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Enviado por   •  27 de Marzo de 2014  •  Tesis  •  1.041 Palabras (5 Páginas)  •  196 Visitas

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Resumen de Jurisprudencia

Sentencia Nro.:

1547

Instancia: Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Expediente: AP41-U-2010-000564

Fecha: 08 de junio de 2011

Caso: SERVIQUIN, C.A. – Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del SENIAT

Asuntos: • Inadmisibilidad del Recurso Jerárquico por ser interpuesto por un Licenciado en Ciencias Fiscales.

• Eximente de la responsabilidad penal tributaria relativa a caso fortuito o fuerza mayor para el cumplimiento de obligaciones tributarias, específicamente en la trasmisión de los archivos de Retenciones de IVA por fallas en el portal del SENIAT.

Consideraciones de la decisión judicial:

1-. El Tribunal declara improcedente la inadmisibilidad del Recurso Jerárquico en razón de que los Licenciados en Ciencias Fiscales se encuentran inmersos en la calificación de profesionales afines al área tributaria que se establece en el Artículo 243 del COT aun cuando en la mencionada norma se indica en el numeral 4 del Artículo 250 que será causal de inadmisibilidad del recurso la falta de asistencia o representación de abogado; a lo cual el Tribunal aclara que de la vinculación de lo articulo citados se desprende:

"(...) que el espíritu, propósito y razón del legislador tributario, al prever la necesidad de la debida asistencia especializada del administrado, que vaya más allá del simple formalismo del deber del actor de identificarse e indicar el carácter con el cual actúa, sino además de encontrarse asistido en sus derechos y acciones por un profesional en cada una de las acciones que pretenda intentar para la mejor defensa de sus derechos e intereses, bien sea, a través de un Abogado (en etapa jurisdiccional), y/o de cualquier otro profesional de carrera vinculada al área tributaria (en etapa administrativa)"

En base a lo descrito, el Tribunal considera que si bien al momento de la interposición del Recurso Jerárquico, el Presidente de la sociedad mercantil no estuvo "asistido por un profesional del derecho, si se hizo asistir por otro profesional afín al área tributaria, en este caso por un Licenciado en Ciencias Fiscales; razón por la cual el Tribunal considera que el Recurso Jerárquico se encuentra ajustado a derecho y no cuenta con causal de inadmisibilidad.

2-. En virtud de que el aspecto temporal objeto de revisión en materia de Retenciones de IVA se encuentra inmerso bajo la aplicación de dos preceptos jurídicos que rigen la mencionada obligación tributaria pero que en razón a su vigencia, dio lugar a que la decisión del Tribunal desglosará en dos momentos la existencia del eximente de responsabilidad penal tributaria relativa a caso fortuito o fuerza mayor para el proceso de enteramiento del impuesto retenido; tal como se detalla a continuación:

a) Enteramiento de Retenciones de IVA correspondiente a períodos impositivos sujetos al cumplimiento de la Providencia Administrativa N° 1455 del 29-11-2002, publicada en gaceta Oficial N° 37.585 del 05-12-2002, a lo cual el Tribunal decide lo siguiente en base al Artículo 11 de dicha norma:

“Constata este Tribunal que de la norma señalada se desprende la obligación de los agentes de retención de presentar la declaración informativa de compras y retenciones practicadas a través de la página web señalada. Asimismo, se dispone que luego de haberse efectuado la

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