez, aparecen opositores que ven una amenaza a sus intereses particulares argumentando que cualquier tipo de reforma en la estructura de la tenencia de la tierra era visto con malos ojos por los latifundistas que veían comunismo por todas partes “era tal la cerrazón intelectual de los propietarios rurales y su criterio clasista que no comprendían que López deseaba librarlos en la economía de una conmoción, siempre que dieran un paso en el sentido de modernidad.”(R.H. Ochoa, 2011: 213) y se empieza a crear un rechazo como el ex ministro de Hacienda, Esteban Jaramillo, quien afirmaba: “Se lleva a cabo un atentado contra la religión, la familia, contra el honor, contra la propiedad y contra los más caros afectos que nacieron con el hombre […] las bases fundamentales de la organización secular del país […] se han visto amenazadas por tendencias revolucionarias disolventes”

(Batista, 2010:72)

Tabla 1

“Posiciones a favor y en contra de la reforma de 1936”

Nota. Recuperado de E. Batista J.I. Coral La función social de la propiedad. 2010, Universidad de los Andes.

Al alcance de la reforma constitucional de 1936. La constitución de 1886 tenía dos artículos fundamentales en los cuales se mencionaba la propiedad. La transcribieron en el texto reformatorio de 1936.

Artículo 19 C.N las autoridades de la republica están instituidas para proteger a todas residentes en Colombia, en sus vidas, honra y bienes, y asegurar el respeto reciproco de los derechos naturales, previniendo y castigando los delito”.

Reforma: Articulo 9 CN “Las autoridades de la republica están instituidas para proteger a todas las persona residentes en Colombia, en sus vidas, honra y bienes y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del estado y de los particulares”.

Articulo 31 C.C “Los derechos adquiridos con justo título con arreglo de las leyes civiles por personas naturales o jurídicas no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública, resultaren en conflicto los derechos de los particulares

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