FUENTE DEL DRECHO TRIBUTARIO
Enviado por JOSERONDON • 2 de Mayo de 2013 • 965 Palabras (4 Páginas) • 404 Visitas
FUENTES DERECHO TRIBUTARIO
El Código Orgánico Tributario venezolano vigente, preceptúa en su artículo 2º, de manera expresa las fuentes de ésta rama del Derecho, así se tiene:
Artículo 2: Constituyen fuentes del derecho tributario:
1. Las disposiciones constitucionales.
2. Los tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados porla República.
3. Las leyes y los actos con fuerza de ley.
4. Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales,
estadales y municipales.
5. Las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto.
LAPSO DE ENTRADA EN VIGENCIA (COT 8)
Las LEYES TRIBUTARIAS fijarán su lapso de entrada en vigencia, caso contrario, se aplicarán 60 DÍAS CONTINUOS siguientes a su PUBLICACIÓN en la GACETA OFICIAL.
Las NORMAS de procedimientos TRIBUTARIOS, se aplicarán desde la entrada en vigencia de la LEY, aún en los procesos que se hubieren iniciado bajo el imperio de LEYES anteriores. (VER "IRRETROACTIVIDAD".)
Cuando se trate de TRIBUTOS que se determinen o liquiden por períodos (IMPUESTO sobre la RENTA, IVA, etc.), las NORMAS referentes a la existencia o cuantía de la OBLIGACIÓN TRIBUTARIA regirán desde el PRIMER DÍA del período respectivo del CONTRIBUYENTE que se inicie a partir de la fecha de entrada en vigencia de la LEY.
Los REGLAMENTOS y demás ACTOS ADMINISTRATIVOS de CARÁCTER GENERAL, se aplicarán desde la fecha de su PUBLICACIÓN en la GACETA OFICIAL o desde la fecha posterior que ella misma indique. (COT 9)
2. Vigencia en el Ámbito Espacial (COT 11)
Se ratifica el CARÁCTER TERRITORIAL de las NORMAS TRIBUTARIAS como REGLA GENERAL del TRIBUTO, las cuales quedan sometidas a la potestad del ÓRGANO COMPETENTE para crearlas.
Las LEYES ESPECIALES TRIBUTARIAS, determinan los casos EXCEPCIONALES a este principio del ÁMBITO ESPACIAL.
El COT extiende la POTESTAD TRIBUTARIA en el ESPACIO, en tanto, que las LEYES TRIBUTARIAS podrán GRAVAR hechos ocurridos total o parcialmente fuera del TERRITORIO NACIONAL cuando el CONTRIBUYENTE tenga NACIONALIDAD VENEZOLANA, esté RESIDENCIADO o DOMICILIADO en VENEZUELA o posea ESTABLECIMIENTO PERMANENTE o BASE FIJA en el país.
CÓMPUTO de los PLAZOS (COT 10)
Los PLAZOS LEGALES y REGLAMENTARIOS se contarán así:
Los de años o meses serán CONTINUOS y terminarán el DÍA equivalente del año o mes respectivo. Cuando se cumplan en un día que carezca el mes, se entenderá vencido el ÚLTIMO DÍA de ese mes.
Los establecidos por DÍAS, se contarán por DÍAS HÁBILES, salvo que la LEY disponga que sean CONTINUOS. Los que venzan en DÍA INHÁBIL se entiende PRORROGADO hasta el PRIMER DÍA HÁBIL siguiente.
Todo DÍA HÁBIL se entenderá como DÍA HÁBIL de la ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. DÍA INHÁBIL: FERIADO: conforme a la LEY;
Aquel en el cual la OFICINA ADMINISTRATIVA no hubiere estado abierta al público, lo que DEBERÁ COMPROBAR el CONTRIBUYENTE o RESPONSABLE por medios legales;
A los efectos de DECLARAR y pagar las OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, los días en que las INSTITUCIONES FINANCIERAS autorizadas no estuvieran abiertas al público conforme
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