Donacion de organos
Enviado por juliana arnau • 8 de Septiembre de 2015 • Monografía • 4.477 Palabras (18 Páginas) • 722 Visitas
INTRODUCCION
El tema de esta monografía es la Donación y trasplante de órganos y tejidos, que pese a ser una real posibilidad de vida, no logra consolidarse por el escaso nivel de donantes efectivos que hay.
Esta investigación tiene por objeto esclarecer y brindar más información respecto de la donación de órganos y a su vez explorar, las razones y motivos que tienen las personas para donar, o no donar órganos, la idea principalmente es detectar cuáles son las creencias y razones que hay entorno a esta acción. En primer lugar se realizara un desarrollo sobre los diferentes aspectos y temas que subyacen a la práctica de la donación de órganos, teniendo en cuenta las características de esta figura, como la manifestación de la voluntad, su revocación, la lista de espera y la distribución de los órganos, entre otros aspectos.
Luego, se reflejaran los resultados de una encuesta realizada en torno a tres grandes temas: el conocimiento o desconocimiento sobre el proceso de donación, la disposición de ser donantes y la presencia del tema de la donación de órganos en un ámbito cotidiano. Una constante en el tema de la donación de órganos, son los “valores”, pero ¿contamos como sociedad con tales valores como lo son la solidaridad, la conciencia del otro, la sensibilidad ante el dolor humano, para realizar este acto altruista?
Esta pregunta será respondida en una conclusión que relacionara la realidad que surge del resultado de las encuestas y notas periodísticas, con aspectos de la donación y trasplante que surgen de las leyes.
LA DONACION Y EL TRASPLANTE DE ORGANOS
El tema de la donación y los trasplantes de órganos, es importante por la proyección, que en el futuro tiene para el destino del hombre. Es una práctica médica que desde hace treinta años, se viene perfeccionando, y fue modificando el paradigma científico que sostenía que la muerte se producía únicamente con el cese de las funciones cardio-respiratorias y que ello indicaba el fin de la existencia. A través de este recurso de la medicina, muchas personas cuyos órganos vitales no cumplen con la función para la cual la naturaleza los destinó y agotados otros procedimientos médicos, encuentran una nueva perspectiva de vida. El trasplante de órganos es un tratamiento médico complejo, que consiste en sustituir un órgano vital que ha dejado de funcionar por otro sano. A través de esta técnica, muchos pacientes han logrado mejorar su calidad de vida y recuperar las condiciones físicas óptimas para realizar una vida totalmente normal. Este procedimiento, implica la autodeterminación frente a un tema que involucra a toda la humanidad, como es la muerte y el consecuente destino del cuerpo. A pesar de ello, es un tema poco conocido y abordado por la sociedad, llevando en su seno, la consideración de aspectos psicológicos, culturales y éticos.
Según el informe del Newsletter Transplant de 2013, 112.631 personas recibieron un trasplante de órganos en el año 2012, la cifra más alta de la historia de esta práctica médica. En América Latina 14.902 pacientes fueron trasplantados, los datos consignan que Argentina lideró la región en materia de trasplantes por millón de habitantes en ese año con una tasa de 43,4, ubicándose por sobre Uruguay, Brasil y México.
Juan Manzur, el ministro de salud, en la Mesa de Ministros del XXII Congreso Latinoamericano y del Caribe del Trasplante, señalo que “se mejoró mucho ya que en los últimos diez años han habido avances hacia un sistema más equitativo y solidario, que plantea la accesibilidad de todos los argentinos que necesitan un trasplante". Además, señaló que “no existen los cambios de un día para el otro. Lo primordial es tener los consensos sanitarios y asegurar la sustentabilidad de la propuesta, junto a una gran vocación y voluntad política del gobierno nacional en favor de la salud de todos los argentinos”.
TIPOS DE DONANTES
En nuestro país, la ley que rige esta práctica es la Ley de Trasplantes y Materiales Anatómicos 24.193 y su modificatoria Ley 26.066, la cual establece quiénes pueden donar órganos según el tipo de donante, distingue por un lado al “donante vivo” quien debe ser una persona mayor de edad, que tenga la voluntad de donar un órgano en vida (riñón, parte del hígado o pulmón) y que reúna las condiciones médicas para ser donante, esta donación sólo la puede realizar un familiar, los no familiares que reúnan las condiciones médicas para ser donantes podrán requerir la autorización judicial que, tras una evaluación exhaustiva del caso, resolverá sobre la procedencia de la solicitud, es decir, que sólo ante una necesidad extrema, y frente a la falta de donantes cadavéricos, se plantea la posibilidad del donante vivo, debiendo existir un vínculo familiar, esta alternativa se refiere únicamente al caso de trasplantes renales y hepáticos. La donación de órganos entre familiares está permitida exclusivamente cuando se estima que no afectará la salud del donante y existan perspectivas de éxito para el receptor; y por otro lado distingue al “donante cadavérico” que incluye a las personas que fallecen a causa de un daño irreversible del sistema nervioso central, comprobado por el examen clínico y estudios técnicos, o por el cese irreversible de la función cardiorespiratoria a pesar del tratamiento recibido por los profesionales médicos a cargo de su asistencia.
MANIFESTACION DE LA VOLUNTAD
Los trasplantes pueden realizarse gracias a la voluntad de aquellos que donan sus órganos de manera altruista y desinteresada, pero dadas las condiciones específicas para que pueda efectivizarse, la donación de órganos es posible sólo en 5 de cada 1000 fallecimientos. Un operativo de donación de órganos es una carrera contra reloj, en ella participan hasta 150 profesionales que asumen el compromiso de concretar la voluntad del donante y la esperanza de los pacientes en lista de espera.
Para que un trasplante pueda realizarse, debe haber compatibilidad sanguínea entre el dador y el receptor y el órgano debe ser mantenido para conservar las condiciones que posibiliten su utilización posterior.
Siempre se debe respetar la voluntad expresada por el fallecido, ya sea que lo haya hecho en forma escrita o verbal, dicha manifestación podrá ser revocada en forma expresa y en cualquier momento; en caso de no haber expresado su voluntad, se lo considera donante; si el fallecido fuere un menor de 18 años, son los padres o representantes legales quienes deciden sobre la donación de órganos y tejidos, autorizándola o no.
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