Resumen De Algunos Decretos
Enviado por yinelis • 20 de Junio de 2014 • 1.157 Palabras (5 Páginas) • 265 Visitas
Decreto 130-05
Reglamento de la ley general de libre acceso a la información pública.
El presente reglamento tiene por finalidad establecer las pautas de aplicación de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública (LGLAIP) de la República Dominicana.
Todos los organismos legal mente constituidos incluyendo los partidos políticos o cualquier persona que ejerza una función pública debe interpretar la ley del presente reglamento de forma más favorable al principio de plena publicidad y en pleno ejercicio del derecho al acceso a la información.
Los organismos, instituciones, y personas mencionados en los Artículos 1, 2 y 4 de la LGLAIP tienen la obligación de proveer la información solicitada.
Todo organismo legalmente constituido o en formación que sea destinatario de fondos públicos está sujeto a la LGLAIP en lo que respecta a la divulgación y publicidad de aquella información relacionada con los fondos públicos que reciba, incluyendo los planes de trabajo, evaluaciones y resultados obtenidos y cualquier otra información.
En virtud del principio de publicidad, cualquier norma preexistente o futura, general o especial, que directa o indirectamente regule el derecho de acceso a la información o sus excepciones y limitaciones, deberá siempre interpretarse de manera consistente con los principios sentados en la LGLAIP y este reglamento.
Cualquier norma futura, directa o indirectamente regule el derecho de acceso a la información deberá siempre interpretarse de manera consistente con los principios en la LGLAIP y este reglamento.
Cada uno de los organismos, instituciones y entidades de la LGLAIP, deberán asignar un Responsable de Acceso a la Información (RAI) y organizar las respectivas Oficinas de Acceso a la Información (OAI).
Los Responsables de Acceso a la Información (RAI) serán personas con amplios conocimientos sobre la estructura general de su institución, así como sobre la legislación relacionada con el derecho de acceso a la información, y tendrán dedicación exclusiva a las tareas encomendadas por esta norma.
Decreto 254-06
Reglamento para la regulación de la impresión, emisión y entrega de comprobantes fiscales.
Este reglamento tiene los siguientes términos: comprobantes fiscales, consumidor final, punto de emisión, pequeños contribuyentes, impresor, número de comprobante fiscal, etc.
Están obligadas a omitir comprobantes fiscales todas las personas físicas o jurídicas que realicen operaciones de transferencia de bienes o presten un servicio.
La dirección de impuestos internos puedes establecer:
Procedimientos especiales para las transacciones realizadas por consumidores finales.
Mecanismos de para el registro de transacción comerciales de compra y venta de servicios.
A fines de aplicación se consideran comprobantes fiscales los siguientes documentos:
Facturas que generan crédito fiscal y sustentan costos y gastos, Facturas a consumidores finales, Notas de debito, Notas de crédito.
Todos los comprobantes fiscales deben tener un numero de autorización de emisión otorgado por la DGII.
Los comprobantes fiscales deben cumplir con los siguientes contenidos para la realización de transferencia de bienes o prestación de servicio:
Denominación del documento, numero secuencial utilizado por la empresa, numero de comprobante fiscal, fecha de impresión, numero de registro nacional
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