Sociedades Rurales
Enviado por stuartmary • 6 de Septiembre de 2013 • 4.578 Palabras (19 Páginas) • 445 Visitas
Una Acta Constitutiva es aquel documento o constancia notarial en la cual se registrarán todos aquellos datos referentes y correspondientes a la formación de una sociedad o agrupación. Entre otras cuestiones, en la misma, se especificarán sus bases, fines, integrantes, las funciones específicas que les tocarán desempeñar a cada uno de estos, las firmas autentificadas de ellos que servirán para dar cuenta llegado el momento de tener que probar la identidad de alguno y toda aquellainformación de importancia y fundamental de la sociedad que se constituye.
Al comienzo del Acta se asentarán datos como la hora, la fecha y el lugar en el cual se constituyen aquellos con intención de formar una asociación.
Luego se dará cuenta quién estuvo a cargo de dar inicio al acto, leyendo lo que se conoce como orden del día, que serán aquellas cuestiones como designación de dos personas que aprobarán y firmarán el acta, la elección de la mesa directiva, el informe de los iniciadores, la consideración del proyecto de Estatuto, el valor al que ascenderán las cuotas sociales, la elección de los miembros que compondrán los órganos sociales y luego, en los capítulos en los cuales la misma se dividirá, se dará cuenta de la constitución, domicilio y finalidades que observará la sociedad que se forma, otro capítulo se ocupará de los asociados, el siguiente de cómo será la administración y fiscalización, en otro, todo lo referente e inherente a las asambleas, seguido por otro capítulo en el cual se estipulará cómo serán las elecciones, en otro, el ejercicio social y finalmente lo que corresponda en caso de liquidación y disolución
Desde Definicion ABC: http://www.definicionabc.com/general/acta-constitutiva.php#ixzz2e9wZCRTh
ACTA CONSTITUTIVA DE UNA SOCIEDAD ANONIMA
(El acta constitutiva debe realizarse en escritura pública o por instrumento privado como éste, con certificación de firmas por escribano) En la ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los . . . . . días del mes de . . . . . . . . de 20 . . . , se reúnen los señores (nombre, apellido, domicilio y documento de identidad) y resuelven: PRIMERO: Constituir una sociedad anónima cuyo estatuto se regirá por las normas legales vigentes y las siguientes disposiciones específicas: a) La sociedad se denominará . . . . . . . . . . . . . . . b) Su término de duración será de . . . . . c) Tiene por objeto: Comerciales: Por compra, venta importación, exportación, representación, locación, comisión, consignación, envasamiento, distribución y fraccionamiento de productos alimenticios y sus servicios generales en materias primas productos y mercaderías, máquinas, herramientas, rodados, automotores, y sus repuestos y accesorios, explotación de patentes de invención y marcas nacionales y/o extranjeras, diseños industriales, artísticos y literarios y su negociación en el país o fuera de él; Industriales: Mediante la industrialización de materias primas en general y en especial sobre materias agrícolas y ganaderas, carnes, sebo, lana, cueros, productos forestales, la fabricación de materiales de construcción, máquinas, barcos, herramientas, automotores, rodados y repuestos y accesorios, artículos eléctricos y para el hogar, explotación de canteras y minas con exclusión de hidrocarburos fluidos, elaboración de materiales plásticos, productos o subproductos sintéticos y todo lo necesario para la elaboración de productos textiles, madereros, metalúrgicos, electrometalúrgicos, químicos y electroquímicos, en plantas industriales propias o no y en cualquier punto del país o del exterior; Financieras: Mediante aportes de capitales a sociedades o empresas constituidas o a constituirse en cualquier proporción de su capital y a personas para operaciones realizadas o a realizarse, préstamos a intereses y financiaciones y créditos en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o futura, o sin ella. Se excluyen las operaciones contempladas en el art. 93 de la ley 11.672; Inmobiliarias: Mediante la compra, venta, urbanización, colonización, subdivisión, administración, construcción, explotación de bienes inmuebles urbanos y/o rurales, incluso todas las operaciones comprendidas en las leyes reglamentarias sobre propiedad horizontal; d) El capital social se fija en la suma de pesos representado por acciones de valor nominal $1.-, dividido en series de . . . . . pesos c/una; e) El domicilio social está ubicado en la calle . . . . . . . . . . . . . . . N° . . . . . piso . . . . . dto . . . . . . de la localidad de . . . . . . . . . . . . . . . ptdo. . . . . . . . . . . . . . . . , provincia de . . . . . . . . . . . . . . . ; f) El directorio estará compuesto de . . . . . a . . . . . miembros titulares cuyo mandato durará . . . . . años; g) El ejercicio social cerrará el día . . . . . del mes de . . . . . . . . . . . . . . . de cada año. SEGUNDO: De Capital autorizado se emiten series de aciones ordinarias y al portador de . . . . . votos cada una y . . . . . series de acciones preferidas nominativas de . . . . . % de dividendo fijo. - - - - - - - - Todo ello de acuerdo al siguiente detalle: SUSCRIPCION INTEGRACION ACCIONISTAS ACCIONES .CLASE MONTO. - - - - - - - - - - - - La integración se efectúa en: (Dinero - Bienes) - - - - -
TERCERO: Designar, para integrar el órgano administrativo y de fiscalización: Presidente a: . . . . . . . . . . . . . . . , Vicepresidente a: . . . . . . . . . . . . . . . , Vocales: . . . . . . . . . . . . . . . , Suplentes a: . . . . . . . . . . . . . . . , Síndico titular o Suplente a: (abogados o contadores), art. 285 inc. 1° de la ley 19.550. CUARTO: El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme con el art.1881 del código Civil y el artículo 9 del decreto ley 5965/63. Puede, en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan a cumplir el objeto social, entre ellos operar con el Banco de la Nación Argentino, de la Provincia de Buenos Aires, Hipotecario Nacional y demás instituciones de créditos oficiales o privadas; establecer agencias, sucursales u otras especies de representación, dentro o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes judiciales inclusive para querellar criminalmente o extrajudicialmente con el objeto y extensión que juzgue convenientes. La representación legal de la sociedad corresponde al presidente de la sociedad y al primer vocal titular quienes actúan en forma conjunta. QUINTO: Toda asamblea debe ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la. forma establecida en el artículo 237 de la ley 19.550 sin perjuicio de lo
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