EL MATRIMONIO EN ROMA
Enviado por maquinas3000 • 27 de Septiembre de 2014 • 904 Palabras (4 Páginas) • 236 Visitas
JUSTIFICACION
Llamamos familia a personas que por su naturaleza están sometidas a la potestad de otros, o al poder de un mismo jefe, se puede comprender que la organización de la familia romana es de carácter patriarcal y que es el padre o el abuelo paterno el que ejerce el poder sobre la mujer, la patria potestad de los hijos, el poder sobre los esclavos, único dueño del patrimonio de la familia.
El Matrimonio en Roma presenta antecedentes, cuya relación social produce consecuencias jurídicas de suma importancia muy relacionada en la actualidad. Se compone de un complejo de deberes y facultades, derechos y obligaciones, para protección de los interese superiores de la familia.
La Tutela es un Institución de protección conferida por la ley a personas que no se encuentren sujetas a patria potestad y esa protección requiere de un representación legal para todos los actos de la vida civil.
Familia, Matrimonio y tutela, importancia para el Derecho Civil
Los romanos tuvieron una concepción especial de la familia, la cual giro alrededor de los paterfamilias con poderes absolutos en el orden político, económico y religioso. La importancia de la familia en el Derecho Romano como causante determinante de la responsabilidad civil, no solo es el fundamento de los Derechos Civiles si no que también es la fuente de los Derechos políticos, Pues todo ciudadano tiene forzosamente una situación jurídica familiar, toda la vida y todo el Derecho van encaminados a fines familiares que se concretan en la perpetuidad de la familia, el matrimonio y la filiación la propiedad y la sucesión, la tutela legitima, materia del Derecho privado que tiene fines primordialmente familiares.
Para los romanos el Matrimonio siempre era monogamico, se consideraba un situación de hecho, se constituía como una relación social que producía consecuencias jurídicas, existía la cohabitación, lo anterior se relaciona con el concubinato en la actualidad, se distingue del matrimonio que produce efectos jurídicos, derecho y obligaciones entre conyugues y con relación a los hijos, igual que en el Derecho Civil, da parentesco por afinidad, y se proyecta sobre los bienes de ambos, mientras que los efectos reconocidos por la ley en el concubinato son más limitados. En el Derecho civil encontramos como característica del matrimonio la diversidad de sexo, la edad, la monogamia, y la perpetuidad al igual que en el derecho romano.
La Tutela en roma era considerada un cargo público, dado para administrar el patrimonio del impúber. La Curatela en Roma era el poder otorgado por el derecho civil a una persona con el objeto de que estas proteja y represente a aquella incapaz de actuar. Es innegable la influencia del Derecho Romano en las legislaciones actuales venezolanas que acoge las instituciones de la tutela y la curatela para suplir las deficiencias de los menores de edad sobre quien nadie ejerza la patria potestad, sin embargo nuestro ordenamiento jurídico difiere entre, el estado habitual del defecto intelectual que impida al sujeto proveer sus propios intereses o el estado de debilidad del entendimiento.
CONCLUSION
...