Los Sujetos Procesales
Enviado por AstridR • 28 de Septiembre de 2013 • 2.106 Palabras (9 Páginas) • 360 Visitas
Se denominara:
• Sindicado
• Imputado
• Procesado o
• Acusado
• Condenado
Art 71: Derechos:
Art 72: Identificación
Art 73 Registro de Detenciones
Art74: Consulta publica
Art 75: Domicilio
Art76: Incapacidad
Art 77 Internación para Observación
Art 78: Reconocimiento Personal
Art 79: Rebeldía
Art 80: Efectos de la Rebeldía
Art 135 Intervención Forzosa
Art 136 Decisión
Art 137 Valor de la Citación
Art 138 Intervención Espontanea
Art 139 Exclusión
Art 140 Facultades
La Defensa Técnica: Art 92 Derecho a elegir un defensor
Art 93 Aptitud
Art 94 legitimación
Art 95 Defensor Común
Art 96 Número de Defensores
Art 97 Sustitución
Art 98 Nombramiento en caso de Urgencia
Art 99 Nombramiento Posterior
Art 100 Independencia
Art 101 Facultades
Art 102 Renuncia
Art 103 Abandono
Art 104 Prohibición
Art 105 Sanciones
Art 106 Defensor Mandatario
Art 107 Función
Art 107 BIS auxiliares fiscales
Art 108 Objetividad
Art 108 BIS Facultades
Art 109 Peticiones
Art 110 Poder Coercitivo y Facultades
Art 111 Excusas y Recusaciones
POLICIA: Art 112 Función
Art 113 Auxilio Técnico
Art 114 Poder Disciplinario
Art 115 Otros Preventores
Art 116 Querellante Adhesivo
Art 117 Agraviado
Art 118 Oportunidad
Art 120 Intervención
Art 121 Decisión
Art 294 Excepciones que pueden interponerse
Art 295 Tramite durante el Procedimiento Preparatorio
Art 150 Bis tramite general de los incidentes
Art 122 Querellante Exclusivo
Art 123 Garantía
Oposición u Obstáculos al Querellante Adhesivo:
• ALGUN SUJETO NO ESTÁ DE ACUERDO
• PUEDE OPONERSE A ELLO INTERPONIENDO LAS EXCEPCIONES QUE CORRESPONDEN
DURANTE EL PROCEDIMIENTO PREPARATORIO Y EN LA ETAPA INTERMEDIA (EN LA AUDIENCIA
• Puede Recurrirse (solicitarse) de la Sala de Apelaciones? SI. 437 recursos de casación 4. RECURSO: Apelación. Si se confirma no procede la casaciòn-
• EL MINISTERIO PUBLICO
• PROMOVER LA ACCIÒN DE LA JUSTICIA
• FUNCIÒN CONSTITUCIONAL.
• LEGALIDAD DE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS E INTERÈS PÙBLICO
• DE OFICIO O A PETICIÒN DE PARTE
• PAPEL QUE DESEMPEÑA EL M.P
• RECIBIR DENUNCIAS O NOTICIA CRIMINIS, PROMOVER LA INVESTIGACIÒN PARA REQUERIR ENJUICIAMENTO DEL O DE LOS IMPUTADOS.
• INVESTIGAR PARA ASEGURAR LOS ELEMENTOS DE PRUEBA IMPRECINDIBLES SOBRE EL HECHO PUNIBLE (289)
• EXTENDER LA INVESTIGACIÒN PRINCIPIO DE OBJETIVIDAD.
• SI ES NECESARIO LA PPRACTICA DE UN ACTO CONFORME LO PREVISTO PARA LA PRUEB ANTICIPADA O ACTOS DEFINITIVOS O IRREPRODUCIBLES.
• EL QUERELLANTE EXCLUSIVO
• PERSONA DIRECTAMENTE AGRAVIADA Y TITULAR DE LA ACCIÒN DELITOS PERSEGUIBLES DE INSTANCIA PRIVADA.
• 24 QUATER
• PROCEDIMIENTO 474 483
• PUEDE EL M-P CONSTITUIRSE COMO QUERELLANTE EXCLUSIVO
• 539 CPP.
LA ACCION CIVIL O ACCION REPARADORA
112-119 CÒDIGO PENAL
TODA PERSONA RESPONSABLE PENALMENTE DE UN DELITO O FALTA LO ES TAMBIEN CIVILMENTE
FUNCION DE LA VICTIMA O AGRAVIADO
ADOPCIÒN DE MEDIDAS CAUTELARES,
RECABAR Y Ofrecer TODOS LOS ELEMENTOS PROBATORIOS SOBRE EL DAÑO CAUSADO EN LA AUDIENCIA DE REPARACION. (DAÑO EMERGENTE LUCRO CESANTE.
Actor civil : Es la persona que ha sido afectada en su persona y su patrimonio
Derecho a la REPARACION DIGNA 124
Reglas de la reparación
Podrà ejercerse en el mismo proceso penal una vez dictada sentencia condenatoria, audiencia de reaparacòn tres dìas.
En la audencia de reparaciòn debe creditarse el monto de la indemnizaciòn, restituciòn, daños o perjuicios.
En cualquer momento del juicio la vìctima ppuede solictr medidas cautelares.
QUIENES PUEDE EJERCITAR LA REPARACIÒN
117 EL AGRAVIADO
VICTIMAS DEL DELITO 124.
DERECHO A LA REPARACIÒN DiGNA
CONTRA QUEN SE PUEDE EJERCITAR LA ACCIÒN CIVIL
132. EL MPUTADO
1664 CÒDIGO CIVIL: EL RESPONSABLE DE UN DELITO DOLOSO O CULPPOSO, ESTA POBLGADO A REPARAR A LA VICTMA LOS DAÑOS Y PERJUICOS QUE LE HAYA CAUSADO.
CONTRA QUEN CON PREVISIÒN DIRECTA DE LA LEY (PENAL O CIVIL RESPONDE POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE EL IMPPUTADO HUBIERE CAUSADO POR EL HECHO PUNIBLE.
114 AL 118 CÒDIGO PENAL 1649 C CIVIL
PUEDE PLANTEARSE LA ACCIÒN FUERA DEL P PENAL
124- SI
PUEDE EL m.p ejercitar la acciòn civil 538 menor o incapaz.
31 ley contra la narcoactividad.
LOS CONSULTORES TECNICOS
AUXILIARES DE LOS SUJETOS PROCESALES.
141- NECESIDAD DE SER ASISTIDO DENTRO DEL PROCESO PENAL POR UNA PERSONA QUE POSEA ALGUNA CENCIA, ARTE O TÈCNICA A EFECTO DE EJERCER DE UNA MEJOR MANERA CUALQUIER DE LAS POSICIONES EN LAS QUE SE ENCUENTRE, PUEDE NTERPONERSE SU INTERVENCIÒN ANTE EL ENTE FISCAL O ANTE EL JUEZ O TRIBUNAL.
317 316
REQUISITOS 225 226
POSEER CONOCIMIENTOS ESPECIALES EN ALGUNA CENCA, ARTE TENICA U OFICIO.
NO DEBE HABER CONOCIDO LOS HECHOSO ALGÙN ACTO DE INVESTIGACIÒN ESPPONTÀNEMAENTE.
SER TITULADOS EN LA MATERIA A QUE PPERTENEZCA EL PPPUNTO SOBRE EL QUE HAN DE PPRONUNCIARSE, SIEMPRE QUE LA PROFESION, ARTE O TECNICA ESTEN REGLAMENTADOS.
SI NO SE PUEDE CONTAR CON UN PPERITO HABLITADO, PPPUEDE DESGNARSE UNA PERSONA DE DONEDAD MANIFESTA.
NO PUEDE SER PERITO 228 INCISO 5
141. CONSULTOR PUEDE PPARTCIPAR EN EP DEBATE, ACOMPAÑDO A QUEN ASSTE, EMITIR CONCLUSONES
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