Transformacion
Enviado por electricamen • 14 de Abril de 2015 • 1.700 Palabras (7 Páginas) • 199 Visitas
Tipos de Empresas
La actividad exportadora exige como primer requisito la constitución legal de una unidad económica. La legislación boliviana contempla la existencia de diferentes tipos de empresas, a continuación se describe:
- Sociedades Comerciales
- Transformación de Empresas Comerciales
- Fusión de Empresas Comerciales
- Sociedad de Economía Mixta
- Sociedad Constituida en el Extranjero
- Contratos de Riesgo Compartido (Joint Ventures)
- Sociedades Comerciales:
Empresa Unipersonal.
Es aquella en la que una sola persona es la propietaria y se hace cargo de las responsabilidades sociales generadas por ésta. El tamaño de la Empresa está dado por los aportes que realice.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL.)
Empresa conformada por dos o más personas denominadas “socios”, en la que los socios son responsables de las obligaciones sociales de la empresa según el monto de sus aportes de capital a la empresa. El fondo común esta dividido en cuotas de capital en dinero efectivo, no así en acciones o títulos valor. Este tipo de sociedad no debe tener más de veinticinco socios.
Sociedad Colectiva (SC)
Empresa cuya constitución es igual a la de una SRL pero con la diferencia de que sus socios se hacen responsables de las obligaciones sociales de la empresa en forma subsidiaria, solidaria e ilimitada según el monto de su aporte.
Sociedad en Comandita Simple (SCS)
Empresa conformada por uno o más socios que sólo responden con el capital que se obligan a aportar, y por uno o más socios que responden por las obligaciones sociales en forma solidaria e ilimitada, hagan o no hagan aportes al capital social.
Sociedad Anónima (SA)
Empresa conformada por dos o más personas, denominadas “socios”. El capital de esta empresa está representado por acciones y las responsabilidades de sus socios queda limitada a la cantidad de acciones con que cuente cada uno de ellos.
Sociedad en Comandita por Acciones (SCA)
Empresa conformada por dos o más personas denominadas “socios”. Sus socios se hacen responsables de las obligaciones sociales de la empresa de forma subsidiaria, solidaria e ilimitada según la cantidad de acciones con que cuente cada uno de ellos. Sólo los aportes de los socios comanditarios se representan por acciones.
Asociación Accidental o de Cuentas en Participación.
Se caracteriza por el contrato de asociación accidental o de cuentas en participación, en la que dos o más personas toman interés en una o más operaciones determinadas o transitorias, a cumplirse mediante aportaciones comunes, llevándose a cabo las operaciones por uno, dos, tres o hasta todos los asociados, según se convenga en el contrato.
Este tipo de asociación no tiene personalidad jurídica propia y carece de denominación social. No está sometida a los requisitos que regulan la constitución de sociedades comerciales, ni requiere la inscripción en el Registro de Comercio. Su existencia se puede acreditar por todos los medios de prueba.
El o los asociados encargados de las operaciones, actúan en su propio nombre. Los terceros adquieren derechos y asumen obligaciones solamente respecto a dichos asociados y su responsabilidad es solidaria e ilimitada. Los asociados no encargados de las operaciones, carecen de acción directa contra terceros.
Contando con el consentimiento de los demás asociados, el o los encargados de las operaciones hacen conocer los nombres de éstos, entonces, todos los asociados quedan obligados ilimitada y solidariamente frente a terceros.
Los requisitos para constituir una empresa son:
Registro de comercio de Bolivia
El Registro de Comercio debe tramitarse ante la Fundación para el Desarrollo Empresarial (FUNDEMPRESA).
Identificación Tributaria (NIT)
El NIT es el Número de Identificación Tributaria que reemplaza al Registro Único de Contribuyentes (RUC). El NIT se debe consignar en todos los trámites y documentos presentados para el cumplimiento de obligaciones tributarias. La emisión de facturas, notas fiscales o documentos equivalentes.
Licencia de funcionamiento para actividades económicas
Corresponde a la solicitud realizada expresamente por el contribuyente a efectos de que el Gobierno Municipal de cada ciudad, en uso de sus facultades y atribuciones, otorgue y extienda a favor del titular de una actividad económica la respectiva Licencia de Funcionamiento Municipal.
Transformación de Empresas Comerciales.
Una sociedad puede transformarse adoptando cualquier otra forma prevista en el Código de Comercio. Con la transformación, no se disuelve la sociedad ni se alteran sus derechos y obligaciones.
La responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios, existente bajo la forma anterior de sociedad, no se modifica con la transformación, salvo que los acreedores lo consientan.
La responsabilidad ilimitada asumida por los socios bajo el nuevo tipo de sociedad, se extiende a las obligaciones sociales anteriores a la transformación.
Fusión de Empresas.
Existe fusión cuando dos o más sociedades se disuelven sin liquidarse para constituir una nueva, o cuando una de ellas se incorpora a otra u otras que se disuelven, sin liquidarse. La nueva sociedad creada o la incorporada adquirirá los derechos y obligaciones de las disueltas
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