APERTURA DE CREDITO
Enviado por sammal • 11 de Febrero de 2015 • 430 Palabras (2 Páginas) • 216 Visitas
Contrato en virtud del cual el acreditante se obliga a otorgar una suma de dinero a disposición del acreditado o a contraer por cuenta de este una obligación para que haga uso del crédito concedido en la forma, términos y condiciones convenidos, quedando obligado el acreditado a restituir al acreditante las sumas de que disponga y cubrirlo oportunamente por el importe de la obligación que contrajo; en todo caso, pagar los interés, prestaciones, gastos y comisiones que se estipulen.1 La apertura de crédito es un contrato ubicado en la práctica bancaria, considerado por la ley de instituciones de crédito como una operación activa, y aún cuando estamos en presencia de un contrato que no es privativo de la práctica bancaria, es en ella donde se ha desarrollado, en la que además existen diversas referencias normativas que delimitan el marco regulatorio al que deben sujetarse las instituciones de crédito, cuándo realizar esta operación activa, conceden financiamientos. En el año de 1932 el contrato apertura de crédito se incorporó a la actividad mercantil gracias a la expedición de la ley General de títulos y operaciones de crédito.
CARACTERISTICAS
Típico: Acto jurídico regulado por la ley.
Principal: No requiere de otro contrato para su existencia.
Formal: Se debe realizar por escrito.
Adhesión: Las cláusulas son establecidas por el acreditante.
Tracto sucesivo: Las prestaciones pactadas serán otorgadas en distintos momentos.
Instantáneo: Las prestaciones pactadas serán otorgadas en una sola emisión.
Bilateral: Las partes tienen derechos y obligaciones recíprocos.
Oneroso: Se desea obtener un lucro.
Conmutativo: Las partes conocen los provechos y gravámenes desde la celebración del contrato.
Aleatorio: Algunos provechos o gravámenes no se conocen a partir de la celebración del contrato.2
Apertura de crédito
La apertura de un crédito simple se presenta cuando el acreditante se obliga a poner a disposición del acreditado una determinada suma de dinero para su disposición en los términos pactados.
En dinero
Se da cuando el acreditante se obliga a poner a disposición del acreditado una suma determinada de dinero para que este disponga de ella en los términos pactados.
En cuanto a la firma
Se establece que el acreditante pone al servicio del acreditado una cantidad proporcional a su capacidad crediticia, asumiendo por su cuenta por su cuenta una obligación.
Por la forma de disponer del crédito
Puede ser de dos modalidades; simple o cuenta corriente.
Modalidad simple
Se agota con una sola disposición económica del acreditado, en un solo acto.
Modalidad en cuenta corriente
Se establece cuando el acreditado dispone de dicha cantidad en la forma y plazos fijados por las partes. La apertura de crédito en cuenta corriente
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