Proceso De Negociación
Enviado por parola0395 • 24 de Mayo de 2015 • 2.539 Palabras (11 Páginas) • 379 Visitas
“También se puede declarar el divorcio por el transcurso de más de un año, después de la declaración de la separación de cuerpos, sin haber ocurrido en dicho lapso la reconciliación de los cónyuges”. se definiciones comunenm etgdb abnegadas en la sociedad sin restirccionns de las siguientes parres por medio de la scondutreencias de las locuras discapaticidas d elas relacione sjuridicad
Definición
Consideramos que el Divorcio es una de las maneras por las cuales se disuelve el vínculo matrimonial podemos empezar definiéndolo como "la disolución del vínculo matrimonial que deja a los cónyuges en la posibilidad de contraer otro matrimonio".
También puede ser definido como: " Por la palabra divorcio se entiende modernamente la disolución de un matrimonio válidamente surgido, viviendo todavía los cónyuges. De modo más específico, a nivel técnico-jurídico, se indica tanto el asunto de revocación del consentimiento matrimonial como el acto formal que disuelve ex nunc el matrimonio. Desde el punto de vista sustancial, el divorcio se diferencia tanto de la separación como de la declaración de nulidad. La primera, (que puede ser de hecho, consensual o legal) deja vivo el vínculo matrimonial, determinando un estancamiento en la medida en que se debilitan los derechos y deberes de carácter personal (cohabitación, asistencia, fidelidad), mientras que los de carácter patrimonial se transforman normalmente en obligación de mantenimiento. En cambio, la declaración de nulidad establece con eficacia ex tunc el vicio originario del asunto matrimonial (por la existencia de un impedimento, de un vicio en el consentimiento, de vicio de forma), por el cual este matrimonio, a pesar de su aparente permanencia en el tiempo (matrimonio putativo), es radicalmente inválido e improductivo de efectos jurídicos. El divorcio y la declaración de nulidad (o la anulación) del matrimonio permiten la celebración posterior de un nuevo matrimonio, aunque por motivos distintos. En el primer caso, porque la disolución de un vínculo válido hace adquirir de nuevo el estado de libertad; en el segundo, porque dada la comprobada invalidez original del matrimonio, es lógico que se reconozca que nunca se perdió ese estado. En cambio, la separación personal, al mantener vigente el vínculo conyugal, prohíbe la celebración de un segundo matrimonio.
Es decir que el divorcio es sinónimo de rompimiento absoluto y definitivo del vínculo matrimonial entre los esposos, por la intervención de una autoridad judicial y por las causas señaladas en la ley.
“Según la autora Emma Nogales de Santibáñez dice que el divorcio debería ser participe por medio de un liberto en presencia de 7 testigos, ciudadano Romanos púberes. Y va establecer 4 tipos de divorcio:
CARACTERES:
De estas definiciones se desprende lo siguiente:
El divorcio, igual que la nulidad, debe ser pronunciado por una autoridad judicial;
Mientras la nulidad tiene carácter retroactivo, salvo la aplicación al matrimonio putativo, el divorcio se limita a la disolución del matrimonio para el porvenir;
A diferencia de la nulidad, el divorcio supone un matrimonio VÁLIDO
Por todo lo expuesto, podemos concluir que el Divorcio es "Un acto jurídico, que debe ser pronunciado por Autoridad competente, por el cual se pone fin o se disuelve un vínculo matrimonial válido, y que sólo puede ser invocado por las causales establecidas en la ley."
Las causas
Tras la reforma del Código Civil operada en julio de 2005, los cónyuges pueden optar bien por la separación, bien por el divorcio, sin que sea preciso acceder primero a la separación para solicitar seguidamente el divorcio. Así, es posible disolver el matrimonio directamente.
Para acceder al divorcio bastará acreditar que han transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio sin tener que alegar ninguna causa justificando la petición.
Los efectos del divorcio
El divorcio disuelve el vínculo matrimonial por lo que se altera el estado civil de los que hasta ese momento eran cónyuges, a quienes se les permite contraer un nuevo matrimonio.
Esta disolución del vínculo conlleva la pérdida de los derechos sucesorios entre los cónyuges, la pérdida de la pensión de viudedad, así como de las obligaciones derivadas directamente del matrimonio: los deberes de ayuda y fidelidad, el compromiso de velar por el interés de la familia, la obligación de prestar alimentos, etc.
La ruptura de este vínculo no afecta a las obligaciones de los cónyuges para con sus hijos puesto que las mismas surgen de la relación de parentesco y no de la existencia de la unión matrimonial.
LA SENTENCIA DE DIVORCIO GENERALIDADES
Es necesario establecer en sentido general el significado de sentencia; esta proviene de la voz latina sintiendo, que significa sintiendo, es decir: juzgando, opinando, el juez opina con arreglo a autos del proceso (Agravantes)
Couture define a la sentencia como "el acto jurídico procesal que emana de los agentes de la jurisdicción y mediante el cual deciden la causa o puntos sometidos a su conocimiento .Como documento la sentencia es la pieza escrita, emanada del tribunal, que contiene el texto de la decisión emitida."
El profesor Palacios indica que "mediante la sentencia el juez crea una norma individual (lex specialis) que constituye una nueva fuente reguladora de la situación jurídica control y vertida en el proceso, y que, como manifestación trascendente que es del ejercicio de la función jurisdiccional debe ser acatada por las partes y respetada por los terceros. El efecto natural de toda sentencia consiste, por consiguiente, en su obligatoriedad e imperatividad, pues si así no fuese, es obvio que ella carecería de objeto y de razón de ser" 2
La resolución emanada del proceso &de divorcio a través de la sentencia es una resolución constitutiva, porque a través de ella se da a las partes un nuevo status jurídico, (el de divorciado), dejando sin efecto el anterior (el de casado). Toda vez que como hemos dicho anteriormente, el matrimonio es una Institución regulada por el Estado, por lo que el solo consentimiento de los cónyuges no es suficiente para que el divorcio sea válido, para ello debe iniciarse un proceso y lograr una sentencia que así lo declare y lo constituya.
EFECTOS JURIDICOS DE LA SENTENCIA
Mediante la sentencia el juez crea una norma individual (lex specialis) que constituye una nueva fuente reguladora de la situación jurídica controvertida en el proceso y que, como &manifestación trascendente que es del ejercicio de la función jurisdiccional, debe ser acatada por las partes y respetada
...