Caso Arbitral Los Hechos
Enviado por jelarica • 6 de Noviembre de 2013 • 707 Palabras (3 Páginas) • 401 Visitas
Caso Universidad Académica de Yaguachi y Compañía de Seguros “La Fortaleza” S.A
LOS HECHOS
La Compañía de Seguros “La Fortaleza” S. A. emitió una póliza de incendios No. 001 a favor de la Universidad Académica de Yaguachi (UAY) el día 17 de febrero del 2008 por un periodo de vigencia de 335 días, para cubrir los edificios, muebles, equipos de oficina, biblioteca, equipos de laboratorio, equipos de talleres y mecánica de propiedad de la UAY, así como valores depositados dentro de la caja fuerte que pertenece a dicho centro de Educación Superior.
La suma asegurada fue inicialmente con respecto al rubro de edificios ascendía a la cantidad de USD 312.000.
Con fecha 7 de octubre del 2008 la UAY solicita a la aseguradora un incremento de la indicada suma (del rubro de edificios) hasta por el valor de USD 1´178.484 a petición que aceptó la Compañía de Seguros de buena fe, bajo el entendimiento de que las condiciones originales del riesgo asegurado no habían cambiado, y por tal motivo accede a emitir el endoso respectivo, correspondiente al incremento pedido. El 14 de octubre del 2008 ocurre el endoso pero con vigencia desde el 07 de octubre del 2008.
El 27 de octubre del 2008 la Universidad notifica a la Compañía de Seguros que ha ocurrido un siniestro en las estructuras del edificio; producto de una falla geológica en el sector.
Mas resulta que la UAY solicitó el aumento del valor sobre el rubro de edificios cuando ya se había producido el siniestro y tenía conocimiento de ello, a través de un oficio el 30 de septiembre de 2008 dirigido por el director del departamento de construcciones al rector; oficio que la Compañía llega a conocer a través de los ajustadores. Circunstancia esta, el agravamiento del riesgo antes de la emisión del endoso que nunca fue puesta en conocimiento de la Compañía de Seguros La Fortaleza S. A., lo que en consecuencia obligó a la aseguradora a negar el derecho a la indemnización reclamada por la Universidad de Yaguachi, mediante oficio de fecha 9 de diciembre de 2008, a declarar la nulidad de la póliza y del endoso del incremento al amparo de lo establecido en las condiciones particulares de la póliza. (Cláusulas adicionales, Art. 3), alegando fundamentalmente la reticencia de la Universidad al no haber informado sobre el agravamiento del riesgo, ocultando que lo conocía desde antes de pedir el aumento de la suma asegurada y que al solicitarlo ya se habían producido daños en los edificios de la Universidad como consecuencia de la falla geológica que afecta al sector donde la Universidad tiene sus predios y, finalmente, porque cuando la Universidad presentó formalmente su reclamo, la aseguradora lo consideró extemporáneo en atención a lo dispuesto en las Condiciones Generales de la misma Póliza.
La Universidad, por su parte niega que haya existido
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