CASO HISPANIA SA.
Enviado por Doug455 • 15 de Septiembre de 2016 • Trabajo • 561 Palabras (3 Páginas) • 929 Visitas
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- Razonar, señalando las normas jurídicas determinantes si los tribunales españoles tienen competencia judicial internacional para conocer de una eventual demanda presentada por HISPANIA SA en el presente caso.
Considero que sí, pero que no tendría mayor relevancia ya que el contrato fue firmado en las periferia de Paris (Francia) y la empresa demandada se encuentra ubicada en Alemania, donde según los criterios y aplicando el cuarto criterio, es donde se firmó el contrato que fue en Paris.
Lo que según la Master Class, libro de estudio e información adicional recabada, es el tribunal al que menos se debería acudir, principalmente porque en con contrato contra actual no se especifica que normas jurídicas regirán el contrato señalado, y la solución la aporta un reglamento de la unión europea 593-2008 del 2008 sobre legislación aplicable a la obligación contractual, dice que la legislación aplicable es la legislación del vendedor o prestación de servicio y si el comprador quiere que se aplique su legislación, deberá estar reflejado en contrato firmado por las partes (por lo cual el tribunal menos correspondiente es el Español).
Por lo cual según lo dice la ley, se deberá regir por el país donde se firme el contrato o aún más en el país donde esté ubicado el proveedor de servicio, de igual forma no hay ningún problema en que la empresa HISPANIA presente el caso en un tribunal español respecto a la no conformidad con la calidad del producto entregado por parte la empresa alemana.
- Es de aplicación al presente caso el Convenio de Viena de 1980 sobre compraventa internacional de mercaderías? ¿Por qué́?
Considero que sí, ya que ambos países están suscrito a dicho convenio de Viena desde 1991 y el país donde firmaron el contrato (Francia), también se encuentra suscrito a dicho Convenio, lo negativo que veo en contrato, es que no está establecido en ninguna parte del contrato a que leyes serán regidas a la hora de existir algún conflicto.
Además las empresas presentan todas las características para que se aplique dicho convenio, las empresas poseen un direcciones fiscales ubicadas en diferentes países, ambos países se encuentran suscritos al convenio de Viena de 1980.
- Para el caso de que ese Convenio no fuera de aplicación o en lo no previsto en el mismo, ¿cuál es la ley nacional que un tribunal español debe aplicar respecto del eventual incumplimiento de ese contrato? Razone su respuesta y determine si la ley aplicable sería la misma en el caso de que la demanda se interpusiera ante un tribunal alemán.
La ley nacional que un tribunal español debe aplicar respecto al caso eventual incumplimiento de ese contrato es articulo 10 – 5 del código civil; y considero que aunque las leyes no son iguales en cada país, el tribunal alemán debe tener también una normativa que rija la contratación internacional, y considero que sería la demanda de la empresa Hispana a la empresa alemana por no cumplir con el contrato establecido previamente firmado en Paris.
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