Resumen Laboral
Enviado por BartoloCapo • 9 de Abril de 2014 • 1.785 Palabras (8 Páginas) • 237 Visitas
Artículo Nº 14 bis de la Constitución Nacional: El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagadas; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática reconocida por la simple inscripción en un registro especial. Queda garantizado a los gremios: Concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo. El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna para vivir.
Relacion de trabajo: tarea y remuneración son los dos puntos principales en la relación de trabajo. Existe cuando una persona proporciona su trabajo o presta servicios bajo ciertas condiciones, a cambio de una remuneración.
Jornada laboral: (art197) Se entiende por jornada de trabajo todo el tiempo durante el cual el trabajador esté a disposición del empleador en tanto no pueda disponer de su actividad en beneficio propio. Lo normal son 8hs diarias, 48 semanales, 200 mensuales. Entre el cese de una jornada y el comienzo de la otra deberá mediar una pausa no inferior a doce (12) horas. El descanso semanal de los trabajadores que presten servicio bajo el régimen de trabajo rotativo se otorgará al finalizar de cada ciclo de rotación y dentro del funcionalismo del sistema.
Menores de 16: en ppio prohibido (salvo empresa familiar entre 14 y 16 años – 3hs diarias/15 semanales, deben tener autorización de una autoridad administrativa laboral) entre 16 y 18 años igual condición que los mayores bajo responsabilidad de los padres para firmar contrato. Deben presentar certificado medico que acredite aptitud física para el trabajo y someterlos a reconocimientos médicos periódicos que prevean las reglamentaciones. Mayores de 18 jornada completa (horas extras recargo del 50 o 100 feriados o sabados después de las 13 hs.
Trab Nocturno: 21hs a 6hs excluye menores de 20 hs a 06 hs – Necesita habilitación y justificación – Maximo 7 hs excluye rotativos Trab Insalubre: Declaración de autoridad competente – solo mayores de 18 – 6 hs máximo – no se permiten hs extras.
Régimen de licencia (vacaciones): 1) Periodo mínimo y continuado de descanso anual remunerado, anuales, pagas, irrenunciables, no intercambiables por dinero (exp caso de recesión) e inderogable.
2) < 5años =14 dias / >5 <10 = 21 dias / >10 <20 = 28 dias / >20 = 35 dias (los días son corridos sin tener en cuenta feriados)
3) para gozar debe haber prestado servicio durante la mitad del año como mínimo (feriados se computan como hábiles) – Comenzara dia lunes o el siguiente si no fuera hábil, salvo trabajadores q presten servicios en días no laborales, que comenzaran al dia siguiente. – No se requiere antigüedad – Se tienen en cta los días en que no presta servicio por licencia legal o convencional o bien infortunio laboral, no contempla ausencias injustificadas o suspensiones – A falta de tiempo mínimo se gozara de 1 dia cada 20 trabajados.
4) Suspensión de actividades por vacaciones – si es por un periodo mayor se considera suspensión de hecho (justa causa, plazo fijo y notif x escrito)
5) época de otorgamiento: entre el 01-oct y 30-abr, debe ser avisado con 45 dias de antelación, puede desplazarse a otro periodo de acuerdo la actividad. Cdo no se otorguen a todos en igual periodo, el empleador debe garantizar 1 vez cada 3 años sea en verano.
6) retribución: sueldo mensual dividido 25 y se multiplica por los días de licencia correspondientes
6.1) indemnización, el empleado tiene derecho a percibir una suma equivalente al salario correspondiente de descanso proporcional a la fracción trabajada. Vencido el plazo de comunicación de comienzo de vacaciones, el trabajador hara uso del derecho, previa comunicación, de modo que la licencia concluya antes del 31 de mayo.
Lic. especiales. Por nacimiento de hijo: 2 dias corrido al padre, Matrimonio: 10 dias corrido, fallecimiento hermana 1 dia – examen 2 dias corrido, 10 por año.
Protección a la maternidad: 1) posibilidad de reintegro al trabajo, en las condiciones que lo hacía. 2) rescindir el contrato, por lo cual se hace acreedora de la compensación por tiempo de servicio del 25% de la remuneración correspondiente (art245) 2) Quedar en situación de excedencia: derecho que tiene la empleada cdo vuelve del periodo de licencia por maternidad (pueden ser 3 o 6 meses) tiene por objetivo permitir el cuidado del niño recién nacido. Debe comunicar 24hs anteriores al vencimiento del plazo de licencia, si no se reincorpora ni se efectuo la comunicación se presume que opto por la compensación.
(art177)
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