Resumen de Derecho Constitucional
Enviado por • 17 de Marzo de 2015 • Tesis • 29.676 Palabras (119 Páginas) • 320 Visitas
Resumen de Derecho Constitucional
1. Derecho Constitucional. Concepto
2. Estructura del Estado democrático liberal
3. Interpretación Constitucional
4. La Constitución Nacional de 1967
5. Constitución Nacional de 1992
6. Ordenamiento Territorial de la República
7. De las Declaraciones Fundamentales
8. Derechos Civiles Primera Generación
9. De los Derechos Sociales, Culturales y Económicos
10. De los Derechos Culturales, Sociales y Económicos. Segunda Generación
11. Garantías Constitucionales
12. Estado de Excepción
13. Poder Legislativo, Disposiciones Generales
14. El Poder Ejecutivo, El Presidente y el Vicepresidente de la República
15. Poder Judicial
16. Organismos del Estado, de las fuerzas Públicas
17. Derecho constitucional comparado
18. Reino Unido
UNIDAD I.
Derecho Constitucional. Concepto
El derecho Constitucional es una rama del derecho público interno compuesto por un conjunto de principios y normas fundamentales que rigen al estado en su relación con la comunidad defendiendo los derechos y garantías otorgados a las personas dentro de la comunidad estatal y la organización del poder público estableciendo su estructura, su competencia, el acceso al poder, y sus limitaciones.
2-Constitución.
Es la ley fundamental de un estado tanto desde la perspectiva política como de la jurídica. Una constitución debe reconocer los derechos naturales del hombre, asegurar ciertas formas de protección hacia ellos y una razonable limitación y distribución del poder.
3-Constitución, Acepciones y Etimología.
Constitución del latín cum (con) y statuere (establecer). Es la norma fundamental, escrita o no, de un Estado soberano, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que, en los países occidentales modernos se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de éstos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. También garantiza al pueblo derechos y libertades.
4-Tipologías Constitucionales.
Las tipologías implican el agrupamiento y la sistematización de conceptos, atendiendo a sus notas y caracteres generales comunes. A los tipos se los reconoce y descubre en la realidad, a diferencia de los modelos que son construidos por la imaginación del intelecto humano. Hay dos tipologías importantes: la tipología de Lasalle, que distingue dos tipos de constituciones, una que era la escrita o formal y otra que era la real y efectiva, que relacionaba con los factores reales y efectivos de poder. Los problemas constitucionales son problemas de poder y no de derecho. La más importante es la tipología de García Pelayo que básicamente distingue tres tipos de constitución:
a) La racional-normativo: Que concibe a la constitución como un complejo normativo establecido de una sola vez, en el cual, de manera integral, son determinadas las funciones esenciales del estado, distingue claramente el poder constituyente del poder constituido. Su fundamentación ideológica más importante es el liberalismo.
b) La histórico – tradicional: En el cual la constitución se va conformando con el devenir histórico de una comunidad. Su soporte ideológico ha de ser el conservatismo frente al liberalismo.
c) La sociológica: Que tiene que ver con la manera de existir de una sociedad, de un pueblo, de una nación. Enfoca la constitución tal cual cómo funciona hoy en cada sociedad.
5-Otras Clasificaciones: Rígidas y Flexibles, Formar y Material.
Teniendo en cuenta el procedimiento para su reforma pueden ser:
a. Constituciones Rígidas: En este tipo de Constituciones la reforma es difícil y varían las dificultades según los modos de efectuarlas.
b. Constitución Flexible: Es flexible cuando admite su enmienda mediante el mismo mecanismo empleado para la legislación común, por esta razón suele decirse que falta la distinción entré poder constituyente y poder constituido.
Teniendo en cuenta su contenido, pueden ser:
a. Constitución Material: Consiste en un conjunto de reglas que tratan materias puramente constitucionales integradas por la normatividad legal, como por la normatividad social.
b. Constitución Formal: Es elaborada según el procedimiento previsto en la propia Constitución consustanciada con la forma escrita, elaborada por medio de un documento solemne, establecido por el poder constituyente o por la legislatura ordinaria.
6-Parte de una Constitución.
a. Preámbulo: Es un concepto jurídico, contiene la motivación o fundamentos de la Constitución enuncia la autoridad que la dicta designando al titular del poder constituyente y los fines y objetivos en mira para ello, es decir para que se dicta.
b. Parte Dogmatica: Es la que establece los principio de estructuración del estado y la situación de las personas dentro de la sociedad. Por ej.: Sienta el principio de división de poderes, de la soberanía, etc.
c. La Parte Orgánica: Considera la organización del poder público con el objetivo de estructurar un equilibrio que impida la conmoción.
d. Disposiciones de Reforma: Es la parte que establece los procedimientos a través de los cuales pueden reformarse la Constitución, ya sea parcial o totalmente.
e. Disposiciones Transitorias: Son las normas que tienen por objeto permitir la adecuación de la realidad existente al momento de aprobar la Constitución. Estas disposiciones rigen por un periodo de tiempo relativamente corto, siendo solo instrumentos jurídicos para evitar sobresaltos, en la aplicación de la nueva Constitución.
7-Normas Operativas y Normas Programáticas.
a. Normas Operativas: Son las normas que no precisan ser reglamentadas ni ser condicionadas por otro acto normativo, para ser aplicadas. Ellas son normas incondicionadas respecto de su aplicación, son normas directamente aplicables por los órganos jurisdiccionales como establecen los derechos individuales.
b. Normas Programáticas: Son las que tienen sujeta si eficacia a la condición de ser reglamentadas o a que se dicte un acto de su aplicación a tal efecto, son normas dirigidas a los órganos públicos, como programa de acción o directivas de actuación
8-Naturaleza del Poder Constituyente.
El poder constituyente es de naturaleza política y no jurídica. Es un hecho político por la que el pueblo expresa su voluntad de constituir o reformar la estructura jurídica del estado.
9-Clases de Poder Constituyente.
a. Poder Constituyente
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